Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/05/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 07 de mayo de 2021

presente acción en tanto que la misma no causa gravamen a quien fuera imputado de autos, cúmplase con la notificación a César Domingo Ruiz Diaz, mediante publicación de la misma en Boletín Oficial. A tal fín líbrese oficio Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez.
POR 1 DÍA - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 de Quilmes, Dra. Sandra Claudia Martucci, me dirijo a Ud. en causa Nº 5007, seguida a ESTEBÁN DARÍO CRISTALDO por el delito de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego de Uso Civil en Concurso Real con Encubrimiento, a fin de peticionarle tenga a bien publicar la siguiente resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente: dad de Quilmes, 03 de marzo de 2021 autos y vistos: Y
considerando: Resuelvo: I.- Declarar extinguida la presente acción penal en la presente causa N 5007 respecto de Estebán Darío Cristaldo, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 76 ter., cuarto párrafo del C.P., II.- Sobreseer total y definitivamente a Estebán Darío Cristaldo, quien acredita identidad con DNI N 20.879.994 el cual exhibe y retiene para si, nacido el día 08 de noviembre de 1969 en Avellaneda, hijo de Darío Marcelino Cristaldo y María Lourdes Gómez, con domicilio en calle Cazón N 949 de Monte Chingolo, de Lanús, en orden al delito de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego de Uso Civil en Concurso Real con Encubrimiento, hecho que fuera imputado como ocurrido el día 09 de septiembre de 2018
en la localidad y partido de Quilmes. III.- Decomisar el efecto secuestrado en autos, consistente en un 1 revólver calibre 22, marca Pasper, modelo Bagual, registrado en la Oficina de Efectos Deptal. bajo el N 348592. A tal fín, líbrese oficio al órgano de mención. Regístrese, notifíquese a las partes electrónicamente y al imputado. Firme que sea, cúmplase con la comunicaciones de ley y con lo ordenado en el punto III. Fecho, resérvese en Secretaría hasta tanto sea asignado un espacio físico en la Oficina del Archivo Deptal Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez. dad de Quilmes, 03 de mayo de 2021. A fin de no dilatar más el libramiento de las comunicaciones de la resolución que extingue la presente acción en tanto que la misma no causa gravamen a quien fuera imputado de autos, cúmplase con la notificación a Estebán Darío Cristaldo mediante publicación de la misma en Boletín Oficial. A tal fín líbrese oficio Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez.POR 1 DÍA - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 de Quilmes, Dra. Sandra Claudia Martucci, me dirijo a Ud. en causa Nº C-163, seguida a RICARDO OSCAR IBARRA por la Infracción a la Ley 13.081, a fin de peticionarle tenga a bien publicar la siguiente resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente: dad de Quilmes, 4 de mayo de 2021. Autos vistos: Y Considerando: Resuelvo: I.- Declarar la extinción de la acción penal por prescripción de la presente causa N C-163 seguida a Ricardo Oscar Ibarra, por la presunta Infracción a la Ley 13.081, de conformidad con lo normado por los Arts. 3, 33, 34 del Decreto Ley 8031-73 y Art. 67 inc. 2 del C.P. de aplicación supletoria. II.- Levantar la Averiguación de Paradero del Sr. Ricardo Oscar Ibarra. A tal fin, líbrese planilla. Regístrese, notifíquese electrónicamente a las partes. A fin de no dilatar más el presente proceso, notifíquese al Sr. Ricardo Oscar Ibarra, por medio del Boletín Oficial, librándose oficio a tal fin. Fecho, comuníquese y archívese Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez.POR 1 DÍA - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 de Quilmes, Dra. Sandra Claudia Martucci, me dirijo a Ud. en causa Nº 5451, seguida a JUAN CARLOS SOSA por el delito de Encubrimiento, a fin de peticionarle tenga a bien publicar la siguiente resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente: dad de Quilmes, 06 de abril de 2021. Autos y vistos: y considerando: Resuelvo: I.- Declarar extinguida la presente acción penal en la presente causa N 5451 respecto de Juan Carlos Sosa, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 76 ter., cuarto párrafo del C.P., II.- Sobreseer total y definitivamente a Juan Carlos Sosa, titular del DNI N 50.129.158, de nacionalidad argentina, nacido el día 7 de agosto de 1999 en San Francisco Solano, del partido de Quilmes, hijo de Juan Carlos y de Jesica Mabel Gasparini, con domicilio en calle 399 bis y Rodolfo López N 751 de Quilmes, en orden al delito de Encubrimiento, hecho que fuera imputado como ocurrido entre los días 23 de mayo de 2019 y 2 de agosto de 2019 de Quilmes, Regístrese, notifíquese electrónicamente a las partes y al imputado. Firme que sea, cúmplase con las comunicaciones de ley y archívese Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez. dad de Quilmes, 04 de mayo de 2021. A fin de no dilatar más el libramiento de las comunicaciones de la resolución que extingue la presente acción en tanto que la misma no causa gravamen a quien fuera imputado de autos, cúmplase con la notificación a Juan Carlos Sosa mediante publicación de la misma en Boletín Oficial. A tal fín líbrese oficio Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez.POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 5 de Quilmes, sito en Alvear 838 de Quilmes, en autos Contreras Cintia Verónica c/Regalate & Regalame S.R.L. y Otros s/Despido, Expte. 10.155, notifica a REGALATE & REGALAME S.R.L. la sentencia, liquidación y regulación de honorarios que a continuación se transcriben: Quilmes, 24 de agosto de 2017.- Autos Y Vistos:
Considerando: Lo resuelto en el Acuerdo que antecede, el Tribunal del Trabajo N 5 de Quilmes, por mayoría Resuelve: 1
Hacer lugar a la demanda instaurada en autos y, en su consecuencia, condenar a Regalate & Regalame S.R.L., Carlos Alberto González y Cynthia Karina Chamoles a abonar a la Sra. Cintia Verónica Contreras, dentro de los diez días y mediante depósito judicial Art. 277 de la L.C.T. - .o. 1976-, la suma de Pesos Doscientos Treinta y Cuatro Mil Cuatrocientos Nueve con Cuatro Centavos $234.409,04, en concepto de: a dif. 1 y 2 sac. 2010 $1.099,06 Arts. 39 Ley 11.653, 55 y 138 L.C.T., b sueldo diciembre 2010 $2.375,10 Arts. 138 L.C.T., c días enero 2011 $158,34 Arts. 138
L.C.T., d vacaciones no gozadas 2010 $1.440,88 Arts. 150, 151, 152, 154, 155 y 156 L.C.T., e integración mes de despido $2.401,49 Artículo 233 L.C.T., f indemnización sust. preaviso $2.573,02 Arts. 231 y 232 de la L.C.T., g indemnización por antigedad $5.146,04 Art. 245 L.C.T., h Art. 1 Ley 25.323 $5.146,04, i Art. 2 Ley 25.323 $5.060,27, j indemnización Art. 45 Ley 25.345 $7.125,30 y k sanción Art. 132 bis L.C.T. $201.883,50; 2 En el mismo plazo deberá la parte demandada acompañar los certificados de trabajo y aportes previsionales bajo apercibimiento de astreintes, por cada día de retardo Arts. 509, 666 bis y cc. del Código Civil; 3 Rechazar el planteo de inconstitucionalidad de la Ley 25.561
impetrado por la parte actora, conforme detalle del pronunciamiento; 4 Declarar abstracto el abordamiento del planteo de solidaridad demandados Carlos Alberto González y Cynthia Karina Chamoles efectuado por la parte actora, conforme detalle del pronunciamiento; 5 A la suma de condena se le aplicará intereses, conforme la tasa que fija el Banco Provincia en sus operaciones de depósito a treinta días, cuando la operatoria se realiza por medio del sistema home banking, denominada en la página de la SCBA, Tasa Pasiva-Plazo Fijo Digital a 30 días, desde el 03/01/11, o simplemente la pasiva, para aquellos períodos donde no se encontrare prevista la digital. Para el supuesto de incumplimiento en término del pago de capital de condena e intereses que liquidará la actuaria, a la tasa de interés antes indicada tasa pasiva digital, se le adicionará un incremento del 100% de dicha tasa Arts. 137, 149 L.C.T.; 768 C.C.C.R.A.; 6 Imponer las costas a
SECCIÓN JUDICIAL > página 21

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/05/2021 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data07/05/2021

Conteggio pagine63

Numero di edizioni3380

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione08/07/2024

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