Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/11/2006 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

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MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 369

VIENE DE TAPA

Por ello, los informes producidos y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Ministerial Nº 118/
06;

Córdoba, 12 de Octubre de 2006
Expediente Nº 0503-047130/06.VISTO: este expediente por el cual el señor Presidente del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP propicia la creación de una COMISIÓN MIXTA destinada a la revisión de la metodología prevista en el Anexo D del Decreto Nº 254/03, reglamentario de la Ley de Transporte Nº 8669 y la elaboración del estudio tarifario.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos nota presentada por la Federación de Empresarios del Transporte Automotor de Pasajeros FETAP mediante la cual plantea la necesidad de adecuar el parámetro referido al número de personal de conducción que debe ser afectado a cada unidad de servicio, que contempla la fórmula de cálculo vigente para el transporte público de pasajeros establecida en el citado Decreto.
Que surge del informe técnico obrante a fs. 4, emitido por la Dirección de Transporte, que la cantidad de personal propuesta por FETAP podría justificarse en función del diagrama de servicios de cada empresa y atendiendo al régimen laboral conforme al Convenio Colectivo de Trabajo.
Que asimismo manifiesta que si se tiene en cuenta la relación existente entre la cantidad de personal de tráfico y la flota habilitada en cada una de las empresas, el promedio de individuos, para el caso de empresas rurales, es de 2,55.
Que a fs. 7/8 el Presidente del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP
explicita las razones por las cuales estima conveniente la conformación de una Comisión cuyo objeto sea la revisión íntegra de la metodología prevista en el Anexo D del Decreto Nº 254/03
Por ello y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- CREAR, en el ámbito de este Ministerio, una COMISIÓN
MIXTA integrada por representantes del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP y de la Dirección de Transporte, cuya finalidad será la revisión íntegra de la metodología prevista en el Anexo D del Decreto Nº 254/03, reglamentario de la Ley de Transporte Nº 8669 y la elaboración del estudio tarifario correspondiente.
ARTÍCULO 2º.- ESTABLECER que cada organismo integrante de la Comisión Mixta designará a sus representantes en la cantidad que estime conveniente.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése intervención al Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP y a la Dirección de Transporte a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Educativo las IX Jornadas sobre el Cuidado de la Mujer Em-

barazada y el Niño, que bajo la organización de la Fundación Progreso, Amor y Solidaridad -P.A.S.-, se llevarán a cabo los días 1, 2 y 3 de noviembre de 2006 en la ciudad de Córdoba.ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.DR. CARLOS A. SÁNCHEZ
SECRETARIO DE EDUCACIÓN

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 324
Córdoba, 22 de Agosto de 2006
Expediente Nº 0045-013092/05.VISTO: Este expediente en el que obra la Resolución Nº 00727/06 de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, relacionada con los trabajos de la Obra: MEJORAMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN
PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA PERTENECIENTES
A LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 12 DEPARTAMENTO: JUÁREZ CELMAN.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección propicia la aprobación del Acta de Recepción Provisional de fecha 31 de marzo de 2006, la medición final y la Planilla Comparativa según la cual se ha ejecutado la obra por la suma de $ 315.144,27, arrojando una diferencia en menos de $ -314.006,53, como también dejar establecido que el Certificado Nº 6 Parcial de Precios Contractuales por marzo de 2006 que asciende a la suma de $ 21.846,90 sea considerado como Certificado Final por haberse finalizado los trabajos y que fue liquidado oportunamente mediante Orden de Pago Directa Nº 543/06, según Informe Nº 121/06 del Departamento I Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad y se desafecte la suma de $ -314.006,53 mediante Afectación Preventiva Negativa Nº 4343/06, Compromiso Nº 1155/06 por $ -84.855,73 y Afectación Preventiva Negativa Nº 4344/06, Compromiso Nº 1156/06 por $ -229.150,80, anulando de esta forma el saldo mencionado precedentemente.
Que lo propiciado por la Dirección Provincial de Vialidad es posible en virtud de los informes técnicos obrantes en autos y de las previsiones de los artículos 52 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614, 45 y 46 primer párrafo del Decreto Reglamentario Nº 4757/77 y 79 Recepción Provisoria - Devolución Depósito de Garantía del Decreto Nº 4758/77.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales este
Córdoba, 3 de noviembre de 2006

Ministerio con el Nº 190/06 caso similar, su proveído de fecha 10-08-06, EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Acta de Recepción Provisional, de fecha 31
de marzo de 2006 correspondiente a los trabajos de la Obra: MEJORAMIENTO
DE LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA
Y TERCIARIA PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO
CAMINERO REGIONAL Nº 12 - DEPARTAMENTO: JUÁREZ CELMAN.
ARTÍCULO 2º.- APROBAR la medición final efectuada y la Planilla Comparativa, según la cual se ha ejecutado la Obra por la suma de Pesos Trescientos Quince Mil Ciento Cuarenta y Cuatro Con Veintisiete Centavos $ 315.144,27, arrojando una diferencia en menos de Pesos Trescientos Catorce Mil Seis Con Cincuenta y Tres Centavos $ -314.006,53.
ARTÍCULO 3º.- DEJAR establecido que el Certificado Nº 6 Parcial de Precios Contractuales por el mes de marzo de 2006, que asciende a la suma de Pesos Veintiún Mil Ochocientos Cuarenta y Seis Con Noventa Centavos $
21.846,90, sea considerado como Certificado Final por haberse finalizado los trabajos y que fue liquidado oportunamente por Orden de Pago Directa Nº 543/
06, según Informe Nº 121/06 del Departamento I Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad.
ARTÍCULO 4º.- DESAFECTAR la suma de Pesos Trescientos Catorce Mil Seis Con Cincuenta y Tres Centavos $ -314.006,53, conforme lo indica la Gerencia de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad en sus Documentos de Contabilidad de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.25
Afectación Preventiva Negativa Nº 4343/06, Compromiso Nº 1155/06, Subprograma 265/6, Proyecto 52, Partidas: Principal 12, Parcial 10, Obra 3101 del P.V. $

-84.855,73

Afectación Preventiva Negativa Nº 4344/06, Compromiso Nº 1156/06, Subprograma 265/6, Proyecto 52, Partidas: Principal 12, Parcial 10, Obra 3101 del P.V. $ -229.150,80
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

ACUERDOS
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO CUARENTA Y UNOSERIE B.En la ciudad de CÓRDOBA, a treinta y un días del mes de octubre de dos mil seis, con la Presidencia de su titular Dr. Luis Enrique RUBIO se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres.
Maria Esther CAFURE DE BATTISTELLI, Aída Lucía Teresa TARDITTI, Armando Segundo ANDRUET h y M. de las Mercedes BLANC G. de ARABEL y la asistencia del Señor Director General de Administración Lic. José María Las Heras y ACORDARON:
Y VISTO: Lo informado por el Sr. Superintendente de la Sede Judicial de Río Tercero, sugiriendo la delimitación del radio en la mencionada Ciudad, dentro del cual los señores notificadores diligenciarán las Cédulas de Notificación, sin percibir arancel.Y CONSIDERANDO: 1 Que por Acuerdo Reglamentario Nro. 1 Serie B
del 16 de abril de 1993, se estableció el radio a los fines de la realización de las notificaciones sin percepción de arancel, comprendiendo el mismo veinte cuadras desde la sede de los Tribunales de la Ciudad de Río Tercero.- 2 Que las características del desarrollo urbano de la citada ciudad y su aumento demográfico, surge la conveniencia de delimitar el radio de actuación de los Notificadores, fijando las zonas en que cumplirán sus tareas, a fin de lograr una realización más expeditiva en pos de mejorar el servicio de administración de Justicia.- 3
Que atento lo sugerido por el Señor Superintendente y lo solicitado por el Colegio de Abogados de la Décima Circunscripción Judicial, corresponde fijar
el radio de actuación de los señores Notificadores, para el diligenciamiento de las Cédulas sin arancel, tal como se informa y asimismo para fuera de dicho radio y hasta el fin del ejido municipal, percibirán el arancel que le corresponde a los señores Ujieres, conforme la reglamentación establecida por este Tribunal. Por todo ello, SE RESUELVE: Art. 1.- ESTABLECER que el radio para el diligenciamiento de las Cédulas de Notificación, sin percepción de arancel, en la Ciudad de Río Tercero, estará delimitado de la siguiente forma: Al Sudeste en forma de media luna desde la calle Padre Martina hasta la intersección del paso a nivel del Ferrocarril e Independencia siguiendo por el lado Este por calle Tristán Acuña hasta la esquina formada por M.G.Carrillo, luego girando por el lado Noreste por calle La Niña, la que luego se denomina Cervantes hasta llegar a la intersección con calle García Lorca, desviando en línea recta por el lado Norte por calle Ricardo Balbin hasta calle Esperanza, bajando al sur hasta el Ferrocarril , siguiendo por la vera del Ferrocarril y calle Gral. Arenales hasta calle Catamarca, bajando en el lado Oeste hasta calle Diego de Rojas, siguiendo en línea recta J.L Plaje hasta llegar a Av. Gral. Savio, luego girando por esta Avenida hasta llegar a calle Fray Luis Beltrán, doblando por el lado Oeste y hacia el Sur hasta calle La Madrid, girando al Sur hasta llegar a Paula Albarracín de Sarmiento y de allí al Sur hasta F. Ramirez, doblando nuevamente al Este por calle Pública hasta Estanislao López, siguiendo por Hipólito Irigoyen doblando al Sudeste por O. Colombres hasta llegar a calle Esperanza y de alli subiendo hasta llegar a M. de Azcuenaga y de allí en línea recta hasta llegar a la intersección de calles Independencia y Vías del Ferrocarril. Art. 2.- CUANDO se deban diligenciar Cédulas de Notificación fuera del radio establecido en el artículo anterior y hasta el fin del ejido municipal, corresponderá al interesado abonar el

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/11/2006 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data03/11/2006

Conteggio pagine4

Numero di edizioni4189

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione30/07/2024

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