Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/04/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 25 de Abril del 2005

Nº 4300

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLVI
EDICION DE 18 PAGINAS

MINISTERIO
DE COORDINACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 18

SECCION ADMINISTRATIVA

DECRETOS

DECRETO N 307
Viedma, 04 de abril de 2005.Visto, el expediente N 20.686-SCA-CODEMA-04, del registro del Ministerio de Coordinación, y;
CONSIDERANDO:
Que por el presente se propicia la firma del Convenio de Colaboración destinado a la contratación de profesionales que desarrollen las tareas de fiscalización de la Planta Alcalis de la Patagonia ALPAT, y que le competen al Consejo de Ecología y Medio Ambiente CODEMA desarrollando un sistema de auditoría y monitoreo ambiental;
Que para la concreción de dicho sistema ambas partes se comprometen a aportar sus recursos económicos y humanos, conforme lo describen las cláusulas del convenio suscripto a tal fin;
Que corresponde ratificar el mismo en todos sus términos, dándole así el marco legal que la tarea requiere;
Que se ha da intervención a la Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, habiéndose expedido ésta última mediante Vista N 96656;
Que el presente se dicta conforme las facultades conferidas por el Artículo 181 inciso a de la Constitución de la Provincia de Río Negro;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Ratificar en todos sus términos el Acta Acuerdo y su Anexo I suscripta entre el Consejo de Ecología y Medio Ambiente CODEMA de la Provincia de Río Negro y Alcalis de la Patagonia ALPAT, que forman parte integrantes del presente Decreto.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Coordinación.Artículo 3.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- C. A. Barbeito.
ACTA ACUERDO ALPAT-CODEMA
En la ciudad de Viedma, se reúnen el Sr. Oscar Echeverría, Presidente del CODEMA, en adelante CODEMA y el Ing. Osvaldo Dagnino, Presidente de ALPAT. en adelante ALPAT a los efectos de acordar el financiamiento de los costos emergentes de las tareas de control y fiscalización ambiental de las operaciones industriales que realiza la planta, de acuerdo a lo previsto en los artículos 36 y 37 de la Ley N 3266.
Los presentes se comprometen a realizar las siguientes acciones en los tiempos establecidos:
1. ALPAT se compromete a aportar la suma de $ 120.000 por año, que será destinada exclusivamente a solventar la contratación de tres profesionales calificados y los gastos inherentes al control y fiscalización. La empresa realizará pagos mensuales de $ 10000 dentro de los primeros cinco días del mes, que ingresarán a la cuenta del Banco Patagonia-Sudameris N 900001994 Protección Ambiental
Tesorería General de la Provincia.
2. CODEMA se compromete a contratar a tres profesionales que serán destinados exclusivamente a las tareas de control y fiscalización de ALPAT de acuerdo a los Términos de Referencia que se adjuntan en el Anexo I.

3. El CODEMA es el único responsable y titular de los contratos que correspondan a los tres técnicos contratados, y no habrá vinculación, ni directa ni indirecta, entre ALPAT y dichos profesionales.
4. El CODEMA se obliga a mantener indemne y libre de toda responsabilidad a ALPAT por cualquier reclamo proveniente del personal afectado a las tareas de control, fiscalización, monitoreo u auditoria ambiental de la Planta de ALPAT.
5. ALPAT se compromete a aportar los fondos para el pago de los gastos inherentes a la elaboración del correspondiente Manual de Procedimientos de Auditoría para realizar el control y fiscalización.
6. El diseño de dicho Manual será coordinando conjuntamente con los lineamientos ambientales de ALPAT tomándose como base el Plan de Gestión Ambiental presentado oportunamente por la misma.
7. CODEMA se compromete a realizar las copias necesarias del Manual de Procedimientos a los efectos de difundir los lineamientos de gestión a ser aplicados.
8. En todos los casos ALPAT podrá solicitar una rendición de los fondos que aporte.
9. ALPAT se compromete a entregar una oficina equipada con una computadora con habilitación a operar con mail, dos escritorios, cuatro sillas, baño y dispenser a disposición de los profesionales que realicen las tareas de control y fiscalización, así como de proveer la movilidad para los desplazamientos necesarios dentro de los límites de la Planta de Punta Delgado para el la ejecución de las tareas inherentes.
10. El acuerdo tiene una vigencia de un año.
11. Las partes de común acuerdo podrán rescindir el presente convenio, debiendo en tal caso comunicar fehacientemente a la otra con un mes de antelación. En caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por la empresa, la Provincia podrá rescindir el presente convenio en cualquier momento sin que ello genere derecho alguna a la empresa y sin perjuicio del reclamo que pudiera realizar la Provincia.
12. La vigencia del presente acuerdo quedará suspendida si dentro de los tres meses de firmado el mismo no se haya producido la Resolución Ambiental de la Planta de Carbonato de Sodio en los términos establecidos en el Artículo 5 de la Ley N 3.266 de la Provincia de Río Negro.
13. A todos los efectos legales derivados del presente contrato, las partes convienen en someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
Se firman cinco copias de un mismo tenor y a un solo efecto.

ANEXO I
Términos de referencia para la contratación de profesionales que presten servicios en el Control y Fiscalización de las actividades de la empresa ALPAT.
1. Duración y fecha de inicio de las tareas.
Los profesionales prestarán servicio bajo la modalidad de contrato de prestación de medios. Los mismos se harán por el término de doce meses. El inicio de las tareas será una vez acordados los plazos administrativos de los contratos respectivos.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/04/2005

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data21/04/2005

Conteggio pagine18

Numero di edizioni1919

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Ultima edizione11/07/2024

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