Periódico Oficial del Estado de México del día 23/11/2016 (Sección Quinta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

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23 de noviembre de 2016

PÓLIZA DE FIANZA: Documento donde se hace constar por escrito los términos y alcances de garantía que la institución afianzadora otorga a la entidad fiscalizable.
PRIMA: Pago que compromete a realizar la entidad fiscalizable municipal a la afianzadora que cumpla con los criterios emitidos por el Órgano Superior, y que ofrezca las mejores condiciones, de conformidad con lo establecido en la ley de contratación pública del estado de México y municipios y su reglamento al momento de suscribir el contrato de fianzas.
SERVIDOR PÚLICO MUNICIPAL: Toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública municipal en sus organismos públicos descentralizados o en sus fideicomisos públicos municipales.
3. DE LOS SUJETOS DEL AFIANZAMIENTO
Son sujetos a contratar el afianzamiento los servidores públicos municipales de los organismos públicos descentralizados y de los fideicomisos públicos municipales, y quienes resulten responsables, durante el ejercicio de sus funciones e independiente de la administración en turno, respecto de los actos u omisiones que puedan causar daños o perjuicios a las Haciendas Públicas o al patrimonio de las entidades fiscalizables.
En las pólizas de fianzas no se deberán mencionar el nombre de los servidores públicos que ocupan los cargos sujetos a caución, pues se pueden presentar cambios debido a denuncias, despidos, destituciones, licencias, incapacidades, jubilaciones o fallecimientos, entre otros.
4. FORMA DE GARANTIZAR.
El manejo de la hacienda pública municipal o del patrimonio de los organismos públicos descentralizados o de los fideicomisos públicos municipales se garantizará mediante fianza, la cual será otorgada por una institución legalmente autorizada que cumpla con los criterios emitidos por el Órgano Superior, y la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, además que ofrezca las mejores condiciones, de conformidad con lo establecido en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y su Reglamento.
La fianza deberá cubrir los actos u omisiones que puedan causar daños o perjuicios a la hacienda pública, al patrimonio de la entidad fiscalizable, por parte de los servidores públicos municipales, de los organismos públicos descentralizados de los fideicomisos públicos municipales, y de quienes resulten responsables durante el ejercicio de sus funciones.
La fianza global cubre todos los actos u omisiones dolosas o culposas de los servidores públicos municipales, de organismos públicos descentralizados o de fideicomisos públicos municipales, que produzcan daños y perjuicios estimables en dinero a la hacienda pública municipal o al patrimonio de los organismos públicos municipales o de los fideicomisos públicos municipales. No se reduce el monto afianzado al producirse un siniestro; el contrato se mantiene en vigor con el valor nominal originalmente estipulado en la fecha de iniciación sin que sea necesario pagar prima adicional.
5. COBERTURA DE LA FIANZA
5.1 RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA RESARCITORIA
Los actos u omisiones que puedan causar daños y perjuicios estimables en dinero causados por los servidores públicos que reciban, administren o manejen recursos del erario, o al patrimonio de la entidad fiscalizable 5.2 POR DELITOS
Los delitos, respecto de los cuales la institución afianzadora debe garantizar el manejo de la hacienda pública municipal y el patrimonio de los organismos públicos descentralizados y de los fideicomisos públicos, se encuentran tipificados en el Código Penal del Estado de México y son los siguientes:
1.- SUBTITULO SEGUNDO
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
6. PERIODOS A GARANTIZAR
Los H. Ayuntamientos deben garantizar el manejo de la hacienda pública municipal y el patrimonio de los organismos públicos descentralizados y de los fideicomisos públicos municipales, por los siguientes períodos:

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 23/11/2016 (Sección Quinta)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

PaysMexique

Date23/11/2016

Page count8

Edition count918

Première édition05/01/2000

Dernière édition28/12/2023

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