Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/06/2008 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
B OLETÍN O FICIAL
Córdoba, 4 de junio de 2008
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SECCIÓN
PUBLICACIONES
RESOLUCIONES
AÑO XCVI - TOMO DXXI - Nº 105
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 4 DE JUNIO DE 2008
DE
GOBIERNO
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DECRETOS
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCION Nº 99
Córdoba, 27 de mayo de 2008
VISTO: el Expediente N 0423-030619/2008 en el que se tramita el reconocimiento e inscripción de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de los Barrios Cabo Fariña, Ampliación Fariña, Irupé, Parque Horizonte y Parque Latino, de esta Ciudad de Córdoba, Departamento Capital de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en estas actuaciones el Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente suscripta el día 07 de Marzo de 2008, por vecinos e instituciones de los Barrios Cabo Fariña, Ampliación Fariña, Irupé, Parque Horizonte y Parque Latino, de esta Ciudad de Córdoba, Departamento Capital de la Provincia de Córdoba.
Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 12, 13 y 14 de la Ley 9235 y la Resolución del entonces Ministerio de Seguridad N151/06.
Que por lo expuesto y la normativa citada, corresponde reconocer la Junta Constituida y ordenar su inscripción por la Sub Dirección de Jurisdicción de Delegaciones Regionales -Capital -, en el Registro creado al efecto.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio de Gobierno bajo el N 110/2008, EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de los Barrios Cabo Fariña, Ampliación Fariña, Irupé, Parque Horizonte y Parque Latino, de esta Ciudad de Córdoba, Departamento Capital de la Provincia de Córdoba y por DESIGNADOS a los señores Leonardo VARELA M.I. Nº 20.870.381 y Esteban PUERTAS M.I. Nº 07.991.392 como Coordinadores.
ARTÍCULO 2º.- INSCRÍBASE en el Registro pertinente.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
RÍO CUARTO
Imponen al IPEM Nº 330 el nombre de Edgardo Roberto Pramparo PODER EJECUTIVO
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 598/08
del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación y lo dictaminado en casos similares por Fiscalía de Estado,
DECRETO Nº 763
Córdoba, 23 de Mayo de 2008
VISTO: el Expediente Nº 0110-113757/2007, en el cual obran las actuaciones relacionadas con la terna elevada para la imposición de nombre al Instituto Provincial de Educación Media Nº 330 de Río Cuarto, dependiente del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que de la misma surge el nombre de Edgardo Roberto Pramparo, como justo homenaje a ese riocuartense ex combatiente de la Armada Argentina, héroe de la guerra de las Islas Malvinas, quien ofrendara su vida por la Patria durante el conflicto del Atlántico Sur.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- IMPONESE el nombre de EDGARDO
ROBERTO PRAMPARO al Instituto Provincial de Educación Media Nº 330 de Río Cuarto, dependiente del Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Que tal reconocimiento servirá como conmemoración de un ejemplo de valentía y patriotismo, digno de ser imitado por las nuevas generaciones, para que con entusiasmo y amor por el estudio y el trabajo, sepan defender y honrar nuestra Nación en cada acto de la vida cotidiana.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida intervención, cumplimentándose los requisitos
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
CONSEJO GENERAL DE TASACIONES
RESOLUCION Nº 8206
Córdoba, 5 de Enero de 2008
Ref. Expte. Nº 0045-014022/2007
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO
establecidos por el Decreto Nº 7694/E/68.
VISTO: El expediente de referencia, por el que la Dirección Provincial de
Vialidad D.P.V., solicita la tasación de una fracción de terreno, parte de mayor superficie, la que ha sido declarada de utilidad pública y sujeta a expropiación por Ley Nº 9422/07 sancionada por el Poder Legislativo, y Decreto Nº 1582/
07 del Poder Ejecutivo, e individualizada conforme a Plano de Mensura
Parcial de fs. 10, con destino a la Obra:
Ensanche de Camino de Acceso a la Localidad de Manfredi.
CONSIDERANDO:
Que el caso se encuentra dentro de lo previsto en las Leyes 5330 y 6394;
El informe que obra a fs. 23/27, CONTINÚA EN PÁGINA 2