Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 13/09/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 4028

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil dos.
Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.Oscar J. Meilán, Secretario Legislativo.

Viedma, 06 de setiembre de 2002.
Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Pablo Verani, Gobernador.- Cdor. José Luis Rodríguez, Ministro de Economía.
DECRETO Nº 822
Registrada bajo el número tres mil seiscientos setenta 3670
Viedma, 6 de setiembre del 2002.
Carlos Ernesto Bravo, Secretario de Estado de la Secretaría General Administrativa y de Control de Gestión del Ministerio de Coordinación.oOo LEY Nº 3671
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- Aféctase a la Subsecretaría de Deportes y Recreación del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, el inmueble identificado catastralmente como Departamento Catastral N 17, Circunscripción 1º, parcela 355191 creado por plano de mensura duplicado 3360, con una superficie de 24 hectáreas, 62
áreas, 93 centiáreas, Departamento San Antonio, con destino específico para la instalación y funcionamiento de un centro recreativo y deportivo de mediano rendimiento.
Art. 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a proceder a la venta en bloque o fraccionada la totalidad del inmueble designado catastralmente como Departamento Catastral N 17, Circunscripción l, Sección N - Manzana 862 "A", parcela 1, con una superficie de 2.484 metros cuadrados, del balneario Las Grutas, a partir del traslado de la Dirección de Deportes de la provincia a las instalaciones del ex Centro Minero Los Alamos.
Art. 3.- De los fondos obtenidos por la venta autorizada en el artículo 2, se aplicará un sesenta por ciento 60% a adaptar las instalaciones existentes en el inmueble del ex Centro Minero Los Alamos, y el cuarenta por ciento 40% restante del producido por la venta se incorpora al Fondo General de la Dirección de Minería.
Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil dos.
Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.Oscar J. Meilán, Secretario Legislativo.

Viedma, 06 de setiembre de 2002.
Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Pablo Verani, Gobernador.- Cdor. José Luis Rodríguez, Ministro de Economía. Dr. Alejandro Betelú, Ministro de Salud y Desarrollo Social.
DECRETO Nº 823
Registrada bajo el número tres mil seiscientos setenta y uno 3671
Viedma, 6 de setiembre del 2002.
Carlos Ernesto Bravo, Secretario de Estado de la Secretaría General Administrativa y de Control de Gestión del Ministerio de Coordinación.-

LEY Nº 3672
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY:
Artículo 1.- Incorpórase como inciso 1 del Art. 26
de la Ley Nº 3338, el siguiente texto:
"Artículo 26.1 Prescribir especialidades medicinales por el nombre genérico de la droga que contiene."
Art. 2.- Por un plazo de ciento ochenta 180 días los profesionales de la medicina podrán además de lo establecido en el artículo anterior, sugerir hasta dos nombres de fantasía de la especialidad medicinal que se prescrita.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil dos.
Ing. Bautista J. Mendióroz, Presidente Legislatura.Oscar J. Meilán, Secretario Legislativo.

Viedma, 06 de setiembre de 2002.
Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese.
Dr. Pablo Verani, Gobernador.- Dr. Alejandro Betelú, Ministro de Salud y Desarrollo Social.
DECRETO Nº 824
Registrada bajo el número tres mil seiscientos setenta y dos 3672
Viedma, 6 de setiembre del 2002.
Carlos Ernesto Bravo, Secretario de Estado de la Secretaría General Administrativa y de Control de Gestión del Ministerio de Coordinación.oOo
DECRETOS

DECRETO Nº 799
Viedma, 26 de agosto del 2002.
Visto el Expediente N 04708-SDYR-2002, del registro de la Secretaría de Estado de Acción Social del Ministerio de Salud y Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones, se tramita la aprobación del convenio celebrado entre la Subsecretaría de Deportes y Recreación, dependiente de la Secretaría de Estado de Acción Social del Ministerio de Salud y Desarrollo Social; y la Municipalidad de Cervantes, con destino a atender las necesidades que demande la realización de actividades deportivas y recreativas;
Que el aporte económico será exclusivamente destinado a la adquisición de elementos deportivos pelotas de fútbol, voley, handball, basquet, etc., indumentaria camisetas, pantalones cortos, remeras, gastos de estadía, transporte, premios, y otro tipo de gastos material didáctico, fotocopias, que hacen a la organización de dichas actividades;
Que el programa implementado estará dirigido al deporte escolar para niños de 11 a 16 años y comunitario que abarca las actividades en los barrios periféricos;
Que a fojas 07 obra Informe Técnico elaborado por la Subsecretaría de Deportes y Recreación;
Que el Municipio deberá rendir cuentas de su inversión, y elevar un informe con el detalle del alcance logrado y el nivel de participación de la población;
Que como Anexo I de estas actuaciones corre agregado el convenio celebrado oportunamente con la Institución;
Que la presente tramitación se encuadra en el marco de los Decretos Nros.: 194/76 Artículo 2 y 1341/93;
Que ha tomado intervención la Fiscalía de Estado mediante vista N 82554;
Que el presente se dicta en uso de las facultades previstas en el Art. 181 Inciso I de la Constitución Provincial.

Viedma, 16 de Setiembre del 2002
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Apruébase en todos sus términos el convenio celebrado entre la Subsecretaría de Deportes y Recreación dependiente del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, representada por el Sr. Alejandro Tomás Kunz CUIL N 20-20934469-7 y la Municipalidad de Cervantes representada por su Intendente, Sr. Hugo Oscar Cuevas CUIL N 2007571126-4, que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2 - Apruébase el monto total de Pesos Dos mil $ 2.000,00, a girar a favor de la Municipalidad de Cervantes, mediante un aporte no reintegrable por la suma total aprobada. El mismo será exclusivamente destinado a la adquisición de elementos deportivos pelotas de fútbol, voley, handball, basquet, etc., indumentaria camisetas, pantalones cortos, remeras, gastos de estadía, transporte, premios, y otro tipo de gastos material didáctico, fotocopias, que hacen a la organización de actividades deportivas y recreativas.
Art. 3.- El importe acordado con la Municipalidad deberá ser girado a la orden del Subsecretario de Deportes y Recreación Sr. Alejandro Tomás Kunz CUIL
N 20-20934469-7 y/o el Intendente Municipal de Cervantes, Sr. Hugo Oscar Cuevas CUIL N 2007571126-4, siendo el último de los nombrados responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas conforme a lo establecido en los Decretos Nros.: 194/76 y N 1341/93.
Art. 4.- Autorízase a la Secretaría de Estado de Acción Social del Ministerio de Salud y Desarrollo Social a efectivizar el pago del convenio aprobado por el Artículo 1, adecuándose a las disposiciones en vigencia.
Art. 5.- Comprométase la suma total de Pesos Dos mil $ 2.000,00, a los créditos del Programa 01, Actividades 01, Partida 572, Otras Transferencias a Municipalidades, Código de Recurso 12813, a cargo de la Secretaría de Acción Social del Ministerio de Salud y Desarrollo Social.Art. 6. - El presente Decreto será, refrendado por el Sr. Ministerio de Salud y Desarrollo Social.Art. 7. - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
VERANI.- A. Betelú.

CONVENIO DE UTILIZACION DE FONDOS
TRANSFERIDOS A LOS MUNICIPIOS
PARA LA ATENCION DEL DEPORTE
Y LA RECREACION
La Subsecretaría de Deportes y Recreación, representada en este acto por el Subsecretario de Deportes y Recreación, Sr. Alejandro Tomás Kunz, DNI. Nº 20.934.469, domiciliado en calle Laprida 240, de la ciudad de Viedma, en adelante LA SUBSECRETARIA, por una parte; y la otra la Municipalidad de Cervantes, CUIT Nº 30-65056167-4, representada en este acto por el Sr. Intendente Hugo Cuevas, L.E. Nº 7.571.126, con domicilio en la calle San Martín Nº 267, de la localidad de Cervantes, con el poder suficiente, acuerdan celebrar el presente convenio de utilización de fondos, sujeto a las siguientes cláusulas:
I - Objetivo Artículo 1º - El presente Convenio tiene como objetivo la atención de las necesidades en el aspecto Deportivo y Recreativo para lo cual LA
SUBSECRETARIA y LA MUNICIPALIDAD, asumen la responsabilidad en forma conjunta y recíproca.
II - Obligaciones de la Subsecretaría Art. 2º - LA SUBSECRETARIA se compromete a transferir anualmente al Municipio la cantidad de pesos dos mil $ 2.000, que serán utilizados exclusivamente para atender prestaciones Deportivas y/o Recreativas.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 13/09/2002

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data13/09/2002

Conteggio pagine18

Numero di edizioni1919

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione11/07/2024

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