Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 10/11/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 4

BOLETIN OFICIAL Nº 10.426

Federal, Inversión Pública y Servicios, la Subsecretaría de Obras Públicas de Nación y la Provincia de La Rioja, y, Considerando:
Que a través de dicho convenio se acuerda otorgar a la Provincia de La Rioja, la suma de Pesos Cuarenta Millones $
40.000.000,00, aproximadamente, para la ejecución de los proyectos presentados en el marco del Plan de Mejoramiento de la Infraestructura Escolar Provincial, y obrantes en Expte.
Nº S01 0064319/2006 del Registro del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
Que la Provincia asume la responsabilidad de desarrollar las acciones técnicas y administrativas que incluye, desde la elaboración del proyecto, el cómputo, el presupuesto y toda otra documentación necesaria para la realización de la obra, como así también la ejecución de los trabajos y su administración, siendo la responsable exclusiva de todos lo efectos resultantes del mismo.
Que, por su parte, la Provincia destinará recursos presupuestarios propios para reforzar el Plan de Mejoramiento de la Infraestructura Escolar Provincial.
Que, dado que la actividad escolar se desarrolla entre los meses de marzo a diciembre de cada año, se torna difícil o imposible la ejecución de las mismas durante dicho período, razón por la cual se debe prever la concreción de los trabajos en el transcurso del receso escolar.
Que, atento la especificidad de las obras a ejecutar, resulta necesario la utilización de un procedimiento que garantice la participación de los oferentes en un pie de igualdad pero que, a su vez, salvaguarde el marco de legalidad previsto en la legislación aplicable en la materia.
Que, en este sentido, es propósito de esta Función Ejecutiva autorizar a la Administración Provincial de Obras Públicas hacer uso de las normas de excepción y modalidad contenidas en los Artículos 14º - inc. c y 15º del Decreto-Ley Nº 21.323/63- Ley de Obras Públicas.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 123º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º- Autorízase a la Administración Provincial de Obras Públicas hacer uso de la norma de excepción y modalidad establecidas en los Artículos 14º - inc. c y 15º del Decreto-Ley Nº 21.323/63, para la contratación de las obras incluidas en el Plan de Mejoramiento de la Infraestructura Escolar con financiamiento de la Nación y de la Provincia.
Artículo 2º- Establécese que el procedimiento excepcional mencionado en el artículo anterior, será de aplicación a las obras cuyo presupuesto oficial base no superen los Pesos Quinientos Mil $ 500.000,00.
Artículo 3º- La Administración Provincial de Obras Públicas limitará el procedimiento excepcional de contratación hasta el mes de marzo de 2008 y al financiamiento previsto en el marco del Convenio Marco suscripto entre la Secretaría de Obras Públicas y la Subsecretaría de Obras Públicas de la Nación la Provincia de La Rioja y al que destine el Presupuesto Provincial al Plan de Mejoramiento de la Infraestructura Escolar.
Artículo 4º- A efectos de no entorpecer el normal desenvolvimiento de la actividad áulica, la Administración Provincial de Obras Públicas deberá prever, en lo posible, la ejecución de los trabajos previstos en el Plan de Mejoramiento de la Infraestructura Escolar en el transcurso del receso escolar.

Viernes 10 de noviembre de 2006

Artículo 5º- El presente decreto será refrendado en Acuerdo General de Ministros de conformidad con lo establecido por el Artículo 14 -in finedel Decreto-Ley Nº 21.323/63.
Artículo 6º- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. - Buso, A.E., M.S. - Bengolea, J.D., M.I.C. y E. - Paredes Urquiza, A.N., M.G.y D.H. - Calderón, F.A., M.E. - Catalán, R.C., S.G. y L.G.

DECRETO Nº 1.380
La Rioja, 06 de setiembre de 2006
Visto: los autos Expediente Código A1 Nº 019954/06, caratulado: Sr. Simeón Lucas Zalazar - Articula Recurso Jerárquico en contra de la Resolución Nº 502/04; y, Considerando:
Que el Dictamen de Asesoría General de Gobierno Nº 332/06 de fs. 85/86 desde el punto de vista formal, conforme surge del cargo de recepción impuesto al escrito que corre agregado a fs. 11/17 y de acuerdo a la fecha de notificación del acto administrativo impugnado, el recurso es formalmente procedente.
Que en cuanto a la procedencia sustancial, se debe precisar que el recurrente centra el fundamento del recurso, en el agravio que le ocasiona la supuesta falta de pago de los haberes retroactivos, en la que habría incurrido el ex IPSAS, luego de que le fuera reconocido el derecho a la pensión derivada por el fallecimiento de su hermana. Expresa el recurrente en esta nueva instancia, que el Estado le adeuda haberes previsionales, retroactivos por el período comprendido desde marzo de 1994 hasta el mes de marzo de 1996, pero es del caso señalar que conforme surge de las constancias obrantes en autos, el interesado no efectivizó su reclamo, sino hasta el 30/02/2004, fecha en la que solicitó a las autoridades de ANSES-UDAI La Rioja, el desarchivo del expediente previsional.
Que cabe puntualizar que el período de inactividad por parte del interesado, ha quedado demostrado en autos, no aportando en esta instancia revisora elementos de convicción que permitan modificar el criterio adoptado por la Administración en los decisorios emanados de los organismos inferiores en consecuencia, toda que vez que no se acreditan en forma fehaciente nuevos elementos que permitan modificar el acto administrativo atacado, resulta ajustado a derecho rechazar el reclamo planteado por el Sr. Simeón Lucas Zalazar, por cuanto ha transcurrido ampliamente el plazo de prescripción previsto por la Ley Previsional - Ley Nº 5.451 Artículo 69º y conc.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º- Acéptase formalmente procedente el Recurso Jerárquico interpuesto por el Sr. Simeón Lucas Zalazar, D.N.I. Nº 6.722.08 en contra de la Resolución M.H. y O.P. Nº 196/2006 emanada del Ministerio de Hacienda y Obras

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 10/11/2006

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data10/11/2006

Conteggio pagine18

Numero di edizioni2483

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione19/07/2024

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