RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2001, de la Secretaría de Estado de Aguas y Costas, por la que se dispone la publicación del Convenio entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por el que se encomienda a ésta la explotación, mantenimiento y conservación de las obras de complemento de abastecimiento a la Mancomunidad de Algodor y Tarancón y zona de influencia desde el embalse de Almoguera.

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, el día 23 de julio de 2001,

el Convenio entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Junta de

Comunidades de Castilla-La Mancha por el que se encomienda a ésta la

explotación, mantenimiento y conservación de las obras de complemento de

abastecimiento a la Mancomunidad del Algodor y Tarancón y zona de

influencia desde el embalse de Almoguera, y en cumplimiento de lo

establecido en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2

de marzo de 1990 ("Boletín Oficial del Estado" del 16), procede la

publicación de dicho Convenio que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 27 de noviembre de 2001.-El Secretario de Estado, Pascual

Fernández Martínez.

ANEXO

Convenio entre el Ministerio de Medio Ambiente, y la Junta de

Comunidades de Castilla-La Mancha por el que se encomienda a ésta la

explotación, mantenimiento y conservación de las obras de complemento

de abastecimiento a la Mancomunidad del Algodor y Tarancón y zona

de influencia desde el embalse de Almoguera

REUNIDOS

Reunidos en Tarancón, el día 23 de julio de 2001, los excelentísimos

señores don Jaume Matas y Palou, Ministro de Medio Ambiente, nombrado

por Real Decreto de 28 de abril de 2000 y don José Bono Martínez,

Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, nombrado

por Real Decreto de 14 de julio de 1999 y reconociéndose, en la calidad

con que cada uno interviene, con capacidad legal suficiente para la

celebración del presente Convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

Con motivo de la entrada en fase de explotación de las "Obras de

Complemento de Abastecimiento a la Mancomunidad del Algodor y

Tarancón y zona de influencia desde el embalse de Almoguera", cuya finalidad

es la de transportar agua desde el embalse de Almoguera con destino

a los abastecimientos de Las Mancomunidades de El Algodor y de El Girasol,

así como al de la zona sur de Madrid, incluido Aranjuez. Se hace necesario

establecer la formula más adecuada para llevar a cabo dicha explotación.

Las obras han sido declaradas de interés general por Reales Decretos

Leyes 3/1992, de 22 de mayo y 1/1995, de 10 de febrero y financiadas

íntegramente por el Ministerio de Medio Ambiente.

Las obras discurren por los términos municipales de Almoguera e Illana

(Guadalajara), Barajas de Melo y Leganiel (Cuenca); Estremera, Villarejo

de Salvanés, Villamanrique de Tajo y Colmenar de Oreja (Madrid),

Villarrubia de Santiago y Noblejas (Toledo), y están incluidas en los siguientes

proyectos:

Proyecto de Complemento de abastecimiento a la Mancomunidad del

Algodor y Tarancón y Zona de influencia desde el Embalse de Almoguera,

términos municipales, varios (Guadalajara, Cuenca, Madrid y Toledo).

Modificado número 1. Clave: 03.345.325/2121

Proyecto de Complemento de abastecimiento a la Mancomunidad del

Algodor y Tarancón y Zona de influencia desde el Embalse de Almoguera,

términos municipales, varios (Guadalajara, Cuenca, Madrid y Toledo).

Obras Complementarias número 1. Clave: 03.345.325/2191.

Proyecto de Complemento de abastecimiento a la Mancomunidad del

Algodor y Tarancón y Zona de influencia desde el Embalse de Almoguera,

términos municipales, varios (Guadalajara, Cuenca, Madrid y Toledo).

Obras complementarias número 2. Clave: 03.345.325/2192.

Dichas obras han sido recibidas por las correspondientes Actas de

fecha: 20 de junio de 2001, Modificado número 1.16 de junio de 1999

las Obras Complementarias números 1 y 3 de febrero de 2000 las Obras

Complementarias número 2.

Las obras comprenden las siguientes instalaciones:

Obra de toma del embalse de Almoguera (Guadalajara).

Estación de bombeo, con sus instalaciones adyacentes de alojamiento

de cuadros eléctricos y transformadores.

Centro de seccionamiento y línea eléctrica subterránea de alimentación

a la estación de bombeo.

Conducción de impulsión.

Depósito regulador de cabecera.

Conducción por gravedad, con sus correspondientes arquetas para

válvulas, ventosas, desagües y obras especiales.

Depósitos (2) de agua bruta en el final de la conducción en el término

municipal de Noblejas (Toledo).

Toma para el Sur de la provincia de Madrid.

Puente sobre el río Tajo entre los términos municipales de Colmenar

de Oreja y Noblejas.

Equipos de telemando y telecontrol, con su puesto de mando ubicado

provisionalmente en el recinto de la ETAP para Tarancón (Cuenca).

Las instalaciones están abasteciendo a la Mancomunidad de El Girasol,

y a corto plazo lo harán a la de El Algodor, una vez que se terminen

las obras de la Estación de Tratamiento de Aguas Potables que actualmente

está construyendo la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

A medio plazo se realizará el abastecimiento a Aranjuez y su zona de

influencia.

El artículo 115.3 de la Ley de Aguas, en la redacción dada por la

Ley 46/1999, de 13 de diciembre, establece la posibilidad de que las

Comunidades Autónomas gestionen la explotación de las obras de interés general

en virtud de encomienda de gestión. El Ministerio de Medio Ambiente

considera que esta solución es la más adecuada para llevar a cabo la

explotación, mantenimiento y conservación de las referidas obras, en tanto

en cuanto no se encomiende dicha gestión a un Ente que agrupe a todos

los usuarios, tanto de Castilla La Mancha, como al Canal de Isabel II.

Entre tanto dado que el uso conjunto de las instalaciones se va a

demorar y sin embargo es una realidad actual el abastecimiento a localidades

de Castilla La Mancha, se considera conveniente que la explotación de

las mismas se encomiende a la Junta de Comunidades de Castilla-La

Mancha, en tanto entre en funcionamiento el abastecimiento al Canal de

Isabel II.

Por Convenio de Colaboración suscrito el 11 de junio de 2001 entre

la Consejería de Obras Públicas y los Ayuntamientos de: El Acebrón,

Almendros, Belinchón, Fuente de Pedro Naharro, Tarancón, Torrubia del Campo,

Villarrubio, Zarza de Tajo, Barajas de Melo (de la provincia de Cuenca)

y Santa Cruz de la Zarza (de la provincia de Toledo), para la prestación

del servicio de abastecimiento de agua en alta, desde la aducción del

Embalse de Almoguera, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha asume

la gestión de explotación y mantenimiento de:

a) Instalaciones de potabilización y distribución del agua en alta

ejecutadas por la Consejería de Obras Públicas.

b) Instalaciones en alta pertenecientes a las entidades locales, una

vez que sean cedidas a tal efecto por las mismas.

c) Instalaciones de bombeo de Almoguera y conducciones ejecutadas

por el Ministerio de Medio Ambiente, una vez efectuada su encomienda

por dicho Ministerio.

En razón a lo anterior la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

a través de su Consejería de Obras Públicas asume la explotación,

mantenimiento y conservación de las obras de complemento de abastecimiento

a la Mancomunidad del Algodor y Tarancón y zona de influencia desde

el embalse de Almoguera, hasta tanto se incorpore al sistema el Canal

de Isabel II.

Para el cumplimiento de este acuerdo se establecen las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera. Objeto del Convenio.-La encomienda de gestión de las

actividades de explotación, mantenimiento y conservación de las obras de

complemento de abastecimiento a la Mancomunidad del Algodor y

Tarancón y zona de influencia desde el embalse de Almoguera, hasta tanto se

incorpore al Sistema el Canal de Isabel II.

Segunda. Actividades encomendadas a la Consejería de Obras

Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.-Se encomienda

a la Consejería Obras Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La

Mancha la gestión de las siguientes actuaciones: la explotación,

mantenimiento y conservación de las obras mencionadas, de acuerdo con el

artículo 15.2 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercera. Obligaciones de la Junta de Comunidades de Castilla-La

Mancha.

a) La Consejería de Obras Públicas de la Junta de Comunidades de

Castilla-La Mancha deberá atender al pago de Canon de Regulación que,

de acuerdo con el artículo 106.1 de la Ley de Aguas y el Reglamento

del Dominio Público Hidráulico (Real Decreto 849/1986 de 11 de abril),

se aprueben por el organismo de cuenca.

b) Del mismo modo La Consejería de Obras Públicas de la Junta de

Comunidades de Castilla-La Mancha estará obligada al pago de la tarifa

de utilización del agua a que se refiere el artículo 106.2 del mismo texto

legal y su reglamento de desarrollo.

c) La Consejería de Obras Públicas de la Junta de Comunidades de

Castilla-La Mancha deberá observar todas las disposiciones vigentes de

preservación medioambiental, sean de competencia de la Administración

Central o Autonómica, adoptando las medidas necesarias para su

cumplimiento.

Cuarta. Obligaciones del Ministerio de Medio Ambiente.-La

titularidad de las obras corresponderá al Estado. El Ministerio de Medio

Ambiente, a través, de la Confederación Hidrográfica del Tajo, se compromete

a colaborar y facilitar la información necesaria que permita abordar las

reparaciones o actuaciones pertinentes si se presentaran desajustes

relacionados con la ejecución de las obras, así como para la mejor gestión

integral de la infraestructura.

Con el fin de dar a conocer a la Consejería de Obras Públicas la

documentación técnica y administrativa necesaria para llevar a cabo la gestión

encomendada, en el informe anejo a este Convenio, se incorporan las

correspondientes copias de los documentos que obran en poder de la

Confederación Hidrográfica del Tajo, así como del estado de aquellos otros,

en trámite de redacción.

Quinta. Plazo de vigencia.-El presente Convenio entrará en vigor

el mismo día de la firma y estará vigente en tanto en cuanto entre en

funcionamiento el abastecimiento al Canal de Isabel II.

Sexta. Resolución del Convenio.-En cualquier caso y en lo referente

a la encomienda de gestión serán causas de resolución las siguientes:

Para la Administración General del Estado, el incumplimiento

demostrado y reiterado en el procedimiento, en que deberá darse audiencia a

la Comunidad Autónoma, de las obligaciones derivadas de las funciones

encomendadas a ésta.

Para la Administración de la Comunidad Autónoma, la manifestación

a la Administración del Estado de su voluntad de que ésta deje sin efecto

dicha encomienda.

Para que conste, se firma el presente Convenio por duplicado ejemplar,

en el lugar y fecha indicados.

El Ministro de Medio Ambiente, Jaume Matas Palou.-El Presidente

de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, José Bono Martínez.

ANEJO AL CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE

EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y LA JUNTA DE

COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA EXPLOTACIÓN,

MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS DE

COMPLEMENTO DE ABASTECIMIENTO A LA MANCOMUNIDAD DE ALGODOR

Y TARANCÓN Y ZONA DE INFLUENCIA DESDE EL EMBALSE DE

ALMOGUERA

Documentación que se entrega

Proyecto de Complemento de abastecimiento a la Mancomunidad del

Algodor y Tarancón y Zona de influencia desde el Embalse de Almoguera,

términos municipales, varios (Guadalajara, Cuenca, Madrid y Toledo).

Clave: 03.345.325/2111

Proyecto de Complemento de abastecimiento a la Mancomunidad del

Algodor y Tarancón y Zona de influencia desde el Embalse de Almoguera,

términos municipales, varios (Guadalajara, Cuenca, Madrid y Toledo).

Modificado Número 1. Clave: 03.345.325/2121

Proyecto de Complemento de abastecimiento a la Mancomunidad del

Algodor y Tarancón y Zona de influencia desde el Embalse de Almoguera,

términos municipales, varios (Guadalajara, Cuenca, Madrid y Toledo).

Obras Complementarias número 1. Clave: 03.345.325/2191

Proyecto de Complemento de abastecimiento a la Mancomunidad del

Algodor y Tarancón y Zona de influencia desde el Embalse de Almoguera,

términos municipales, varios (Guadalajara, Cuenca, Madrid y Toledo).

Obras Complementarias número 2. Clave: 03.345.325/2192

Actas de recepción de las obras de Modificado número 1, Obras

Complementarias números 1 y 2.

Liquidación obras del Proyecto de Complemento de abastecimiento

a la Mancomunidad de Algodor y Tarancón y Zona de influencia desde

el Embalse de Almoguera, términos municipales, varios (Guadalajara,

Cuenca, Madrid y Toledo). Modificado número 1, obras Complementarias

números 1 y 2. Clave: 03.345.325/2141.

Protocolos de las pruebas realizadas en bombas, tuberías y telemandos.

Manuales de funcionamiento de la central de bombeo, de instalaciones

eléctricas de telemando y telecontrol a lo largo de conducción.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 298 del Jueves 13 de Diciembre de 2001. Otras disposiciones, Ministerio De Medio Ambiente.

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