Periódico Oficial del Estado de México del día 05/11/2015 (Sección Cuarta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

5 de noviembre de 2015

Página 3

10.

Por mandato del artículo tercero transitorio del Decreto que declaró reformado y adicionado el artículo 115
Constitucional, las funciones y servicios que conforme a dicho Decreto sean competencia de los municipios y que a la entrada en vigor de las reformas de las constituciones y leyes de los Estados, sean prestados por los gobiernos estatales o de manera coordinada con los municipios, éstos podrán asumirlos previa aprobación del ayuntamiento, conforme al programa de transferencia que presenten los gobiernos de los Estados.

11.

En el mismo sentido, el artículo tercero transitorio del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, establece que el Gobierno del Estado, por conducto de la ahora Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, dispondrá lo necesario para que las nuevas funciones y servicios de carácter municipal, regulados por el Código Administrativo en materia de autorización del uso del suelo, se transfieran a los municipios del Estado de manera ordenada, conforme al programa de transferencia que presente la propia Secretaría.

12.

Por Decreto número 71 de la H. LIV Legislatura del Estado de México, publicado en la Gaceta del Gobierno el diez de junio de dos mil dos, se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones del Código Financiero del Estado de México y Municipios, para adecuar su contenido con las prescripciones del Código Administrativo, específicamente para reasignar facultades fiscales a los municipios, derivadas de las nuevas funciones y servicios que les confiere este último ordenamiento en materia de autorización del uso del suelo.

13.

Mediante oficio número PM/310/2014 de fecha ocho de diciembre del año dos mil catorce, EL MUNICIPIO
a través del Presidente Municipal, solicitó al Doctor Eruviel Ávila Villegas, Gobernador del Estado de México, la transferencia de funciones y servicios, en materia del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y del desarrollo urbano de los centros de población.

14.

El Ayuntamiento de Sultepec, en la Septuagésima Segunda Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha veintisiete de octubre de dos mil catorce, aprobó solicitar a EL ESTADO la transferencia a favor de EL MUNICIPIO
de las funciones y servicios relativos a la autorización, control y vigilancia de la utilización del suelo.

15.

EL ESTADO, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, presentó a EL
MUNICIPIO el programa respectivo, para proceder a la transferencia ordenada de las funciones y servicios en materia de autorización del uso del suelo.

16.

Previo a la suscripción de la presente acta EL ESTADO y EL MUNICIPIO llevaron a cabo reuniones de información, asesoría y actualización en las materias a que se refiere este documento.
FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

Sirven de fundamento jurídico a la presente Acta de Transferencia de Funciones y Servicios, las disposiciones de los siguientes ordenamientos legales:
Por EL ESTADO:
Artículos: Tercero Transitorio del Decreto por el que se declaró reformado y adicionado el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 fracciones I, II, XXVIII, XXXVIII, XXXIX, XLVIII, 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 3, 15, 19 fracción VIII, 31 fracciones II y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1.4, 1.5, 5.5, 5.7, 5.8, 5.9 y Sexto Transitorio del Código Administrativo del Estado de México; artículos Tercero y Cuarto del Transitorios del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México; y 1, 2, 3 fracción II, 5, 6, 7, 8 y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, publicado en la Gaceta del Gobierno de fecha ocho de abril de dos mil quince.
Por EL MUNICIPIO:
Artículos: Tercero Transitorio del Decreto por el que se declaró reformado y adicionado el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 128 fracciones II, IV, V y XIV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 31 fracciones I, XXIV, XXXIX y XLVI; 48 fracciones II, III, IV, XVI, XX, 86 y 91 fracción V de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1.4, 1.5, 5.5, 5.7, 5.10 y Sexto Transitorio del Código Administrativo del Estado de México; y artículos Tercero y Cuarto Transitorios del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 05/11/2015 (Sección Cuarta)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaysMexique

Date05/11/2015

Page count16

Edition count1838

Première édition05/01/2000

Dernière édition28/12/2023

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