Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/11/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
con Alba Compañía Argentina de Seguros S.A., Póliza N
754.812; y de la empresa ERSA URBANO S.A., contratada con Fianzas y Crédito S.A. Compañía de Seguros, Póliza N 540.371, a favor del Gobierno de la Provincia de Córdoba, hasta la suma de Pesos Cien Mil $100.000
cada una de ellas.
Que con fecha 13 de Octubre del corriente año se efectuó el acto de apertura de Sobres I y II de la presente Licitación de las ofertas formalizadas por las empresas Expreso Diferencial Córdoba Río Cuarto S.R.L y Ersa Urbano S.A., por lo cual la Comisión de Apertura y Preadjudicación labró el acta respectiva la que consta agregada en autos, debidamente firmada por los presentes en el acto, habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos excluyentes establecidos para el proceso licitatorio.
Que efectuada la Apertura de Sobres, del Oferente N
1, corresponde a la empresa EXPRESO DIFERENCIAL
CÓRDOBA RÍO CUARTO S.R.L., CUIT: 30-692974235, y del Oferente N 2: correspondiente a la empresa ERSA URBANO S.A., CUIT: 30-70778883-2.
Que la Comisión de Preadjudicación se avocó al estudio de los aspectos económico-financiero de las propuestas realizadas, del cual se desprende para ambas oferentes, que registran un aumento de los ingresos, dinamizado principalmente por los subsidios recibidos, y haber tenido una suba en la facturación, manteniendo una tendencia estable con perspectivas de mejora. Pro otra parte se advierte crecimiento en los gastos financieros y de comercialización, producto de las mayores inversiones en Bienes de Uso, especialmente en parque móvil. El informe concluye efectuando algunas observaciones particulares en cuanto a la situación de las Oferentes, no obstante ello, considera que se encuentran en condiciones para desarrollar los servicios comprometidos.
Que el mismo órgano técnico efectuó un análisis comparativo de las propuestas técnicas presentadas, evaluando los factores de ponderación determinados en el Anexo V del Pliego Particular de Condiciones del que resulta que los ítems evaluados: 1 Antecedentes de calidad de servicio; 2 Antigedad y números de unidades del parque móvil; 3 Porcentaje de participación capital de Córdoba; 4 Antigedad de prestación de servicios interurbanos de transporte de pasajeros; y 5
Característica integral de la propuesta; concluye que la propuesta del Oferente N 1, EXPRESO DIFERENCIAL
CÓRDOBA RÍO CUARTO S.R.L. supera en todos los ítems considerados en su evaluación a la propuesta del Oferente N 2, ERSA URBANO S.A., resaltando además que la primera correspondiente ofrece la factibilidad de implementar de manera inmediata los servicios propuestos, unidades e infraestructura de apoyo para la prestación de los servicios, aspectos corroborados por esta Comisión, lo que no sucede con el Oferente N 2.
Que como resultado integral de los análisis técnico y económicofinanciero, y no existiendo objeciones que formular desde el punto de vista jurídico, la propuesta presentada por la empresa EXPRESO DIFERENCIAL
CÓRDOBA RÍO CUARTO S.R.L. resulta sustancialmente más conveniente a los intereses del Estado Provincial y de los usuarios del servicio público de que se trata, por ajustarse a los pliegos y reunir las condiciones exigidas, por lo que en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 7.1.5.1 del Decreto N 305/2014, Reglamentario de la Ley N 10.155, aconseja la Preadjudicación de la presente Licitación Pública a la empresa ut supra mencionada.
Que el monto del Fondo de Garantía que deberá constituir la empresa adjudicataria previo a la suscripción del contrato de concesión, ha sido determinado por la Comisión de Preadjudicación, en cumplimiento del Artículo 28º del Pliego General de Condiciones y en las modalidades previstas en el Artículo 48 de la Ley 8.669, en la suma de PESOS VEINTITRÉS MILLONES

B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - T OMO DCXI - Nº 227

CÓRDOBA, 25 de Noviembre de 2015

DOSCIENTOS CINCUENTA MIL $23.250.000 debiendo la adjudicataria cumplimentar tal requisito, bajo apercibimiento de dejar sin efecto la presente.

y Expreso, del Corredor Sur 1 VALLE DE CALAMUCHITA
y CÓRDOBAJUÁREZ CELMAN de esta Provincia de Córdoba, por el término de DIEZ 10 años.

Que oportunamente se procederá a suscribir con la empresa adjudicataria, el contrato de concesión de los servicios licitados, el que será ratificado mediante el acto administrativo correspondiente.

Artículo 2º.- DETERMÍNASE el valor del Fondo de Garantía que deberá constituir la empresa adjudicataria previo a la suscripción del contrato de concesión, por la suma de PESOS VEINTITRÉS MILLONES DOSCIENTOS
CINCUENTA MIL $23.250.000 en las modalidades establecidas en el Artículo 28º del Pliego General de Condiciones y en la forma prevista en el Artículo 48 de la Ley Nº 8.669, bajo apercibimiento de dejar sin efecto la presente adjudicación.

Por todo ello, y habiéndose cumplimentado los procedimientos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la Licitación de que se trata, lo previsto por la Ley Nº 8.669 y Ley N 10.155, y teniendo en cuenta la Resolución N 124/2015 del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos y lo dictaminado por la Dirección General de Operaciones bajo N 0711/2015;
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- ADJUDÍCASE a la empresa EXPRESO
DIFERENCIAL CÓRDOBA RÍO CUARTO S.R.L., CUIT: 3069297423-5, con Domicilio Especial: en calle Obispo Maldonado N 3127, Barrio San Vicente de la Ciudad de Córdoba, la CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE
TRANSPORTE INTERURBANO DE PASAJEROS POR
AUTOMOTOR, en la Modalidad REGULAR COMÚN y DIFERENCIAL en sus distintas categorías, Ordinario, Directo
Artículo 3.- AUTORÍZASE a la Dirección General de Administración para que proceda a la devolución del seguro de caución constituido por la empresa ERSA URBANO S.A.
a favor del Gobierno de la Provincia de Córdoba, mediante Póliza N 540.371, de la aseguradora Fianzas y Crédito S.A. Compañía de Seguros.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección General de Transporte, a la Dirección General de Administración, al Ente Regulador de Servicios Públicos ERSeP, notifíquese, publíquese y archívese.
LIC. GABRIEL BERMUDEZ
S ECRETARIO DE T RANSPORTE

SECRETARIA DE

GESTION ADMINISTRATIVA -

MINISTERIO DE EDUCACION

Resolución N 52
Córdoba, 02 de noviembre de 2015
VISTO: El expediente N 0595-126975/2015, en que tramita la formalización de las compensaciones de Cargos de Recursos Humanos asignados a este Ministerio por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, perfeccionadas entre el 09 de Septiembre y el 1 de Octubre de 2015.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 1966/2009 modificatorio del Anexo I del Decreto N 150/04, se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los cargos de planta permanente asignados dentro de su misma jurisdicción, conforme las previsiones establecidas en el articulo 31 de la Ley N 9086.
Que asimismo, la normativa legal dispone que dichas modificaciones se formalicen mensualmente mediante el dictado de una Resolución.
Que obra en las presentes actuaciones, el formulario Reporte SUAF Detalle de Modificaciones Presupuestarias Cargos, autorizando las compensaciones de Cargos perfeccionadas entre el 21 de Septiembre y el 01 de Octubre de 2015, debidamente suscripto por el Director de Recursos Humanos de este Ministerio.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección de Recursos Humanos a fs.11, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al N 185/2015, en uso de facultades delegadas por Resolución Ministerial N 575/
2013;
LA SECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE EDUCACION
RESUELVE
Articulo 1: FORMALÍCENSE las compensaciones de Recursos Humanos entre los cargos de planta permanente asignados a este Ministerio por el Presupuesto Provincial 2015, perfeccionadas entre el 21 de Septiembre y el 01 de Octubre de 2015, consignados en el Reporte Compactado SUAF -Detalles de Modificaciones Presupuestarias Cargosque como Anexo I con ocho 8 fojas útiles integra la presente Resolución.
Artículo 2: PROTOCOLÍCESE, dese intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Contaduría General de la Provincia, a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, comuníquese a la Legislatura Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CRA. MARÍA LUISA BACILE
SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
ANEXO
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/11/2015 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data25/11/2015

Conteggio pagine4

Numero di edizioni4189

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione30/07/2024

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