Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/04/2013 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 16 de abril de 2013

1

SECCIÓN

AÑO C - TOMO DLXXIX - Nº 55
CORDOBA, R.A., MARTES 16 DE ABRIL DE 2013

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

PODER

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
PODER

EJECUTIVO

LEGISLATIVO

Crean el IPEM Nº 361
en Jesús María Decreto Nº 195

Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - A ÑO C - TOMO DLXXIX - Nº 55

Plan Nacional de Seguridad Alimentaria Convenio de Ejecución Ampliatorio - Ejercicio 2012

Córdoba, 28 Febrero de 2013

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

VISTO: El Expediente N 0622-120827/11 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO: Que en las presentes actuaciones se tramita la creación de un Instituto Provincial de Educación Media en barrio Sierras y Parque de Jesús María, bajo la dependencia de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional -Ministerio de Educación-, sobre la base de divisiones de ese nivel de enseñanza, que funcionan como Anexo al Instituto Provincial de Educación Técnica y Media N 69 JUANA MANSO DE NORONHA de la mencionada ciudad.
Que la solicitud efectuada por la Dirección del mencionado establecimiento educativo, se fundamenta en que el mismo posee el derecho a organizar y señalar una dirección autónoma dentro de los procesos de integración con la sociedad, debido a que se observa un crecimiento de matrícula con el transcurso de los años, como así también la importancia de contar con un Ciclo Básico y Ciclo de Especialización siendo su primera promoción en el año 2011, agregando además que cuenta con edificio propio construido a tal fin.
Que la mencionada autoridad escolar continúa expresando que el nuevo establecimiento educativo posee lineamientos generales y específicos que fueron implementados en forma gradual y progresiva, manifestando además que dicha creación obedece a la necesidad de una identificación de la comunidad educativa con la escuela como espacio de aprendizaje de conductas de convivencia social pluralista y no como anexo de otra institución, apoyando el sentido de pertenencia y de equidad con el fin de lograr una mejor calidad educativa.
Que por Resolución N 1146/11 emanada de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional, se ha dispuesto ad referéndum de la Superioridadla desanexación del servicio en cuestión y la asignación de los cargos de Director de Tercera Enseñanza Media y de Secretario de Tercera Enseñanza Media en el Presupuesto General de la Provincia, habiéndose efectuado la reserva de los mismos para ser asignados a la unidad educativa cuya creación se propicia.
Que merituados todos los aspectos políticos y técnicos que hacen a la factibilidad, oportunidad y conveniencia de la creación que se gestiona, debe concluirse en que están dadas las condiciones para disponer tal medida en esta instancia, al amparo de los artículos 5, 6 y concordantes de la Ley N 9870 y en ejercicio de las facultades
Ley: 10130
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio de Ejecución Ampliatorio -Ejercicio 2012- del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria suscripto con fecha 13 de agosto de 2012 entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Provincia de Córdoba, destinado a financiar acciones tendientes a garantizar la seguridad alimentaria de personas en condiciones de vulnerabilidad social de la Provincia de Córdoba.
El Convenio y su Decreto aprobatorio Nº 1116 del 4 de octubre de 2012, compuestos de cuatro 4 fojas, forman parte integrante de la presente Ley como Anexo Único.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE
FEBRERO DEL AÑO DOS MIL TRECE.

GUILLERMO CARLOS ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA

CRA. ALICIA MÓNICA PREGNO
VICEGOBERNADORA
PRESIDENTA
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
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conferidas por los artículos 62, 63 y 144 de la Constitución Provincial.
Por ello, los informes producidos y los Dictámenes Nros. 1822/11
del Área Jurídica del Ministerio de Educación y 1822/11 de Fiscalía de Estado, 0177/13.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- CRÉASE el Instituto Provincial de Educación Media N 361 en Barrio Sierras y Parques de Jesús María, bajo la dependencia de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional -Ministerio de Educacióny sobre la base de divisiones de ese nivel de enseñanza, que funcionan como Anexo al Instituto Provincial de Educación Técnica y Media N 69 JUANA
MANSO DE NORONHA de la mencionada ciudad.
ARTÍCULO 2.- El servicio educativo creado por el artículo 1 del
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presente decreto será de Tercera Categoría y desarrollará sus actividades en el edificio construido para tal fin.
ARTÍCULO 3.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. 0351 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/04/2013 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data16/04/2013

Conteggio pagine13

Numero di edizioni4178

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione15/07/2024

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