Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/10/2012 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN O FICIAL

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 127

profesores de artes visuales, museólogos, diseñadores o curadores, en carácter individual o grupal, con residencia en la provincia de Córdoba. Cada persona o grupo podrá presentar un máximo de dos proyectos.
CARACTERÍSTICAS DE LOS
PROYECTOS
Los proyectos deberán ser inéditos, pensados y diseñados específicamente para el espacio de exhibición de la Sala de Exposiciones Ernesto Farina de la Ciudad de las Artes.
Deberán estar acompañados de una fundamentación teórica, base conceptual y/
o intencionalidad curatorial, con su correspondiente traducción al espacio expositivo montaje. Junto a las características de la obra a mostrar, se deberá explicar y justificar el tipo de dispositivos o recursos museográficos que serán implementados.
Se admitirán proyectos en todas las disciplinas de las artes visuales independientemente de la técnica y/ o recursos utilizados.
PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS
Los proyectos se presentarán personalmente o por correo en la Sala de Exposiciones Ernesto Farina, Ciudad de las Artes, Av.
Ricchieri y Concepción Arenal, Bº Rogelio Martínez, Córdoba 5000, de martes a viernes de 9 a 13 y de 17 a 21hs. desde el día MARTES 28 DE AGOSTO HASTA EL
DÍA MIERCOLES 31 DE OCTUBRE DE
2012.
Toda la documentación del proyecto deberá reunirse en formato impreso en una carpeta
A4 anillada, identificada en su carátula con el título del proyecto y el nombre del autor o los autores, con los textos en letra Arial, cuerpo 14 negrita y mayúscula para los títulos y cuerpo 12 para el resto, mas una copia de la misma en formato digital CD o DVD. Para los archivos digitales de texto a grabar en la copia en CD o DVD se solicita la presentación en formato Word 2007 o anteriores .doc sin excepción. Para los archivos digitales de imagen a grabar en la copia en CD o DVD se solicita la presentación en formato .jpg con una resolución de 300 dpi.
Serán excluidos del proceso de selección aquellos contenidos que no puedan ser vistos correctamente por defectos de grabación o errores que pudieran contener el CD o DVD o bien por no cumplir con los formatos y tamaños solicitados en este apartado.
Los Organizadores no serán responsables por la pérdida y/o robo y/o deterioro de las propuestas enviadas por los Participantes y que por cualquier causa no sean recibidas o sean ilegibles y/o incompletas y/o sin la información requerida.
Los proyectos deberán incluir:
- Datos del/los autor/es del proyecto: nombre y apellido, DNI, teléfono de contacto, dirección de correo electrónico y breve Currículum Vitae de cada uno.
- Justificación teórica del proyecto y plan de desarrollo.
- Descripción técnica del proyecto.
- Material gráfico representando el proyecto a desarrollar.
- Currículum Vitae e imágenes de trabajos anteriores realizados por el o los artistas a exhibir en el caso que la obra a exponer no sea de autoría de los participantes de la convocatoria.

- Propuestas de actividades complementarias a la exposición.
- Cualquier otro tipo de documentación que el participante considere necesario adjuntar para la comprensión del proyecto.
SELECCIÓN
Se seleccionará un único proyecto para la exhibición.
La organización podrá convocar a los participantes a una entrevista previa a la selección con la finalidad de obtener mayor información sobre el proyecto.
El jurado de selección de los proyectos estará integrado por:
CELIA MARCO DEL PONT
CLEMENTINA ZABLOSKY
MARCELO NUSENOVICH
UN VEEDOR POR LA AGENCIA CÓRDOBA
CULTURA
La resolución de los jurados se dará a conocer el día VIERNES 30 DE NOVIEMBRE
DE 2012.
Los Organizadores se reservan el derecho de seleccionar más de un proyecto así como de declarar el premio desierto.
PROYECTO SELECCIONADO
El proyecto seleccionado tendrá una fecha de exhibición en el transcurso del año 2013, de acuerdo al cronograma de exposiciones previsto para la Sala Ernesto Farina de la Ciudad de las Artes y recibirá una dotación de hasta $5000 pesos cinco mil para solventar los gastos que deriven de la producción del mismo.
RETORNO DE LA DOCUMENTACIÓN
Las carpetas con los proyectos no
CÓRDOBA, 3 de octubre de 2012
seleccionados se podrán retirar de la Sala de Exposiciones Ernesto Farina hasta el día VIERNES 14 de DICIEMBRE de 2012.
Pasada esta fecha los organizadores no se hacen responsables del material presentado.
Se adjuntan a la presente convocatoria planos, con cotas y medidas, de la Sala Ernesto Farina como referencia para la presentación de los proyectos.
La participación en esta convocatoria implica el conocimiento y plena aceptación de las bases y condiciones de la misma. Toda situación no prevista en este reglamento será resuelta por los Organizadores de acuerdo a su criterio, siendo su decisión inapelable.SALA DE EXPOSICIONES
ERNESTO FARINA
La Sala de Exposiciones Ernesto Farina es un lugar para el arte de Córdoba. Fue inaugurada en abril del año 2005 tras el reciclaje restauración, refuncionalización y readaptación del ala sur de lo que fuera la antigua sastrería militar del Batallón 141, que integraba el Tercer Cuerpo de Ejército, un dominio que después de su desafectación permaneció abandonado por más de diez años. El edificio fue construido en el año 1911 y presenta un carácter longitudinal provisto de numerosas ventanas, resuelto con un lenguaje propio de la arquitectura pintoresquista, con aires de fortaleza, en cuyo exterior aparece un coronamiento en el que sobresalen torrecillas cilíndricas, almenas y troneras.
El objetivo de la Sala es crear un ámbito para las expresiones artísticas de Córdoba en un punto de tensión entre la tradición y el presente. Las exposiciones que se realizan en ella son una producción conjunta entre la Agencia Córdoba Cultura y la Escuela Su-

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 595

Partidas que determine la respectiva ley de presupuesto.

ARTÍCULO 2: IMPÚTASE el egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, por la suma de PESOS SETENTA Y
DOS MIL $72.000,00, a Jurisdicción 1.35 Ministerio de Educación , conforme el siguiente detalle: la suma de Pesos Quince Mil $15.000,00 a Programa 350-000 Partida 3.02.01.00 Alquiler de Edificios y Locales del P.V. y la suma de Pesos Cincuenta y Siete Mil $57.000,00 a Importe Futuro Año 2013 conforme Programas y
ARTÍCULO 3: PREVIO a la remisión para su Visación al Tribunal de Cuentas de la Provincia, deberá darse intervención a la Jefatura de Área Patrimonial de Contaduría General de la Provincia, quien desglosará copia autenticada del contrato, como así también de la presente Resolución.

perior de Bellas Artes Dr. José Figueroa Alcorta. Ubicada en el particular contexto educativo cultural de la Ciudad de las Artes, la Sala dialoga con los nuevos circuitos de la ciudad y se incorpora a la llamada Media Legua de Oro.
El contenido y el diseño de las exhibiciones, la producción de los catálogos, junto con sus actividades complementarias, que caracterizan y dotan de personalidad a la Sala, adhieren a la idea que las exposiciones se constituyen en un instrumento privilegiado para la administración de los significados del arte y son un factor fundamental para la escritura de la historia del arte, entendiéndolas como medios de comunicación que combinan conocimiento con esparcimiento, constituyéndose en un evento cultural de innegable influencia en la contemporaneidad. Las exposiciones de arte ponen en acto la circulación de los distintos discursos teóricos, su relación con lo propiamente artístico y el modo en que ambos han sido comunicados.
EL NOMBRE
El nombre de Ernesto Farina 1912-1988 es un merecido homenaje a este gran pintor de Córdoba, que dejó su marca en generaciones de artistas. Su obra es una de las más destacadas en la historia del arte argentino y para Córdoba reviste una importancia singular por haber provocado una ruptura en la concepción de la representación del paisaje tradicional. No es posible concebir una historia de la modernidad cordobesa del siglo XX sin la consideración de este artista. La Sala se denomina de esta manera desde la Exposición homenaje a Ernesto Farina Poesía y Paisaje realizada durante el mes de mayo del año 2006.

a realizar los ajustes contables, en oportunidad de emitir el documento de contabilidad a nivel de Compromiso.
ARTÍCULO 5: PROTOCOLICESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese y archívese.

ARTÍCULO 4: AUTORIZAR a la Dirección de Administración
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

AGENCIA DE PROMOCIÓN DE EMPLEO Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Resolución Nº 1
Córdoba, 3 de Enero de 2012
VISTO: La necesidad de definir un Plan Estratégico que permita orientar los programas, proyectos y acciones de promoción de empleo y formación profesional que implemente el Gobierno de la Provincia de Córdoba a través de esta Agencia de Promoción de Empleo y Formación Profesional creada por Decreto N 2565/11 Capítulo 6, Arts.
55 y ss, ratificado por el Art. 1º de la Ley Nº 10029.
Y CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Nación Argentina, diversos Pactos y Declaraciones Internacionales sobre Derechos Humanos, el Convenio sobre Desarrollo de Recursos Humanos N 142 y la Recomendación N 192 de la Organización Internacional del Trabajo, aprobados por las Conferencias Internacionales del Trabajo en 1975

y 2004, respectivamente, reconocen a la Formación Profesional en sentido ampliocomo un derecho fundamental de los trabajadores y trabajadoras.
Que la Constitución de la Provincia de Córdoba prescribe que todas las personas tienen derecho a la capacitación, al bienestar y al mejoramiento económico Art. 23, inc. 2; que el trabajo es un derecho y un deber fundado en el principio de la solidaridad social Art. 54 y, que uno de los fines de la educación es la inserción en la vida sociocultural y en el mundo laboral Art. 61, debiendo la política educativa provincial generar y promover la capacitación laboral o formación profesional según las necesidades regionales Art. 62, inc. 7.
Que en el marco de la Ley Nacional de Empleo N 24.013, los Ministerios con competencia en materia laboral han venido implementando calificaciones ocupacionales mediante la instrumentación de acciones dirigidas a desarrollar una asociación más estrecha entre la formación de la fuerza laboral y el sistema productivo, propiciándose así la generación de programas y planes dirigidos a la formación y
perfeccionamiento laboral, así como la reinserción ocupacional de los trabajadores desocupados.
Que mediante Decreto Provincial Nº 532/97, en nuestra Provincia los servicios educativos de formación profesional fueron transferidos desde el Ministerio de Educación y Cultura al entoncesMinisterio de Producción y Trabajo, el cual mediante Resolución Nº 426/97 dispuso la creación de los Centros de Desarrollo Regional CE.DE.R. y los Complejos de Capacitación Laboral COM.CA.L.
Que en tal contexto, mediante las Resoluciones Nº 77 y N 78/2000 del entonces Ministerio de la Producción, y la Resolución Nº 49/05 del Ministerio de Producción y Trabajo, se implementó en nuestra Provincia el Plan de Capacitación para el Empleo en sus componentes del Programa Provincial de Capacitación para el Empleo y del Programa de Fortalecimiento Institucional.
Que mediante Decreto Nº 376/05, modificado luego por Decreto Nº 1249/08, se constituyó el Consejo Provincial de Educación Técnica y Trabajo con el objetivo principal de favorecer la coordinación
de las políticas públicas a implementar, propendiendo al fortalecimiento, en términos de calidad y pertinencia, de la formación técnico profesional de los jóvenes y adultos y su enlace con el mundo productivo.
Que por imperio de la Ley Nº 9511 de adhesión a la Ley Nacional de Educación Técnico Profesional Nº 26058- y la Ley Nº 9870, la Provincia de Córdoba promueve la Formación Profesional entendida como el conjunto de acciones cuyo propósito es la formación socio-laboral para y en el trabajo, dirigida tanto a la adquisición y mejora de las cualificaciones como a la recualificación de los trabajadores, que permite compatibilizar la promoción social, profesional y personal con la productividad de la economía nacional, regional y local.
Que en la nueva estructura orgánica del Poder Ejecutivo dispuesta por Decreto Nº 2.565/11
ratificado por Ley Nº 10.029-, la Agencia de Promoción de Empleo y Formación Profesional
tiene como objeto la creación, implementación, ejecución, supervisión y contralor de los programas,

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/10/2012 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data03/10/2012

Conteggio pagine7

Numero di edizioni4178

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione15/07/2024

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