Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/09/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Las Malvinas son argentinas LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

dimientos. Pueden ser privadas, públicas o mixtas. Sin ser excluyente de otras que pudieran surgir, y a modo de ejemplo, podrán ser beneficiarias de este concurso organizaciones tales como: Instituciones de capital emprendedor: aceleradoras y fondos, Incubadoras corporativas, aceleradoras corporativas y corporate venture capital, Company builders , Hubs de innovación y Organizaciones que se dediquen a escalar y potenciar emprendimientos. Podrán resultar seleccionadas, a los fines de participar del financiamiento, un máximo de 6 seis IEs, teniendo en cuenta el cupo territorial que establece que al menos 3 tres IEs deben estar inscriptas en la Provincia de Córdoba, pudiendo ser el resto de otras provincias del territorio Nacional Argentino. En caso de no presentarse 3 tres IEs de la Provincia de Córdoba, o de no cumplir las mismas con los requisitos establecidos formales o técnicos, o no alcanzar el puntaje mínimo de evaluación, dicho cupo podrá ser cubierto por instituciones de otras provincias.
Que los beneficios del programa consistirán en que las IEs que sean seleccionadas podrán recibir durante el plazo máximo de 12 doce meses desde la adjudicación de beneficiarios, un beneficio que consistirá en un Aporte No Reembolsable para cubrir un monto dinerario por hasta el 50% cincuenta por ciento de los gastos operativos de la misma, así como también aquellos costos incurridos durante el proceso de aceleración y escalamiento, teniendo en cuenta los topes establecidos en las Bases y Condiciones.
POR ELLO
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA CÓRDOBA INNOVAR Y
EMPRENDER S.E.M.
RESUELVE:

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CIX - TOMO DCXCIII - Nº 183
CORDOBA, R.A. MARTES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Artículo 1: APROBAR las Bases y Condiciones del Programa de Aceleración y Escalamiento II, como así también todos sus anexos, todo lo cual se adjuntan y forma parte integrante de la presente.
Artículo 2º: ASIGNAR al programa un presupuesto total de $60.000.000 sesenta millones de pesos.
Artículo 3º: DETERMINAR que las presentaciones podrán efectuarse desde la publicación de la presente en el Boletín Oficial a través del sistema de presentación digital de la Provincia E-Trámites siendo la convocatoria de modalidad ventanilla cerrada.
Artículo 4: PUBLICAR en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba a sus efectos.
Artículo 5: AUTORIZAR a la Gerencia de Administración a realizar la afectación presupuestaria previa por el monto correspondiente.
Artículo 6: IMPUTAR el egreso que demande la Jurisdicción: 820 Cat. Programática: 821. Ejercicio 2022. AUTORIZAR a la Gerencia de Operaciones a crear la cuenta contable en la cual se reflejará la ejecución del presente programa.
FDO.: DIEGO CASALI, PRESIDENTE
ANEXOS

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/09/2022 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data06/09/2022

Conteggio pagine4

Numero di edizioni4191

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione01/08/2024

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