Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/01/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 30 de Enero del 2006

Nº 4381

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLVII
EDICION DE 10 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
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Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 10

DECRETOS

DECRETO Nº 1609
Viedma, 16 de Diciembre de 2.005.
Visto: El expediente N 64155-DOYRH-04, del registro de la Secretaría de Familia, dependiente del Ministerio de Familia, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios - mediante excepción al Artículo 5 de la Ley N 3238 - de la señora Teresita María CAPPONCELLI DNI. N 13.647.739 Categoría 03, Agrupamiento Administrativo, Programa 04, para prestar funciones en la Subsecretaría de Promoción Familiar, en la localidad de Cipolletti, dependiente del Ministerio de Familia, a partir del 1 de Septiembre de 2005 al 31 de Diciembre de 2005;
Que las tareas a realizar por el mencionado agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas al personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, mediante Acta N 13 /2005
Punto 25, autoriza por excepción la contratación de la citada agente;
Que el presente tramite se encuadra en los términos de la Ley N 3487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97
del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal, Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 101651;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inciso 3 de la Constitución Provincial;
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Apruébase en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el señor Ministro de Familia, Don Alfredo Daniel PEGA DNI. N 12.711.465 y la señora Teresita María CAPPONCELLI DNI. N 13.647.739 Categoría 03, Agrupamiento Administrativo, Programa 04, para prestar funciones en la Subsecretaría de Promoción Familiar, en la localidad de Cipolletti, dependiente del Ministerio de Familia, a partir del 1º de Septiembre de 2005 y hasta el 31 de Diciembre de 2005, que como anexo forma parte del presente Decreto.
Art. 2.- Reconózcanse los servicios de la agente mencionada en el Artículo anterior, a partir del 01 de Septiembre de 2005 y hasta la firma del presente Decreto.

Art. 3.- Comprométase el gasto que demande la presente erogación a los créditos presupuestarios pertenecientes a la Jurisdicción 19 del Programa: 04, de la Subsecretaría de Promoción Familiar del Ministerio de Familia.Art. 4: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Familia.Art. 5: Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
SAIZ. A. D. Pega.

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
Entre la Provincia de Río Negro representada en este acto por el Señor Ministro de Familia, Don Alfredo Daniel PEGA DNI. N 12.711.465 con domicilio en calle Buenos Aires y Belgrano de la ciudad de Viedma, por una parte y la señora Teresita María CAPPONCELLI
DNI. N 13.647.739, con domicilio en Miguel Muñoz N 354 de la localidad de Cipolletti por la otra, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL CONTRATADO prestará servicios bajo relación de dependencia de la Secretaría de Familia, donde cumplirá tareas Administrativas en la Subsecretaría de Promoción Familiar, con un régimen de 06 seis horas diarias y un total de 30 treinta horas semanales.SEGUNDA: La retribución a favor de EL
CONTRATADO, será equivalente al básico de una categoría 03 del Agrupamiento Administrativo, conforme al Anexo I, Capítulo IX de la Ley N 3487 y de acuerdo a los montos establecidos, con bonificaciones por Salario Familiar y las demás que pudieran corresponderle.TERCERA: La vigencia del contrato será a partir del 1 de Septiembre de 2005 hasta el 31 de Diciembre de 2005.CUARTA: La retribución de EL CONTRATADO
estará sujeta a los descuentos de Ley correspondientes.
QUINTA: EL CONTRATADO quedará sometido a las disposiciones, ordenes disciplinarias y métodos de trabajos que establezca el Contratante, comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a estabilidad, ni a la carrera Administrativa que establecen las normas legales vigentes para los empleados públicos provinciales.SEXTA: Cada una de las partes, podrán rescindir el presente Contrato, dando aviso fehaciente de la finalización del mismo con 30 treinta días de anticipación, sin que esto implique para la Secretaría de Familia reconocimiento de indemnización alguna.SÉPTIMA: EL CONTRATADO pondrá en conocimiento a la Secretaría de Familia, de toda ocupación, empleo, actividad profesional que haya ejercido o ejerza aún en caso de encontrarse en uso de licencia de cualquier tipo o percepción de jubilación, pensión o retiro por parte del Estado Nacional, Municipal, Empresas del Estado y/u Organismos Descentralizados.

OCTAVA: Para todos los efectos judiciales emergentes en este Contrato las partes constituyen domicilio en los indicados up-supra, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales de la Provincia de Río Negro con asiento en la Ciudad de Viedma.En prueba de conformidad se firman tres 03
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, quedando el original en poder de la Secretaría de Familia, el duplicado para el Contratado y el triplicado para ser agregado al Expediente. N 64155-DOYRH-04, en la Ciudad de Viedma Capital de la Provincia de Río Negro, a los días del mes del 2.005.oOo DECRETO Nº 1625
Viedma, 16 de Diciembre de 2.005.
Visto: El expediente N 95952-SPF-05, del registro de la Secretaría de Familia del Ministerio de Familia, y;
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones, se tramita la ratificación del Convenio celebrado entre el Ministerio de Familia y la Municipalidad de Río Colorado, destinado a solventar gastos de funcionamiento del Hogar de Niños de la mencionada localidad;
Que el Municipio, estará a cargo de la organización, administración y funcionamiento del Hogar de Niños;
Que el Ministerio de Familia se compromete a otorgar un aporte económico de PESOS DIEZ MIL $
10.000,00 pagaderos en cuatro 04 cuotas iguales y consecutivas de PESOS DOS MIL QUINIENTOS $
2.500,00 cada una, para cubrir los gastos de funcionamiento de El Hogar de Niños y concretar los objetivos de brindar protección, asistencia integral de niños de escasos recursos económicos, y cubrir las necesidades básicas de alimentación, atención personalizada y de contención afectiva de los mismos.
Por otra parte, los objetivos y los modos de intervención propuestos por dicha Institución, se adecuan a los lineamientos generales y específicos de la Subsecretaría de Promoción Familiar, a las Resoluciones de la Organización Mundial y Convención Internacional sobre los Derechos del Niño;
Que a fs. 13 obra Informe Técnico, donde se recomienda la suscripción del Convenio;
Que la presente tramitación se encuadra en lo normado por el Artículo 2 del Decreto N 194/76 y modificatorias;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal, Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 102002;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 30/01/2006

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data30/01/2006

Conteggio pagine10

Numero di edizioni1923

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione25/07/2024

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