Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/05/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 15 de mayo de 2015

B OLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCV - Nº 90

Primera Sección
3

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE

VIALIDAD

Resolución N 310
Córdoba, 11 de mayo de 2015
C.I. N 493345 045 614.VISTO:Las presentes actuaciones mediante las cuales la Empresa Transportadora de Gas del Norte S.A., solicita autorización para realizar los trabajos de la referencia en zona de camino de la Red Vial Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que el Departamento I Conservación de Pavimentos en informe obrante en autos, señala que a raíz del siniestro ocurrido el día 01 de Agosto de 2014 y por mandato Judicial, se debió extraer la cañería existente con la consecuente rotura de calzada, y su posterior reemplazo por un nuevo conducto en el citado cruce.
Que por ser trabajos de emergencia o no programados, se requirió de una acción inmediata de reparación de las instalaciones a los efectos de evitar o disminuir eventuales daños a los usuarios del servicio, como a la circulación de peatones y/o vehículos de la vía.
Que dicha Unidad Técnica culmina expresando que debido a la importancia de los trabajos, así como del peligro que podía representar al usuario de la vía durante la ejecución de los mismos por sus dimensiones y duración, el sector fue clausurado al tránsito vehicular existente.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N 223/15 que luce en autos, señala que así las cosas, conforme la documentación obrante en autos y los informes técnicos producidos, puede la Superioridad emitir acto administrativo otorgando la No Objeción a la EMPRESA
TRANSPORTADORA DE GAS DEL NORTE S.A., a los trabajos ejecutados y detallados a fs. 14/15.
Que concluye señalando el mencionado Servicio Asesor, que en virtud de lo expuesto y la documentación obrante en autos, puede la Superioridad, en atención a las facultades acordadas por la Ley N 8555, proceder en el marco del presente pronunciamiento.
Que cumplimentando lo dispuesto por Resolución N 0133/01, se ha procedido a estimar los costos de inspección a cargo de la peticionante en la suma de $ 17.944,50, comprometiendo el depósito de los mismos en la Cuenta N 3344/6 Sucursal 900
del Banco de Córdoba S.A., dentro de los 30 días corridos a partir de la fecha.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley Provincial N 8555 y las previsiones de la Resolución Nº 0133/01;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1.- Otorgar la No Objeción a la Empresa Transportadora de Gas del Norte S.A. T.G.N., a los trabajos ejecutados y correspondientes a la extracción realizada de la cañería existente y su posterior reemplazo por un nuevo conducto en el cruce del Gasoducto Norte con Ruta Provincial N
13, frente a la Central de Energía Eléctrica de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba Pilar y bajo las siguiente condiciones:
a La Reposición de las estructuras existentes, banquinas y préstamos realizadas,
merecerán evaluaciones técnicas periódicas por parte de esta Dirección, debiendo la Requirente realizar los trabajos que se indiquen a fin de reparar los defectos constructivos que pudieran aparecer en la zona de camino.b No podrán bajo ningún concepto alterarse las actuales condiciones de drenaje superficial existente en la zona de camino, anteriores al siniestro.c Se deberá entregar al finalizar la obra un plano conforme a obra y se deberá dejar indicado in situ con algún indicador/mojón aprobado la ubicación de la nueva cañería con su respectiva profundidad, como así también la ubicación de las cámaras/válvulas/dispositivos.d Los trabajos realizados y los que aún quedasen por ejecutarse serán a exclusiva cuenta y cargo de la recurrente.e La Dirección Provincial de Vialidad queda liberada de toda responsabilidad por daños ocasionados a terceros y/o a la Dirección misma, debiendo la peticionante tomar todas las medidas necesarias para asegurar el libre y seguro tránsito.f Los Gastos de Reposición de calzada a cargo de la Empresa Transportadora de Gas del Norte S.A. T.G.N., en función de los trabajos realizados hasta el momento por ésta Dirección, asciende a la suma de Pesos TRESCIENTOS
CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y CINCO CON VEINTE CENTAVOS
$ 349.985,20, y que actualizado al mes de Marzo de 2015, asciende a la suma de Pesos TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL
NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON
SESENTA Y UN CENTAVOS $ 362.944,61.
Los costos de todo trabajo adicional que resultare de las evaluaciones técnicas periódicas que se realicen para devolver la calzada a su estado anterior en el lugar del siniestro, serán a exclusiva cuenta y cargo de la Empresa Transportadora de Gas del Norte S.A. T.G.N..g Los gastos de inspección, a cargo de la peticionante asciende a la suma de Pesos DIECISIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA
Y CUATRO CON CINCUENTA CENTAVOS $
17.944,50, debiendo efectuar el depósito de los mismos en la Cuenta N 3344/6 Sucursal 900
del Banco de Córdoba S.A., dentro de los 30
días corridos a partir de la fecha.Art. 2.- Dejar establecido que el Departamento I Conservación de Pavimentos deberá llevar un registro de este tipo de autorizaciones para ser insertado en el inventario respectivo.Art. 3.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése copia al Ministerio de Infraestructura y pase al Departamento II Secretaría General.ING. RAUL BERTOLA
PRESIDENTE
CR. CARLOS PEREZ
VOCAL

Resolución N 263
Córdoba, 29 de abril de 2015
C.I. Nº 538845 045 45 308.VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales el Fideicomiso Inmobiliario Tierras de
Córdoba, solicita autorización para realizar trabajos en zona de la Red Vial Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que el Departamento I Conservación de Pavimentos en informe obrante en autos, señala que la mencionada peticionante solicita autorización para ejecutar los trabajos correspondientes a la obra de acceso al Loteo Valle del Golf ubicado sobre Ruta Prov. C-45 entre Falda del Carmen y Autopista Córdoba-Carlos Paz.
Que las presentes actuaciones contienen Póliza N 41818 por Responsabilidad Civil de GENERALI ARGENTINA Compañía de Seguros S.A y Póliza de Seguro de Caución de ALBA
COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A, N
732.063.
Que analizada la documentación presentada en correlación a la Resolución citada, el mencionado Departamento Técnico manifiesta que de no mediar opinión en contrario, podría accederse a lo peticionado bajo las condiciones expresadas en el mismo.
Que obra en autos constancia de transferencia del importe correspondiente a Gastos de Inspección, por la suma de pesos CATORCE
MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON
SESENTA CENTAVOS $14.355,60.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N 199/15 que luce en autos, señala que correspondería, salvo mejor criterio en contrario de la Superioridad, se autorice con carácter precario al Fideicomiso Inmobiliario Tierras de Córdoba, para realizar los trabajos que dan cuenta estas actuaciones, bajo las condiciones que allí enumera.
Que por último concluye el precitado Departamento que habiéndose dado cumplimiento a las disposiciones de la Resolución N 0133 del 30-03-01, ese Servicio Jurídico no tiene, desde el punto de vista jurídico formal, observaciones que formular, por lo que de compartir criterio señalado, puede esa Superioridad, en atención a las facultades acordadas por la Ley 8555, prestar aprobación a los solicitado.
Que en nueva intervención del Departamento II Asesoría Jurídica expresa que corresponde se deje sin efecto la Resolución N 00035/2009 de fs. 92/93, procediéndose en consecuencia a la devolución de la Garantía constituida oportunamente mediante Póliza N
89.853 de fs. 80/83.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley Provincial N 8555 y la previsiones de la Resolución Nº 0133/01;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
Art. 1.- Dejar sin efectoo la Resolución N
00035/2009 dictada por este Directorio con fecha 27 de Enero de 2009, por las razones vertidas en los Considerando de esta Resolución.
Art. 2.- Autorizar al Departamento I
Administración y Personal a efectos de que proceda a la devolución de la Póliza de Seguro de Caución N 89.853 de Afianzadora Latinoamericana Compañía de Seguros S.A.
Art. 3.- Autorizar, con carácter precario, al
Fideicomiso Inmobiliario Tierras de Córdoba, a utilizar zona de camino, para que por su cuenta y cargo, proceda a ejecutar los trabajos correspondientes a la obra de Acceso al Loteo Valle del Golf, ubicado sobre Ruta Prov. C-45 entre Falda del Carmen y Autopista Córdoba-Carlos Paz, bajo las condiciones establecidas en la Resolución N 0133/01 y las que a continuación se detallan:
a Las obras se construirán de acuerdo a planos y especificaciones del proyecto respectivo según Nota N 180550 045 314.
b Las obras contempladas en la Primera Etapa del Proyecto de Acceso asumen el carácter de provisorio hasta tanto se cuente con el proyecto definitivo de la Autovía previsto para el tramo Falda del Cañete-Autopista Córdoba-Carlos Paz, por lo que el ingreso definitivo al Loteo deberá ser oportunamente reformulado.
c No podrán bajo ningún concepto alterarse las actuales condiciones de drenaje superficial existente en la zona de camino.
d Se deberá disponer en obra a fin de evitar accidentes mientras se realizan los trabajos y hasta su conclusión, de la adecuada señalización diurna y nocturna en un todo de acuerdo al Pliego General de Especificaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de seguridad.
e Los trabajos se ejecutarán a exclusiva cuenta y cargo de la recurrente, quedando la Dirección Provincial de Vialidad liberada de toda responsabilidad por daños ocasionados a terceros y/o a la Dirección misma, debiendo la peticionante tomar todas las medidas necesarias para asegurar el libre y seguro tránsito.
f Se comunicará a esta Dirección y con la debida anticipación, la fecha de iniciación y finalización de las obras a fin de realizar las inspecciones correspondientes.
g Cuando las necesidades de esta Dirección así lo requieran y a su exclusivo juicio, la peticionante procederá a remover y/o retirar por su exclusiva cuenta y cargo las instalaciones especificadas, dentro del plazo que a tal fin se establezca y renunciando a todo derecho que por cualquier concepto pudiera corresponderle.
Art. 4.- El Departamento I Conservación de Pavimentos será el encargado de solicitar a la contratista la prórroga de la Póliza por Responsabilidad Civil presentada, si fuese necesario.
Art. 5.- Autorizar al Departamento I
Administración y Personal a devolver y/o ejecutar, finalizado el período de garantía, las pólizas que en oportunidad de la solicitud fueran presentadas.
Art. 6.- Dejar establecido que el Departamento I Conservación de Pavimentos deberá llevar un registro de este tipo de autorizaciones para ser insertado en el inventario respectivo.
Art. 7.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése copia al Ministerio de Infraestructura y pase al Departamento II Secretaría General.
ING. RAUL BERTOLA
PRESIDENTE
CR. CARLOS PEREZ
VOCAL

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/05/2015 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data15/05/2015

Conteggio pagine7

Numero di edizioni4177

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Ultima edizione12/07/2024

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