Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/03/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 2 de Marzo del 2006

BOLETIN OFICIAL N 4390

DECRETO Nº 1731
Viedma, 30 de diciembre del 2005.
Visto, el expediente N 91481-G-05, del registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que por el presente expediente se tramitó la suscripción de un Convenio entre el Gobierno de la Provincia de Río Negro, representado por el Comisario General Jorge Alberto UCHA, Jefe de la Policía de la Provincia; y el Tiro Federal 7 de Marzo, de la ciudad de Carmen de Patagones, Provincia de Buenos Aires, representado por el Presidente de la Institución Dr. Eduardo Guillermo Alfredo CASSANO;
Que el Tiro Federal 7 de Marzo pone a disposición de la Policía de la Provincia de Río Negro, sus instalaciones deportivas para la práctica del tiro con armas de fuego;
Que dicho Convenio establece que el Sr. Gobernador de la Provincia de Río Negro, se compromete a realizar un aporte financiero por la suma total de pesos diez mil $10.000,00, que serán abonados en dos cuotas iguales y consecutivas de pesos cinco mil $ 5.000,00, cada una;
Que corresponde comprometer y ordenar el gasto de conformidad a lo establecido en los Artículos 26 y 27 de la Ley N 3186;
Que el aporte financiero se otorga en los términos del Decreto N 194/76;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N
101488;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 181 inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Ratificar en todos sus términos el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Río Negro, representado por el Comisario General Jorge Alberto UCHA, Jefe de la Policía de la Provincia; y el Tiro Federal 7 de Marzo, de la ciudad de Carmen de Patagones, Provincia de Buenos Aires, representado por el Presidente de la Institución Dr. Eduardo Guillermo Alfredo CASSANO, para la práctica de tiro con armas de fuego en las instalaciones de la institución, por parte de la Policía de la Provincia de Río Negro, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Aprobar el gasto total emergente del Convenio previsto en el Artículo precedente por la suma total de pesos diez mil $ 10.000,00, que serán abonados en dos cuotas iguales y consecutivas de pesos cinco mil $ 5.000,00.Art. 3.-Designar al Presidente del Tiro Federal 7 de Marzo, de la ciudad de Carmen de Patagones, Provincia de Buenos Aires, Dr. Eduardo Guillermo Alfredo CASSANO, CUIL N 20-06240274-2 y/o el Subdirector de Gobierno Sr. Juan Carlos ESPERON, CUIL N 23-17590311-9, quienes serán responsables de la recepción y oportuna rendición de fondos, de acuerdo a lo establecido por el Decreto N 194/
76.Art. 4.- Comprometer los créditos del Programa 01 - Actividad 01 - Partida 517, por la suma total de pesos diez mil $10.000,00, del Presupuesto General de Gastos vigente.Art. 5.-El importe consignado en el artículo anterior, será liquidado por la Tesorería General de la Provincia, en dos 02 cuotas iguales y consecutivas de pesos cinco mil $ 5.000,00, a la orden del Presidente del Tiro Federal 7 de Marzo, de la ciudad de Carmen de Patagones, Provincia de Buenos Aires, Dr. Eduardo Guillermo Alfredo CASSANO, CUIL N 20-06240274-2 .Art. 6.-El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.Art. 7º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
SAIZ.- P. I. Lázzeri.

En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los 15 días del mes de Julio de 2005, se celebra el presente convenio de prestación de servicios entre el Gobierno de la Pcia. de Río Negro, representado en este acto por el Comisario General JORGE ALBERTO UCHA, Jefe de Policía de la Provincia; y el Tiro Federal 7 de Marzo, de la ciudad de Carmen de Patagones, con domicilio legal en Avda. de la Constitución s/nº, Pcia. de Buenos Aires, representado por el Presidente de la Institución, el Dr. EDUARDO G. A. CASSANO, de acuerdo a las siguientes cláusulas:
I El Tiro Federal 7 de Marzo pone a disposición de la Policía de la Pcia. de Río Negro sus instalaciones deportivas para la práctica del tiro con armas de fuego, consistentes en: 1 Stand de tiro para armas largas de grueso calibre, en las distancias de 50 y 150 mts., hasta tanto el RENAR disponga la habilitación de las fosas de 250
y 300 mts. que se encuentran en trámite; 2 Stand de tiro para carabina Calibre 22, distancia 50 mts.; 3 Stand para armas cortas de Grueso y Pequeño calibre, distancia 25 mts.; 4 Blanco en avance y retroceso distancia máxima de 50 mts., para ser utilizado con armas cortas; 5 Figura en movimiento al cruce distancia 55
mts. cuando se encuentre habilitada físicamente, de acuerdo a las condiciones que a continuación se detallarán.-

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IIEn los casos en el que el personal de la fuerza de seguridad concurriera en grupo en los horarios que se habilitarán, deberán ser acompañados por una persona responsable quien deberá acreditar tal carácter y rubricar el libro habilitado al efecto.
Si el personal lo hiciera en forma individual deberá acreditar su condición policial y rubricar el libro citado.III En todos los casos deberán ajustarse al reglamento de Tiro Interno, aprobado por el RENAR, y que se encuentra a disposición en la Secretaria.IV En caso de que debiera practicarse otro tipo de actividades escopeta, instrucción con armas largas de grueso calibre semiautomáticas el Tiro Federal deberá ser anoticiado con suficiente antelación para que pueda disponer de una persona Comisario o Director de Tiro a los efectos de supervisar las actividades.V El Tiro Federal habilitará a los efectos de la práctica en grupo, horarios especiales a convenir en los que la Fuerza de Seguridad podrá utilizar el Stand en el que practique con exclusividad.VI El Sr. Gobernador de la Pcia. de Río Negro abonará la suma d epesos diez mil, de la siguiente forma, en dos cuotas consecutivas de cinco mil pesos cada una.
VII El presente convenio tiene una duración de un año, renovable a su finalización que se producirá a los 15 días del mes de julio de 2006.
Se firman de conformidad, dos ejemplares del mismo tenor y a los mismos efectos, quedando cada una de las partes con uno de ellos.
oOo DECRETO Nº 1732
Viedma, 30 de diciembre del 2005.
Visto, el Expte. N 91340-G-2005, del registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios, mediante excepción al Artículo 5 de la Ley N 3238, de la señorita Emelina Rebeca ACUÑA
D.N.I. N 27.015.080 CUIL N 27-27015080-8, para desempeñar funciones administrativas en la Dirección de Comisiones de Fomento de la Subsecretaría de Interior, dependiente del Ministerio de Gobierno - Jurisdicción 17 Programa 29.00.00.03;
Que las tareas a realizar por la mencionada agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas a personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que la contratación de la señorita Emelina Rebeca ACUÑA fue autorizada por excepción por el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley N 3487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N
90/97 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal y Fiscalía de Estado;
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 181 Inc. 3 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios que como Anexo forma parte del presente decreto, celebrado entre el Ministerio de Gobierno, y la señorita Emelina Rebeca ACUÑA, D.N.I. N 27.015.080, CUIL N
27-27015080-8, a partir del 1 de junio de 2005 y hasta el 31 de diciembre del mismo año para cumplir funciones administrativas en la Dirección de Comisiones de Fomento de la Subsecretaría de Interior, dependiente del Ministerio de Gobierno.Art. 2.- Reconocer los servicios prestados por la señorita Emelina Rebeca ACUÑA desde el 1 de junio de 2005 y hasta la firma del presente decreto.Art. 3.- Establecer una remuneración mensual para la prestación de los servicios equivalente a la categoria 1 del Agrupamiento Administrativo Ley N 1844.Art.4º - Proceder a la reserva interna en la Jurisdicción 17 Programa 29.00.00.03, Partidas 121 $ 2.916,69, 123 $ 318,50, 124 $ 321,35, 125 $ 173,79, 126 $ 583,31, 127 $ 144,34, 131 $ 322,00 y 355 $ 12,41, Código de Recurso 10 Rentas Generales, para atender las erogaciones resultantes.Art. 5º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.
Art. 6º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
SAIZ.- P. I. Lázzeri.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/03/2006

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data01/03/2006

Conteggio pagine42

Numero di edizioni1920

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione15/07/2024

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