Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/09/2022 - 1º Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Las Malvinas son argentinas
VIERNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCXCIII - Nº 181
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

1

a SECCION

Decreto N 159
Córdoba, 21 de febrero de 2022
VISTO: La necesidad de disponer de una herramienta tecnológica apta para efectivizar de manera ágil y transparente la venta de bienes en el ámbito de la Administración Pública Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que existe un universo de bienes de propiedad del Estado Provincial susceptibles de ser enajenados en aras de optimizar su aprovechamiento bajo criterios de racionalidad, economía, eficiencia y sustentabilidad.

Que el Poder Judicial de la Provincia de Córdoba dispone de un sistema informático a través del cual gestiona las subastas judiciales electrónicas y cuya implementación ha resultado altamente satisfactoria, extendiéndose su aplicación incluso a la venta de bienes no judicializados a partir de la suscripción de convenios celebrados con diversas entidades públicas y privadas.
Que con el objetivo de lograr una eficiente gestión de los recursos tecnológicos existentes, resulta oportuno y conveniente celebrar un Convenio de Colaboración con el Poder Judicial de la Provincia de Córdoba que permita el uso de dicha plataforma en las distintas dependencias del Poder Ejecutivo.
Que la utilización de la mentada herramienta tecnológica favorecerá la difusión, concurrencia y transparencia de los procedimientos de venta, al tiempo que permitirá obtener un valor de realización de los bienes más conveniente a los intereses del Estado Provincial.
Que asimismo, la aplicación de tecnologías de información y comunicaciones TIC en el procedimiento y en las relaciones entre las personas y la Administración, como así también entre los órganos y entes que la conforman, contribuirá a la realización de los objetivos de simplificación, racionalización y modernización previstos en la Ley N 10.618 de Simplificación y Modernización de la Administración.
Que en virtud de lo expuesto, surge oportuno autorizar a la señora Ministra de Coordinación, Cra. Silvina Rivero, a suscribir en nombre del Poder Ejecutivo Provincial el Convenio de Colaboración que por este acto se aprueba, atento a su carácter de Autoridad de Aplicación de la mencionada Ley Nº 10.618 y de acuerdo a las facultades de coordinación y dirección de la modernización y desburocratización de los procesos de gobierno otorgadas mediante el Decreto N 1615/2019.
Que por último, en pos de la adecuada implementación del referido Convenio, este Poder Ejecutivo estima pertinente facultar a las Autoridades de Aplicación de las leyes Nros. 10.155 y 10.580 para que, en el marco de sus respectivas competencias, suscriban adendas al mismo y/o los instrumentos que fueren necesarios a tales efectos.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 159 Pag. 1
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 156 - Letra:D Pag. 2
Resolución N 162 - Letra:D Pag. 2
Resolución N 163 - Letra:D Pag. 3
Resolución N 165 - Letra:D Pag. 3
Resolución N 217 - Letra:D Pag. 4
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 257 Pag. 4
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS
Y ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N 61 Pag. 5
Resolución N 62 Pag. 7
Resolución N 63 Pag. 8
AGENCIA CONECTIVIDAD CÓRDOBA
Resolución N 13 Pag. 9

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1. APRUÉBASE el texto, términos y condiciones del modelo Convenio de Colaboración para la utilización de la plataforma de subastas electrónicas, a suscribirse con el Poder Judicial de la Provincia; el que, como Anexo I, compuesto de dos 02 fojas útiles, forma parte integrante de este instrumento legal.
Artículo 2: - FACÚLTASE a la señora Ministra de Coordinación, Cra.
Silvina Rivero, para que, en representación del Poder Ejecutivo Provincial, suscriba el modelo de Convenio aprobado en el artículo precedente; y a las Autoridades de Aplicación de las Leyes Nros. 10.155 y 10.580, a suscribir las adendas y/o los instrumentos que fueren menester a efectos de su efectiva implementación.
Artículo 3. El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Coordinación y los señores Ministro de Finanzas y fiscal de Estado, y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 4. - PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - SILVINA RIVERO, MINISTRA DE
COORDINACIÓN - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS - JULIO
CÉSAR COMELLO, SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN - JORGE
EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO

1

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/09/2022 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data02/09/2022

Conteggio pagine10

Numero di edizioni4176

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione11/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni