La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 24/11/2021

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Source: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

Pág 2

La Gaceta Nº 227 Miércoles 24 de noviembre del 2021

CONTENIDO
Pág N

PODER LEGISLATIVO
Leyes 2
Proyectos 6
Acuerdos 13
PODER EJECUTIVO
Acuerdos 14
DOCUMENTOS VARIOS 16
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Resoluciones 60
Edictos 63
Avisos 63
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 65
REGLAMENTOS 67
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS 96
RÉGIMEN MUNICIPAL 119
AVISOS 121
NOTIFICACIONES 126

PODER LEGISLATIVO
LEYES

N 10078
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA
DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DE LA LEY 7531, REFORMA INTEGRAL
DEL SISTEMA DE PENSIONES Y JUBILACIONES
DEL MAGISTERIO NACIONAL, DE 10 DE JULIO DE 1995
ARTÍCULO ÚNICO-
Se reforman el artículo 15 y el artículo 21, y se adicionan los artículos 118, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127 y 128 a la Ley 7531,
Reforma Integral del Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, de 10 de julio de 1995. Los textos son los siguientes:
Artículo 15-Contribución obrero, patronal y estatal de los centros educativos públicos y privados, procedimiento y plazos El Estado, en su calidad de tal, cotizará un porcentaje idéntico al que aporta al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social CCSS, del total de los salarios devengados de los servidores públicos y privados de la educación nacional, que se encuentren dentro del colectivo cubierto por el Régimen de Capitalización Colectiva. Para realizar el pago correspondiente a favor de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional Jupema, se establece el procedimiento siguiente:
aPara los trabajadores de la educación que presten servicios al Ministerio de Educación Pública MEP, el Ministerio de Hacienda tendrá un plazo improrrogable de dos meses para depositar, a favor de Jupema, los montos correspondientes a las cotizaciones patronales y estatales. La cuota obrera debe ser cancelada a Jupema en el mes correspondiente.
bPara los trabajadores de la educación de los otros centros de enseñanza, públicos y privados, Jupema remitirá, mensualmente al Ministerio de Hacienda, una planilla con los nombres, los números de cédula, los montos salariales devengados y el monto total por cancelar. Jupema dispondrá de un plazo improrrogable de dos meses para remitir esta información al Ministerio de Hacienda; este último, una vez recibida la planilla, contará con un plazo de dos meses para depositar las sumas a favor de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional. La Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional les fijará a estos centros de enseñanza los plazos máximos para la cancelación de sus planillas.
Si el Ministerio de Hacienda no deposita las sumas a favor de Jupema, dentro de los plazos dispuestos en los incisos a y b de este artículo, los montos no girados devengarán, por concepto de interés por mora, un porcentaje igual a la tasa básica pasiva, calculada por el Banco Central de Costa Rica.
Igual interés por mora será aplicable a Jupema sobre los montos por cancelar a su favor, en caso de no presentar la planilla correspondiente dentro del plazo ordenado en el inciso b de este artículo. Las sumas por intereses deberán cancelarse con cargo al Fondo Especial de Administración establecido en el artículo 107 de esta ley. La Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional cobrará, a su vez, igual interés por mora a los centros de enseñanza públicos y privados que no le presenten las planillas dentro de los plazos fijados.
Todo interés por mora se destinará, exclusivamente, a fortalecer el Fondo de Pensiones del Régimen de Capitalización Colectiva.

Junta Administrativa Ricardo Salas Álvarez
Priscila Zúñiga Villalobos
Kathia Ortega Borloz
Generif Traña Vargas
Director General Imprenta Nacional Director Ejecutivo Junta Administrativa
Viceministra de Gobernación y Policía Presidenta Junta Administrativa
Representante Ministerio de Cultura y Juventud
Delegado Editorial Costa Rica

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 24/11/2021

TitreLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaysCosta Rica

Date24/11/2021

Page count148

Edition count5515

Première édition01/01/2003

Dernière édition11/07/2024

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