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Suscrito, previa tramitación reglamentaria, el día 10 de julio de 2001,
El Protocolo General de Colaboración entre la Xunta de Galicia, el
Ministerio de Medio Ambiente, la Confederación Hidrográfica del Norte y la
Asociación Gallega de Pizarristas para el desarrollo de actuaciones de
restauración hidrológico-forestal de las áreas afectadas por antiguas
escombreras de pizarra en la Comunidad Autónoma de Galicia, y en cumplimiento
de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros
de 2 de marzo de 1990 ("Boletín Oficial del Estado" del 16), procede la
publicación de dicho Convenio que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, a 27 de noviembre de 2001.-El Secretario de Estado, Pascual
Fernández Martínez.
ANEXO
Protocolo General de Colaboración entre la Xunta de Galicia,
el Ministerio de Medio Ambiente, la Confederación Hidrográfica del
Norte y la Asociación Gallega de Pizarristas para el desarrollo de
actuaciones de restauración hidrológico-forestal de las áreas afectadas por
antiguas escombreras de pizarra en la Comunidad Autónoma de Galicia
En Santiago de Compostela, a 10 de julio de 2001.
REUNIDOS
El excelentísimo señor don Manuel Fraga Iribarne, Presidente de la
Xunta de Galicia, nombrado por Real Decreto 1835/1997, de 4 de diciembre.
El excelentísimo señor don Jaume Matas Palou, Ministro de Medio
Ambiente, nombrado por Real Decreto 561/2000, de 27 de abril, en el
ejercicio de las competencias establecidas en la disposición adicional
decimotercera de la Ley 30/1992, añadida por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
El excelentísimo señor don Ramón Alvarez Maqueda, Presidente de
la Confederación Hidrográfica del Norte, nombrado por Real Decreto
1661/1996, de 5 de julio, en ejercicio de las competencias asignadas al
organismo de cuenca por los artículos 21 y 22 de la Ley de Aguas.
Y don Santiago Vázquez León, Presidente de la Asociación Gallega de
Pizarristas, facultado para este acto por Acuerdo de la Asamblea General
de la Asociación de fecha 29 de junio de 2001.
EXPONEN
En la Comunidad Autónoma de Galicia existen numerosas escombreras
de pizarra, que acumulan un ingente volumen de material, ubicadas
fundamentalmente en las zonas de Valdeorras (Ourense) y Quiroga (Lugo)
y originadas por antiguas industrias de la pizarra.
Estas grandes escombreras tienen un fuerte impacto ambiental, tanto
en lo relativo a la deforestación de grandes superficies con el negativo
efecto inducido de erosiones y arrastres de material como en la afección
a los cauces fluviales y sus inmediaciones, generándose, por todo ello,
una gran incidencia en los ecosistemas de la zona.
El Ministerio de Medio Ambiente ha puesto en marcha un Plan de
Restauración Hidrológico Forestal y de Protección de Enclaves Naturales,
cuyos objetivos pueden aplicarse plenamente al problema que presentan
estas escombreras de pizarra.
Se trataría de conseguir una adecuada rehabilitación de estas zonas,
partiendo de la recuperación de los cauces afectados por las antiguas
escombreras de pizarra, que tuviera en cuenta asimismo la restauración
forestal de las áreas más problemáticas desde el punto de vista de la
erosión y el arrastre de materiales, todo ello en orden a lograr una solución
eficaz desde el punto de vista medioambiental.
La Xunta de Galicia tiene gran interés en participar en este objetivo
de recuperación medioambiental de estos espacios y ha venido
participando plenamente en la gestación y el desarrollo del presente acuerdo.
La Asociación de Pizarristas de Galicia entiende que las Empresas
del sector deben colaborar en esta iniciativa con el Ministerio de Medio
Ambiente y la Xunta de Galicia para lograr una adecuada solución de
restauración ambiental y ofrecer, asimismo, una actividad compatible con
el desarrollo sostenible de las zonas de ubicación de las industrias de
la pizarra.
Para cumplir estos objetivos se considera que el plazo de cinco años
es el mínimo que exige la magnitud y complejidad de las actuaciones,
teniendo en cuenta la necesidad de unos tiempos de maduración técnica
de los proyectos y de su tramitación administrativa, que han de añadirse
a los del proceso de licitación y ejecución de las obras.
Sobre la base de todo lo anterior, todos se reconocen, en la
representación que ostentan, capacidad para suscribir el presente documento,
y a tal efecto,
ACUERDAN
Llevar a cabo, de forma coordinada y en colaboración, actuaciones
de restauración hidrológico-forestal de las áreas afectadas por antiguas
escombreras de pizarra en la Comunidad Autónoma de Galicia. Para ello,
se tendrán en cuenta las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.-Las actuaciones objeto del presente Protocolo General de
Colaboración son las siguientes:
I. Restauración hidrológico-forestal de la cuenca del río Casaio, de
las subcuencas de los ríos Riodolas, San Gil y Valborrás (Orense) y de
otras cuencas menores, que comprende el acondicionamiento y ordenación
de unos 20 kilómetros de cauces de ríos y arroyos con acciones que
permitan la fijación y recuperación de sus márgenes frente arrastres y
erosiones, y la restauración de unas 100 hectáreas de escombreras mediante
obras de drenaje, reperfilado y revegetación.
II. Restauración hidrológico-forestal de la cuenca del río Candís
(Orense), que comprende el acondicionamiento y ordenación de unos 4
kilómetros del cauce del río y sus afluentes, con acciones que permitan la
fijación y recuperación de sus márgenes frente arrastres y erosiones, y
la restauración de unas 20 hectáreas de escombreras mediante obras de
drenaje, reperfilado y revegetación.
III. Restauración hidrológico-forestal del río Sil en la comarca de
Valdeorras y de las cuencas de los arroyos Cacheira, Seco y Perón y de la
zona de San Vicente de Leira (Ourense) que, en conjunto, permitirán
acondicionar unos 1,5 kilómetros de cauce con acciones que permitan la fijación
y recuperación de márgenes frente a los arrastres y erosiones y restaurar
unas 14 hectáreas de escombreras mediante actuaciones de drenaje,
reperfilado y revegetación.
IV. Restauración hidrológico-forestal de las cuencas de los ríos
Quiroga y Espín en las zonas de Pacios de la Sierra, Folgoso del Caurel y
Lamas-Villarchao (Lugo), que comprende el acondicionamiento y
ordenación de unos 5 kilómetros de cauce de ríos y arroyos con acciones que
permitan la fijación y recuperación de sus márgenes frente a arrastres
y erosiones y la restauración de unas 38 hectáreas de escombreras mediante
acciones de drenaje, reperfilado y revegetación.
Segunda.-Las partes que suscriben el presente documento se
comprometen a realizar los trámites necesarios para posibilitar, en el marco de
este Protocolo General, la ejecución de las actuaciones previstas en la
estipulación primera en un plazo de cinco años.
Tercera.-Las actuaciones de este Protocolo General de Colaboración
serán financiadas en conformidad con la siguiente fórmula:
El Ministerio de Medio Ambiente financiará el 70 por 100 del importe
total de las inversiones necesarias, que se harán efectivas en los
Presupuestos de la Confederación Hidrográfica del Norte, mediante aportaciones
procedentes del Fondo FEDER de la Unión Europea.
La Xunta de Galicia y las Empresas del Sector de la pizarra de Galicia
aportarán en conjunto la cofinanciación nacional correspondiente a las
inversiones previstas, que supone el 30 por 100 restante del citado importe
total, correspondiendo un 10 por 100 a la Xunta de Galicia y el 20 por
100 restante a las Empresas del Sector de la pizarra de Galicia.
Las partes asumirán, en la misma proporción, las variaciones
económicas que puedan producirse, al alza o a la baja, por modificaciones,
revisiones de precios, obras complementarias y otras incidencias que sean
aprobadas en el desarrollo de las obras correspondientes a cada actuación.
Cuarta.-Para llevar a cabo cada una de las actuaciones de este Protocolo
General de Colaboración, la Xunta de Galicia -a través de las Consejerías
de Industria y Medio Ambiente-, la Confederación Hidrográfica del Norte
y las Empresas del Sector de la pizarra establecerán Convenios específicos
que se ajustarán a las determinaciones contenidas en el artículo 6 de
la Ley 30/1992 y estarán sometidos a las estipulaciones acordadas en
el presente documento.
Quinta.-Con el fin de hacer efectivos dichos Convenios, la Asociación
Gallega de Pizarristas se compromete a gestionar la participación de sus
miembros en la financiación de las actuaciones específicas de este
Protocolo General que se desarrollen en sus respectivas zonas.
Sexta.-Los estudios, proyectos, direcciones de obra y cualesquiera otras
asistencias técnicas necesarias para dar adecuado cumplimiento al objeto
del Protocolo General de Colaboración serán financiadas con la misma
fórmula de reparto establecida en la estipulación tercera.
Séptima.-Los terrenos necesarios para las actuaciones serán puestos
a disposición de la Confederación Hidrográfica del Norte por las Empresas
del Sector de la pizarra de Galicia, previamente a la contratación de las
obras.
Octava.-Para posibilitar la utilización de fondos europeos en la parte
de la financiación estatal de este Protocolo General, la contribución
conjunta de la Xunta de Galicia y las Empresas del Sector de la pizarra de
Galicia será efectuada con aportaciones que hagan compatible dicha
utilización.
Dichas aportaciones se materializarán mediante las correspondientes
transferencias a la Confederación Hidrográfica del Norte en las cuantías
y plazos que se determinen en los Convenios específicos para cada
actuación concreta.
Novena.-La Confederación Hidrográfica del Norte licitará, adjudicará
y gestionará los contratos de obra de todas las actuaciones del Protocolo
General de Colaboración hasta su terminación definitiva.
Décima.-Se crea una Comisión de Seguimiento, formada por dos
representantes de cada una de las partes firmantes, con el objeto de desarrollar
este Protocolo General de Colaboración, promoviendo la firma de los
Convenios específicos a que se refiere la estipulación cuarta.
Undécima.-La vigencia del presente Protocolo General de Colaboración
se extenderá a todo el período de ejecución de las actuaciones a las que
el mismo se refiere.
Podrá extinguirse por acuerdo de las partes que lo suscriben o por
la entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que
determinen su extinción. En estos casos se establecerá, en función de la causa
concreta de extinción y a la vista de la situación particular de las
actuaciones en curso, la forma de terminación de las mismas.
Duodécima.-Los proyectos de obra de las actuaciones que van a ser
objeto de convenios específicos se ajustarán a las condiciones establecidas
en las medidas aprobadas en las asignaciones de ayudas del Fondo FEDER.
Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente
documento: El Presidente de la Xunta de Galicia, Manuel Fraga Iribarne.-El
Ministro de Medio Ambiente, Jaume Matas Palou.-El Presidente de la
Confederación Hidrográfica del Norte, Ramón Álvarez Maqueda.-El Presidente
de la Asociación Gallega de Pizarristas, Santiago Vázquez León.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 298 del Jueves 13 de Diciembre de 2001. Otras disposiciones, Ministerio De Medio Ambiente.