Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/3/2010
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO"
AÑO "2010
XIX - AÑO
- Ushuaia, Viernes 19 de Marzo de 2010 - Nº 2696
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Nº 2696
AÑO XIX
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dr. Guillermo Horacio ARAMBURU
Sr. Rubén Alberto BAHNTJE
M.M.O. Manuel Fernando BENEGAS
Lic. Amanda Ruth DEL CORRO
Ministro de Gobierno, Coordinación General y Justicia
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología
Dra. María Haydee GRIECO
Sr. Sergio Daniel ALVAREZ
Dr. Marcelo Oscar ECHAZU
Prof. Andrea María CERVANTES
Ministro de Salud
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo
Secretario de Derechos Humanos
Lic. Sandra Graciana GARNICA
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sra. Liliana Graciela PRELI
Dra. Eleonora Lucía DE MAIO
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Sr. Eduardo Humberto DANDREA
Dr. Nicolás Juan LUCAS
Secretario de Hidrocarburos
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Ushuaia, Viernes 19 de Marzo de 2010
15-03-10 ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el presente será imputado a ARTÍCULO l.- Designar en Planla Unidad de Gestión de Gasto N
ta Permanente en el Ministerio de 7303, inciso 1 - Gastos en persoEconomía - Dirección General de nal.
Rentas, al señor Norberto Hernán ARTÍCULO 4.- Notificar al inteLUXEN, D.N.I. N 30.001.800, resado, a la Dirección General de como agente categoría E del EscaPresupuesto, comunicar a quienes lafón Profesional Universitario, corresponda, dar al Boletín Oficial otorgándosele un plazo de novende la Provincia y archivar.
ta 90 días para la presentación RIOS
del certificado de aptitud psicofíRubén A. BAHNTJE
sica definitivo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Provincial 15-03-10
N 1871/94, Anexo I, punto A.2. y DECRETO Nº 612
de antecedentes penales extendido por el Registro Nacional de ReinARTÍCULO 1- Adscribir al ámbito del Ministerio de Desarrollo cidencia.
ARTÍCULO 2.- El ingreso deriSocial de la Nación, a la agente vado de la designación efectuada Dalila Tamara LUCERO, categocobrará vigencia el día siguiente de ría 10 P.A.yT., legajo N
haber acreditado el señor Norberto 23706157/00, a partir del día siHernán LUXEN, D.N.I. N guiente al de su notificación, y por 30.001.800, la presentación de la el término de trescientos sesenta y renuncia a todos trabajos que gecinco 365 días, en virtud de lo neran incompatibilidad con la misestablecido en el Decreto Nacional ma. Ello por los motivos expuesNº 2058/85, anexo I punto 2.3 Reglamentario de la Ley Nacional tos en los considerandos.
DECRETO Nº 611
N 22.251.
ARTÍCULO 2 - La institución que solicitó la adscripción de la agente de referencia deberá enviar dentro de los primeros cinco 5
días de cada mes a la Dirección General de Administración Financiera, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, la real prestación de servicios del mes anterior;
teniendo en cuenta que la no presentación en tiempo y forma de la información requerida, dará lugar a la suspensión del pago de los haberes.
ARTICULO 3 - Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
RIOS
Rubén A. BAHNTJE
DECRETO Nº 613
15-03-10
ARTÍCULO 1 - Exceptuar de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Provincial N 1276/04, la
adscripción de la agente María Alejandra GARCIA, categoría 19
P. A. y T., legajo N 14481714/00.
ARTÍCULO 2 - Adscribir al Instituto Provincial Autárquico Unificado de Seguridad Social, a la agente María Alejandra GARCIA, categoría 19 P. A. y T., legajo N
14481714/00, a partir del día treinta y uno 31 de marzo de 2010, y por el término de trescientos sesenta cinco 365 días, en virtud de lo establecido en el Decreto Nacional N 2058/85, anexo I, punto 2.3 Reglamentario de la Ley Nacional N 22.251.
ARTÍCULO 3 - la institución que solicitó la adscripción de la agente de referencia deberá enviar dentro de los primeros cinco 5 días de cada mes a la Dirección General de Administración Financiera, dependiente del Ministerio de Salud, la real prestación de servicios del mes anterior, teniendo en cuenta que la no presentación en tiempo y forma de la información requerida, dará lugar a la suspensión del pago
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"