RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2001, de la Secretaría General de Asuntos Sociales, por la que se da publicidad al sorteo extraordinario del cupón de la Organización Nacional de Ciegos Españoles del día 15 de agosto de 2001.

El Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de marzo de 1999, por el

que se aprueba el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la

Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) en materia de

Cooperación, Solidaridad y Competitividad para la Estabilidad de futuro de

la ONCE, determina entre otras materias, las condiciones generales del

régimen de los sorteos del cupón de la Organización Nacional de Ciegos

Españoles, ordenando a su vez, su publicación en el "Boletín Oficial del

Estado", como garantía de los consumidores.

Por su parte, la nueva redacción dada al artículo 8.3.d) por el Real

Decreto 1200/1999, de 9 de julio, por el que se modifica el Real Decreto

358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional

de Ciegos Españoles, expresa que corresponde al Consejo de Protectorado

de la ONCE establecer, los criterios y procedimientos adecuados para

ejercer el control sobre las materias relativas al cupón y otras modalidades

de juego autorizadas a la ONCE.

El Consejo de Protectorado de la ONCE en su reunión del 29 de febrero

de 2000 aprobó los Procedimientos y Criterios de Control sobre las materias

relativas al cupón y otras modalidades de juego autorizadas a la ONCE.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros

de 5 de marzo de 1999, así como en los citados Reales Decretos, y en

los Procedimientos y Criterios de Control sobre las materias relativas al

cupón, y previo acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo de

Protectorado en su reunión de 29 de marzo de 2001, que actúa por delegación

del citado Consejo, procede dar publicidad al sorteo extraordinario del

cupón, a celebrar el día 15 de agosto de 2001.

1. Sorteo extraordinario del día 15 de agosto de 2001, con un premio

especial a un solo cupón de 1.663.860.000 pesetas (10.000.000 de euros).

1.1 Para el sorteo extraordinario del día 15 de agosto de 2001 el

precio unitario del cupón es de 500 pesetas.

1.2 La nueva estructura de premios presenta las siguientes cuantías

y proporciones para las diferentes categorías:

1.2.1 Premio mayor de 10.000.000 de pesetas por cupón a un único

cupón de cada serie, cuyas cinco cifras coincidan con las del número

extraido y estén dispuestas en el mismo orden, excepto el cupón agraciado

con el premio especial mencionado a continuación.

1.2.2 Premio especial a una única serie del premio mayor de

1.663.860.000 pesetas (10.000.000 de euros) a un cupón cuyas cinco cifras

y serie coincidan con las del número y serie premiado y estén dispuestas

en el mismo orden.

1.2.3 Premio a las cuatro últimas cifras de 100.000 pesetas por cupón

a los nueve cupones de cada serie, cuyas cuatro últimas cifras (unidades

de millar, centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras

del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

1.2.4 Premio a las tres últimas cifras de 10.000 pesetas por cupón

a los 90 cupones de cada serie, cuyas tres últimas cifras (centenas, decenas

y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén

dispuestas en el mismo orden.

1.2.5 Premio a las dos últimas cifras de 1.000 pesetas por cupón a

los 900 cupones de cada serie, cuyas dos últimas cifras (decenas y unidades)

coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas

en el mismo orden.

1.2.6 Premio a la última cifra (reintegro) de 500 pesetas por cupón

a los 9.000 cupones de cada serie, cuya última cifra (unidades) coincida

con la misma cifra del número premiado.

1.3 Ninguno de los premios enunciados en el párrafo anterior son

acumulables.

1.4 La proporción global destinada a premios es del 45,426 por 100.

1.5 El número de series a emitir es de 300 series, constando cada

una de ellas de 100.000 cupones, numerados correlativamente desde el

00000 hasta el 99999.

2. Este sorteo comenzará a comercializarse a partir del día 9 de julio

de 2001 y se regulará por el "Reglamento del Sorteo del Cupón de la

ONCE, a partir del 28 de abril de 2001", aprobado por su Consejo General

el día 9 de febrero del presente año.

Madrid, 29 de marzo de 2001.-La Secretaria general, María Concepción

Dancausa Treviño.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 98 del Martes 24 de Abril de 2001. Otras disposiciones, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.

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