Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 10/4/2001

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 4

BOLETIN OFICIAL

Martes 10 de abril de 2001

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y, oportunamente, archívese.

Artículo 3.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Fdo.: Maza, A.E., Gdor. Herrera, L.B., M.C.G. Cayol, R.E., M.H. y O.P.

Fdo.: Maza, A.E., Gdor. Cayol, R.E., M.H. y O.P. R.A. Guerra, S. de H.

DECRETOS AÑO 2000
LEY N 7.063
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO N 1194
La Rioja, 01 de diciembre de 2000

L

E

Y :

Artículo 1º.- Autorízase al Director de Aguas de La Rioja S.A., designado por la Función Ejecutiva, a contratar en forma directa la continuidad del Gerenciamiento de dicha empresa con el actual Gerenciador por hasta un plazo de un 1 año a partir del 31 de diciembre de 2000.Artículo 2º.- El Concesionario deberá en un plazo de sesenta 60 días comenzar a instalar medidores en las ciudades de Chamical y Chilecito, prioritariamente, así como los consumos oficiales provinciales y municipales de las localidades mencionadas y el Departamento Capital.Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en la Rioja, 115 Período Legislativo, a veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil.
Proyecto presentado por el Bloque Justicialista.-

Rolando Rocier Busto - Vicepresidente 1 - Cámara de Diputados e/e de la Presidencia Raúl Eduardo Romero - Secretario Legislativo.

DECRETO N 022
La Rioja, 06 de enero de 2001
Visto: el Expediente Código G1 N 0000-5-4/01
mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto de la Ley N 7.063, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 7.063, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 21 de diciembre de 2000.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda..

Visto: el Expte. B7-0161-0-00, caratulado:
Administradora Provincial de Tierras Prof. Griselda Herrera, solicita Escrituración Barrio San Vicente, Nonogasta, Departamento Chilecito-La Rioja, y;
Considerando:
Que la Administradora Provincial de Tierras, solicita Escrituración B San Vicente, Nonogasta, Departamento Chilecito-La Rioja, habiéndose abocado al tema y luego de un exhaustivo análisis de la cuestión surge que debe regularizarse la situación planteada por familias cuyos hogares fueron asentados en el lugar.
Que con el dictado de la Ley de Ministerios 6846, Art. 38 es competencia de la Administración Provincial de Tierras ejecutar las políticas relacionadas al tema.
Que por Ley N 2871 se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble ubicado en los B El Infiernillo y El Puquial de la localidad de Nonogasta Dpto. Chilecito.
Que por Decreto N 26141 de fecha 11 de febrero de 1965, se procedió a efectivizar la expropiación.
Que por Decreto N 26272 de fecha 23 de febrero de 1965, se transfiere en donación a las personas indicadas los lotes resultantes del parcelamiento que por mensura se realizará.
Que se inscribió en el Registro de la Propiedad Inmueble el dominio a nombre de Estado Provincial bajo el dominio N 253, folio 702, con fecha 26 de marzo de 1973.
Que la Dirección General de Catastro confeccionó Plano de Loteo, anotado en el R.G.P.I. N 40 P.E., el 13 de abril de 1973 por Escribanía Gral. de Gobierno se confeccionaron escrituras traslativas de dominio.
Que la Delegación Catastro de Chilecito envió los antecedentes catastrales allí existentes.
Que de todos los antecedentes surge que no se adjudicaron la totalidad de los lotes, que en otros casos fueron transferidos, sin las formalidades correspondientes, debiéndose regularizar la situación de hecho existente.
Que se trata de familias de escasos recursos que se arraigaron en su tierra natal.
Que es propósito de este Gobierno solucionar el problema de una manera digna y decorosa en beneficio de los más necesitados.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 10/4/2001

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data10/04/2001

Conteggio pagine17

Numero di edizioni2476

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione18/06/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Abril 2001>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930