Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/05/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCV - Nº 90

VIENE DE TAPA
DECRETO N 230

Artículo 3º. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.

copias forman parte integrante de este instrumento legal como Anexo, compuesto de dos 2 fojas.

Artículo 4º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Artículo 2. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.

DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR

Artículo 3. PROTOCOLÍCESE, dése intervención a Contaduría General de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACION

DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR

JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

CÓRDOBA, 15 de mayo de 2015
Departamento Capital, prestando Juramento de Ley el día 23 de Junio de 1997, y continuando en ejercicio de sus funciones notariales hasta el día de la fecha y que la Escribana Sandra Karina BLUGERMAN no es titular ni adscripta de ningún Registro Notarial.
Que se pronuncia en forma favorable a lo gestionado, el Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, haciendo lo propio el Tribunal de Disciplina Notarial.
Por ello, lo dispuesto por los Artículos 17, 25,26 y concordantes de la Ley Orgánica Notarial N 4183 y sus modificatorias, Artículos 44, 50 y 51 del Decreto Reglamentario N 2259/75, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Seguridad con el N 352/2015 y por Fiscalía de Estado bajo el N 297/15, y en usos de las atribuciones constitucionales;

ANEXO

PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACION
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:

http goo.gl/qdZRqb
Decreto N 398

Córdoba, 4 de Mayo de 2015

ANEXO
http goo.gl/LW0nFk
VISTO: el Expediente LETRA P Nº 1/2015 del Registro del Tribunal de Disciplina Notarial.

Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Seguridad y el señor Fiscal de Estado.

Y CONSIDERANDO:

Decreto N 227

Córdoba, 26 de Marzo de 2015

VISTO: El Expediente Nº 0109-055406/2000 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos la Resolución N 0412/14 de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de Educación, mediante la cual se dispuso, ad referendum de autoridad competente, la recategorización de la Escuela de Nivel Primario DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO de la localidad de La Cruz, Departamento Calamuchita.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicos-formales-pedagógicos estatuidos por las Leyes Nros. 26206 y 9870, Decreto-Ley N 1910/E/57, su Decreto Reglamentario N 3999/E/67, y Decreto N
41009/A/38, encontrándose tal determinación técnica, administrativa e institucional plasmada en la resolución de marras.
Que en consecuencia, se ha decidido en el marco de la normativa legal vigente y propendiendo a un mejor servicio educativo, motivos por los que no se visualizan impedimentos para la ratificación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N 2413/2014, por Fiscalía de Estado para casos similares y en uso de sus atribuciones constitucionales, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º. RATIFÍCASE la Resolución N 0412/14 de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de Educación-, mediante la cual se dispuso la recategorización de la Escuela de Nivel Primario DOMINGO FAUSTINO
SARMIENTO de la localidad de La Cruz, Departamento Calamuchita, en los términos y condiciones que se consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante de este instrumento legal como Anexo I, compuesto de una 1 foja.
Artículo 2º. EL egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 354; Partidas: Principal 01 y Parcial 02 Personal No Permanente; Grupo 13; Cargo 260; Director Escuela Primaria de Segunda.

Artículo 1.- DESIGNASE a la Escribana Sandra Karina BLUGERMAN D.N.I. N 23.397.484 Clase 1973, Matrícula Profesional N 1977, como Adscripta al Registro Notarial N 662
con asiento en la ciudad de Córdoba, Departamento Capital de la Provincia de Córdoba.

Que en las presentes actuaciones la Escribana María Susana PICCO de CISZEVSKI, Titular del Registro Notarial N 662, con asiento en la ciudad de Córdoba, Departamento Capital, propone como Adscripta a la Escribana Sandra Karina BLUGERMAN, Matrícula Profesional N 1977.
Que obra la petición de la Escribana Titular y la conformidad de la propuesta como adscripta, adjuntándose datos personales y profesionales.
Que el Tribunal de Disciplina Notarial informa que la Escribana María Susana PICCO de CISZEVSKI fue designada titular del Registro N 662 con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
WALTER E. SAIEG
MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

MINISTERIO DE

EDUCACIÓN
Resolución N 455

Córdoba, 5 de mayo de 2015

VISTO: El Expediente Nº 0109-117668/13 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la clasificación por localización de la Escuela de Nivel Inicial LEONOR DE TEJEDA AnexoEE0640285 de Salguero, Departamento Presidente Roque Sáenz Peña, dependiente de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario, y la pertinente asignación de la bonificación respectiva a su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para acceder a dicho beneficio, conforme con lo previsto en los arts. 2 inc. g y 9 del Decreto N 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasificar al mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización correspondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente el respectivo porcentaje de bonificación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 0075/15 del Área Jurídica y lo aconsejado por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales a fs. 15;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- CLASIFICAR en el Grupo C de localización a la Escuela de Nivel Inicial LEONOR DE TEJEDA -AnexoEE0640285
de Salguero, Departamento Presidente Roque Sáenz Peña, dependiente de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario, a partir de la fecha de la presente resolución, y en consecuencia OTORGAR por ese concepto la bonificación del cuarenta por ciento 40% a su personal docente y del veintiséis por ciento 26% a su personal no docente, conforme con lo previsto en los arts. 2 inc. g y 9 del Decreto N 1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 354; Partidas: Principal 01, Parciales: 01 Personal Permanente y 02
Personal No Permanente.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Administración de Capital Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/05/2015 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data15/05/2015

Conteggio pagine7

Numero di edizioni4177

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

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