Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 17/4/2001

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 17 de abril de 2001

BOLETIN OFICIAL

Pág. 23

EDICTOS DE MINAS

Edicto de Cantera
Edicto de Manifestación de Descubrimiento
Titular: Talamuyuna S.R.L." - Expte. N 12
Letra TAño 2000. Denominado: Talamuyuna I.
Departamento: Capital de esta provincia. Departamento de Catastro Minero: La Rioja, 30 de marzo de 2000.
Señora Directora: Este Departamento procedió a graficar la Delimitación del Area de acuerdo a las coordenadas aportadas por el titular; quedando la misma ubicada en zona libre con una superficie de 29 ha 3.710,10 m2
fuera del área no concesible para extracciones de áridos y demás sustancias de la tercera categoría, en el departamento Capital de esta provincia.
La graficación definitiva del presente pedimento estará sujeta a lo estipulado en el Artículo 353 del Código de Minería. Dirección General de Minería, La Rioja, 11 de setiembre de 2000.- Visto: y Considerando: El Director General de Minería - Resuelve: Artículo 1
Regístrese en el protocolo respectivo la presente solicitud de Cantera formulada por la Razón Social "Talamuyuna S.A de mineral de áridos de la tercera categoría, ubicada en el departamento Capital de esta provincia, de conformidad a lo establecido por el Artículo 6 de la Ley N 4845/86. 2 Publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Provincia por tres 3
veces en el espacio de quince 15 días, y en un diario o periódico de circulación en la provincia, y fíjese cartel aviso en la cabecera del Departamento de ubicación del yacimiento, en Receptoría de Rentas y Destacamento Policial, emplazando a quienes se consideren con derechos a deducir oposición por el término de sesenta 60 días a partir de la última publicación. 3 La publicación de los edictos mencionados deberá ser acreditada por el interesado dentro de los cinco 5 días a partir del día siguiente al de su notificación, con la presentación del recibo expedido por el Boletín Oficial y, cumplida la misma, deberá presentar el primer y último ejemplar del Boletín Oficial y diario, bajo apercibimiento de Ley. 4 De forma Fdo. Dra. María Mercedes Ortiz - Directora Gral. de Minería. Ante mí:
Luis Héctor Parco - Escribano de Minas.

Titular: Rome Resources S.A." - Expte. N 83
Letra RAño 1998. Denominado: Carmelita 24.
Distrito: Chepes - Departamento: Rosario V. Peñaloza.
Departamento de Catastro Minero: La Rioja, 03 de noviembre de 2000. Señora Directora: este Departamento informa que la presente solicitud de manifestación de descubrimiento ha sido graficada en el departamento Rosario V. Peñaloza, con una superficie libre de 3.515 ha 0585.93 m2, comprendida entre las siguientes coordenadas:
Y=3443576.840
X=6553434.300;
Y=3446778.910
X=6552811.880;
Y=3444716.990
X=6542235.220; Y=3441514.920 X=6542857.640. Fdo.
Ing. Gómez, Wualter a/c. Catastro Minero. Dirección General de Minería, La Rioja, 27 de febrero de 2001.Visto: y Considerando: El Director General de Minería - Resuelve: Artículo 1 Regístrese en el protocolo respectivo la presente solicitud de manifestación de descubrimiento, publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Provincia por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días y fíjese cartel aviso en la pizarra de esta Dirección, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 53
del Código de Minería, llamando por el término de sesenta 60 días a quienes se consideren con derechos a deducir oposiciones Art. 69 del citado Código. Artículo 2
Inclúyase este registro en el Padrón Minero con la constancia de la exención del pago del canon minero por el término de tres años, conforme lo establece el Artículo 224 del Código de Minería. Artículo 3 La publicación de los edictos referenciada en el punto precedente debe ser acreditada por el solicitante dentro de los quince 15 días Art.76 - Decreto-Ley N 3620/58 siguientes al de su notificación, con la presentación del recibo expedido por el Boletín Oficial y, cumplida la misma, deberá presentar los ejemplares del Boletín con la primera y última publicación, bajo apercibimiento. Artículo 4 El término de cien 100 días que prescribe el Art. 68 del Código de Minería para la ejecución de la Labor Legal comenzará a correr desde el día siguiente al de su registro, debiendo dentro de dicho plazo solicitar, asimismo, la pertenencia que le corresponda, de acuerdo a lo establecido por el Art.
67 y conc. del citado Código, con las constancias de que la Labor Legal deberá encuadrarse dentro de las exigencias de la Resolución D.P.M. N 2/85, debiendo presentar los análisis de muestras, Art. 46 del Código de Minería.
Artículo 5 Notifíquese Artículo 6 De forma Fdo.
Dra. María Mercedes Ortiz - Directora Gral. de Minería.
Ante mí: Luis Héctor Parco - Escribano de Minas.

Dr. Luis Héctor Parco Escribano de Minas Dcción. Gral. de Minería N 01022 - $130,00 - 10, 17 y 24/04/2001

FE DE ERRATA
Dr. Luis Héctor Parco Escribano de Minas Dcción. Gral. de Minería
N 00998 - $ 200,00 - 03, 10 y 17/04/2001

En la edición del día 10/04/01 - Boletín Oficial N
9.857 - se ha consignado erróneamente la fecha del DECRETO N 1.280 - Promulgatorio de la Ley N
7.043 Pág. N 3. De esta manera, en lugar de: La Rioja, 26 de diciembre de 2001, debe decir: "La Rioja, 26 de diciembre de 2000"

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 17/4/2001

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data17/04/2001

Conteggio pagine21

Numero di edizioni2476

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione18/06/2024

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