Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/01/2016 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, VIERNES 15 DE ENERO DE 2016

efectos de poner en su conocimiento que en la causa en que me dirijo, con fecha 4/6/2015 el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 del Depto. Judicial de Pergamino ha dictado sentencia contra HUGO RAFAEL FAZIO, cuyos datos personales son: argentino, instruido, nacido el 12/9/1967 en Avellaneda, Pcia. Bs. As., DNI 18.504.404, hijo de Rafael Francisco Fazio y de María Virginia Cufré, y actualmente alojado en la UP Nº 13 de Junín B; condenándolo a la pena única de ocho años y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo, accesorias legales y costas, por la comisión de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y la convivencia, en concurso real con promoción de la prostitución en los términos del Arts. 119, 3º párrafo, Incs. B y F, Art. 126 y 55 del CP; y por la comisión del delito de Tenencia simple de estupefacientes Art. 14, 1º párr. Ley 23.737; venciendo la pena única impuesta de acuerdo al cómputo efectuado por el órgano de origen, el día 10 de abril del año 2021. La presente comunicación se cursa de acuerdo a lo nombrado en el Art. 507 del Código de Procedimiento Penal. Dr.
Silvio Mario Galdeano, Secretario. Junín, 23 de octubre de 2015.
C.C. 365


Nº 1 del Departamento Judicial Junín con competencia en el Departamento Judicial de Pergamino, por Disposición Superior, Secretaría a mi cargo, en el marco de la causa Nº JN-11059 caratulada Rodríguez, José Luis s/ Pena a cumplir -JC-735/2015 Toc, a los efectos de poner en su conocimiento que con fecha 21/9/2015, el Excmo.
Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 del Departamento Judicial de Junín resolvió, condenar a JOSÉ LUIS
RODRÍGUEZ, cuyos datos personales son: argentino, nacido el 13/4/1957 en Rojas, Pcia. de Bs. As., hijo de Victoriano y de Analía Ester Silva, poseedor de D.N.I. Nº 13.051.818, a la Pena de Cinco años de prisión de cumplimiento efectivo y multa de $ 1500, en virtud de resultar autor penal mente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, reiterada en dos oportunidades, ambos en concurso real Arts. 5
Ley 23.737 y Arts. 12, 29 Inc. 3º, 55 del CP. Vence la pena impuesta de acuerdo al cómputo efectuado por el órgano de origen, el día 13/2/2019. La presente comunicación se cursa de acuerdo a lo normado en el Art. 507 del código de Procedimiento Penal. Dr. Martín Miguel Bevilacqua, Secretario. Junín, 26 de noviembre de 2015.
C.C. 368


POR 1 DÍA - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Claudia Beatríz Dana a cargo por Disposición Superior del Juzgado de Ejecución de Junín B, Secretaría Única a mi cargo, en la Causa Nº JN-11029 caratulada MELÍN
HÉCTOR DAVID s/ Pena a cumplir, DNI. Nº 37.672.220, de nacionalidad argentina, nacido en Los Toldos b el día 29/03/1993, hijo de Nora María Leticia Melín, a los efectos de poner en su conocimiento que con fecha 01/09/2015 el titular del Juzgado Correccional Nº 1 Departamental ha dictado sentencia contra el nombrado: I Condenándolo a la pena de un mes de prisión de efectivo cumplimiento, en virtud de resultar autor penalmente responsable del delito de lesiones leves, por hecho ocurrido en la ciudad de Los Toldos el día 19 de mayo de 2013, y que diera formación a la presente causa Nº 326/2015 -IPP Nº 3609/13-. Arts.
5, 29 Inc. 3º y 89 del Código Penal, y Arts. 530 s.s. y c.c., 375 y 399 del Código de Procedimiento Penal. II
Condenándolo a la pena única de tres años, seis meses y quince días de prisión de cumplimiento efectivo, accesorias legales y costas del proceso, comprensiva en la recaída en la Causa Nº 326/2015, seguida al nombrado por el delito de Lesiones Leves y la dictada en la Causa Nº 128/2015 del Juzgado Correccional Nº 3 Departamental, seguida al nombrado Melín por los delitos de Atentado contra la Autoridad Agravado, Lesiones Leves y Daño Agravado, por hechos ocurridos en fecha 31/01/2015.
Vence la pena impuesta de acuerdo al cómputo efectuado, el día 24 del mes de agosto del año 2017. La presente comunicación se cursa de acuerdo a lo normado en el Art.
507 del Código de Procedimiento Penal. Dr. Martín Miguel Bevilacqua, Secretario. Junín, 17 de noviembre de 2015.
C.C. 366


POR 5 DÍAS - En relación al Incidente Nº 79, Caratulado Quiroz José Carlos s/ Tenencia de arma de guerra sin la debida autorización legal, del registro de este Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento Judicial de Moreno - General Rodríguez, sito en la Avda.
Bartolomé Mitre 1480 de esta localidad, a cargo del Dr.
Gabriel Alberto Castro, a los fines de solicitarle arbitre los medios necesarios para que se publique en el Boletín Oficial el edicto que a continuación se transcribe: El Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento Judicial de Moreno - General Rodríguez, a cargo del Dr. Gabriel Alberto Castro, Secretaría Única a cargo del Dr. Javier Ulrich, sito en la Avda. Bartolomé Mitre 1480, Moreno, Provincia de Buenos Aires, en autos caratulados Quiroz José Carlos s/ Tenencia de arma de guerra sin la debida autorización legalcausa Nº 79, IPP 09-02-008184-12/00
de la UFI Nº 7 Departamental que tramitan ante esta Judicatura, notifica al Sr. QUIROZ JOSÉ CARLOS, titular del DNI Nº 36.176.671, de la resolución dictada en el día de la fecha, que en parte se transcribe y reza Moreno de diciembre de 2015. Por recibido, y de acuerdo a lo expuesto en el informe que antecede, cítese al encartado Quiroz a los efectos de que de las explicaciones del caso ante este Juzgado de Garantías, y a esos fines, líbrese cédula de notificación al domicilio constituido y edicto al Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y al Diario local de la ciudad de Chivilcoy, a los fines de notificar al encartado Quiroz de la presente resolución, así como también citar al mismo a presentarse ante estos Estrados en el plazo de diez 10 días, ello bajo apercibimiento de declararlo en rebeldía Conf. Art. 129 del CPPBA. Javier Ulrich, Secretario. Moreno, 3 de diciembre de 2015.
C.C. 369 / ene. 15 v. ene. 21


POR 1 DÍA - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Claudia Beatriz Dana a cargo por disposición superior del Juzgado de Ejecución de Junín B, Secretaría Única a mi cargo, en la Causa Nº JN-11064 caratulada Barroso Luis Humberto s/ Pena a cumplir, DNI. Nº DNI 23.081.728, argentino, nacido en San Rafael Mendoza el día 04/11/1972, hijo de Luis Humberto y de Valentina Zabala, a los efectos de poner en su conocimiento que con fecha 21 de octubre del año 2014 el Excmo. Tribunal Oral Criminal Nº 1 Deptal. Junín integrado por los Dres. Karina Lorena Piegari, Esteban Melilli y Miguel Ángel Villaseca ha dictado sentencia contra el nombrado LUIS HUMBERTO
BARROSO, Condenándolo a la pena de ocho 8 años de prisión, Inhabilitación absoluta por el mismo término de la condena y costas en virtud de resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido contra dos menores de dieciocho años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente con las mismas, reiterados, en concurso real por hechos cometidos en la localidad de Ferré. partido de General Arenales b. Vence la pena impuesta de acuerdo al cómputo efectuado el día 7 del mes de julio del año 2021. La presente comunicación se cursa de acuerdo a lo normado en el Art. 507 del Código de Procedimiento Penal. Dr. Martín Miguel Bevilacqua, Secretario. Junín, 2 de diciembre de 2015.
C.C. 367


POR 1 DÍA - Por disposición de la Señora Juez, Dra.
Claudia Beatriz Dana, a cargo del Juzgado de Ejecución
POR 5 DÍAS - En mi Carácter de Titular Interinamente a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Ingeniero Quadri Nº 242 de esta ciudad de Dolores, Secretaría Única, en Causa Nº 672-07, Interno Nº 74 y sus acumuladas Nº 324/08 Int. 180 y Causa Nº 776/09 Int. 473 caratulada: Correa, Jorge Pablo Tentativa de Hurto a: Contino, Oscar Rodolfo y robo simple dos hechos a Pablo Mancini Prop. de la Panadería La Comercial y a Yaquelina Basualdo Arts. 42, 162 y 164 C.P. en Ayacucho, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto por el termino de cinco 5 días a fin de notificar a CORREA JORGE PABLO de la siguiente resolución la que a continuación se transcribe: Dolores, 17 de noviembre de 2015. Autos y Vistos: Habiendo quedado firme y consentida la sentencia de fs. 623/626, practíquese por Secretaría el cómputo de vencimiento de pena y liquidación de costas procesales Art. 500 C.P.P.. Fecho, vuelva a despacho. Proveo por licencia de la titular. Fdo.
Carlos Enrique Colombo-Juez en lo Criminal Nº 1
Departamento Judicial Dolores. señor Juez: Primero:
Informo a V.S. que Correa Jorge Pablo fue condenado por sentencia dictada por este Juzgado con fecha 19 de octubre de 2015, a la pena de cuatro 4 meses de prisión de ejecución condicional y pago de Costas Procesales fs.
623/626, por el delito de robo simple -2 hechos-, la que quedó firme y consentida con fecha doce 12 de noviembre del año 2015. Segundo: Que en consecuencia el plazo contemplado en el artículo 27 párrafo primero del Código Penal de cuatro años, vence el día diecinueve 19 de
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octubre del año dos mil diecinueve 2019. Tercero: Que los plazos contemplados en el artículo 27 párrafo segundo del Código Penal, de ocho y diez años, vencerán el día diecinueve 19 de octubre del Año dos mil veintitres 2023 y el día diecinueve 19 de octubre del año dos mil veinticinco 2025, respectivamente. Cuarto: Asimismo informo que practicada la correspondiente liquidación de gastos y costas, corresponde abonar al obligado al pago Correa Jorge Pablo la suma de pesos ciento cuarenta y tres $ 143, suma que deberá acreditar mediante boleta de depósito Judicial a la orden de este Juzgado en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, caso contrario se decretará la Inhibición General de Bienes conforme lo establecido en el artículo 4 de la Ley 4.552 y Ley Impositiva Provincial vigente. Es cuanto debo informar a V.S. Dolores, 17 de noviembre de 2015. Fdo. Matías Andrés Facio, Auxiliar Letrado Juzgado Correccional Nº 3
Dolores. Dolores, 17 de noviembre de 2015.- Atento el cómputo practicado por el Actuario, apruébase el mismo y notifíquese al Agente Fiscal, a la Defensa Oficial y al imputado librándose el oficio de rigor. Firme el respectivo cómputo de pena y realizadas que sean las comunicaciones de Ley y a los fines de cumplir con lo normado en el Art. 59 Inc. 7 según Ley 14.128 se le hará saber al Agente Fiscal a los fines que estime corresponder. Proveo por Licencia de la titular. Fdo. Carlos Enrique Colombo, Juez en lo Criminal Nº 1 Departamento Judicial Dolores.
Dolores, 22 de diciembre de 2015. Autos y Vistos: Por recibidas las actuaciones provenientes de la Comisaría Distrital de General Pueyrredón, agréguense y téngase presente lo informado respecto al imputado de autos.
Atento que el causante no pudo ser habido en el domicilio fijado en autos, previo a resolver lo que en derecho corresponda, notifíquese por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires conforme lo normado por el artículo 129 del C.P.P., librándose el oficio de rigor. Oportunamente, vuelva a despacho. Proveo por licencia de la Titular. Fdo. María Cristina Tramontini, Juez en lo Correccional Nº 2 Depto.
Judicial Dolores. Dolores, 23 de diciembre de 2015.
C.C. 373 / ene. 15 v. ene. 21


POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 21363 I.P.P. Nº PP-0300-006322-14/00 seguida a LUIS FEGO y otros por el delito de Privación ilegal de la libertad y Robo agravado, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº1, interinamente a cargo del Dr. Christian Gasquet como Juez de Feria, Secretaría Única interinamente a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, correspondiente a la causa Nº 72680 caratulada Fego Luis Daniel s/ Recurso de Casación Art. 417 CPP, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo domicilio se desconoce, del contenido de la sentencia dictada por el Tribunal de Casación Penal el 11 de diciembre de 2015, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: En la ciudad de La Plata, a los 11 días de diciembre de 2015 Sentencia Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede, la Sala Cuarta del Tribunal resuelve: l.-Declarar admisible el recurso de casación incoado por el defensor Particular, Dr. Héctor Aníbal Zamora, en favor de Luis Daniel Fego. II.
Por mayoría, rechazar el mismo por improcedente, sin costas en esta instancia. Arts. 18 y 75 Inc. 22 de la C.N., 148, 186, 405, 431, 530 y 531 del C.P.P. III. Diferir la regulación de honorarios profesionales al letrado interviniente por la labor desplegada en esta Sede, para una vez regulados en la instancia. Arts. 1, 9, 16, 33 y 51 de la Ley 8.904 .Regístrese, notifíquese. Fdo: Carlos Ángel NatielloMario Eduardo KohanRicardo R. Maidana. Ante mí Olivia Otharán, Secretaria - Sala IV Tribunal de Casación Penal Provincia de Buenos Aires. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, de enero de 2016.
Autos y Vistos: Por recibidas las presentes actuaciones, atento a lo ordenado por la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Dptal., surgiendo de la lectura de la Carpeta de Causa Nº 21363, que con fecha 16 de julio de 2015, este Juzgado decretó la rebeldía y captura del imputado Luis Fego, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P.
Proveo como Juez de Feria. Fdo: Dr. Christian GasquetJuez de Feria.- Marcos C. Álvarez, Abogado. Dolores, 5
de enero de 2016.
C.C. 374 / ene. 15 v. ene. 21
POR 5 DÍAS - El señor Titular del Juzgado de Garantías Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Esteban Pablo Baccini, notifica a JORGE

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/01/2016 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data15/01/2016

Conteggio pagine10

Numero di edizioni3379

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione05/07/2024

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