Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 5/4/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

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BOLETIN OFICIAL
LEYES

Martes 05 de abril de 2005

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.

LEY N 7.765
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Dispónese la incorporación de la obra Tres Perforaciones en Villa Sanagasta, departamento Sanagasta, en el Plan de Obras Públicas de la Administración Provincial del Agua.
Artículo 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán tomados de los fondos destinados a la Emergencia Hídrica.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 119 Período Legislativo, a once días del mes de noviembre del año dos mil cuatro. Proyecto presentado por el diputado Pedro José Páez.
Dr. Luis Beder Herrera - Presidente Cámara de Diputados
Raúl Eduardo Romero - Secretario Legislativo DECRETO N 1.501
La Rioja, 22 de noviembre de 2004
Visto: el Expediente Código A N 0151-0/04, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto de la Ley N 7.765, y Considerando:
Que, con fecha 11 de noviembre, se sanciona la Ley N
7.765, mediante la cual se dispone la incorporación de la obra Tres Perforaciones en Villa Sanagasta, departamento Sanagasta en el Plan de Obras Públicas de la Administración Provincial del Agua.
Que la oportunidad que la Constitución ha conferido a los legisladores para intervenir en la determinación de las obras en las que el Estado Provincial invertirá sus fondos, es la aprobación del presupuesto, el cual incluye el plan de obras de las distintas Reparticiones públicas.
Que, asimismo, la Constitución Provincial en su Artículo 73 establece con claridad meridiana cuándo leyes especiales como la presente, autorizan gastos que no se encuentren incorporados en el presupuesto se considerarán derogadas, no pudiendo tener aplicación efectiva.
Que más allá de lo manifestado por las áreas intervinientes, la Asesoría General de Gobierno señala que se puede proceder a la promulgación del texto legal, pero no ha de tener aplicación efectiva hasta tanto las obras sean incluidas en el presupuesto anual provincial.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, y EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 7.765, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 11 de noviembre de 2004, en base a los considerandos del presente acto administrativo.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Agricultura y Recursos Naturales.

Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. Gutiérrez, C.A., S.A. y R.N.
DECRETOS AÑO 2004
DECRETO N 1.321
La Rioja, 14 de octubre de 2004
Visto: la Nota del señor Director General de Presupuesto, mediante la cual gestiona la Incorporación de Recursos al Presupuesto Provincial Ley Nº 7.599, provenientes del Estado Nacional, por la suma de $ 228.000; y,Considerando:
Que dichos recursos se asignan en concepto de Aportes del Tesoro Nacional provenientes del Ministerio del Interior de la Nación, mediante Resolución de dicha Jurisdicción Nacional Nº 664 de fecha 05 de octubre de 2.004, para ser afectados a desequilibrios financieros de la Provincia.
Que mediante Nota T.G.P. Nº 204/04, la Tesorería General de la Provincia informa a la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas que en la fecha 08-10-04, se han depositado en la cuenta corriente 101000.002/04 Gobierno de La Rioja, Fondo Presupuestario y Otros, la suma de $ 228.000,00.
Que la remisión de tales recursos fueron gestionados con la finalidad de cubrir los gastos que demande el Plan de Seguridad Ciudadana en el Ministerio de Gobierno y Derechos Humanos
S.A.F. Nº 250- por lo que corresponde la asignación presupuestaria de los créditos consecuentemente con ello.
Que a su vez mediante Nota T.G.P. de fecha 08-10-04, la Tesorería General de la Provincia informa a la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas que en la fecha 26-06-2004, ha ingresado en la cuenta corriente Nº 10100.002/04 Gobierno de La Rioja, Fondos Presupuestarios y Otros, la suma de $ 1.079.045,50.
Que de la información suministrada por la Unidad Ejecutora Municipal U.E.M. programa 36 S.A.F. Nº 145Subsecretaría de Asuntos Municipales tales recursos corresponden al recupero desde los Municipios por el Préstamo BIRF Nº 3.860 en el marco del Programa de Desarrollo Municipal II PDM IIautorizado por la Ley Nº 6.140, el cual continúa en ejecución en el presente ejercicio.
Que la amortización de la deuda de dicho préstamo está presupuestado actualmente por el S.A.F. 900 Servicio de la Deuda Pública y Recupero de Créditoscuya cancelación se realiza automáticamente por deducción de las transferencias desde el Estado Nacional por los aportes de Coparticipación Federal de Impuestos que corresponden a la provincia de La Rioja.
Que por tales razones, es propósito de esta Función Ejecutiva Provincial otorgar los créditos presupuestarios para regularizar registros al S.A.F. Nº 900 Servicio de la Deuda Pública y Recupero de Créditos, por la suma de $ 1.097.045,50.
Que a su vez la Dirección General de Ingresos Provinciales D.G.I.P. informa a la Secretaría de Hacienda que la recaudación obtenida entre los meses de enero y setiembre del presente ejercicio financiero asciende a la suma de $ 31.573.365,00.
Que el presupuesto del presente ejercicio tiene integrados tales recursos en igual período por la suma de $ 27.893.484,59, correspondiendo incorporar la diferencia resultante de $
3.679.880,42.
Que la Secretaría de Hacienda, previo análisis de la proyección de recursos provenientes del Estado Nacional, ha dispuesto integrar una estimación de tales ingresos por encima de lo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 5/4/2005

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data05/04/2005

Conteggio pagine14

Numero di edizioni2476

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione18/06/2024

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