Boletín Oficial de la República Argentina del 21/07/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.706 - Primera Sección
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Miércoles 21 de julio de 2021

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO emitió dictamen sin formular objeción alguna.
Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES CoPAR, mediante su intervención, concluyó que las disposiciones contenidas en el Acta Acuerdo son compatibles con las previsiones del mencionado Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y del artículo 14 de la Ley N24.185.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Homológase el Acta Acuerdo de fecha 31 de mayo de 2021 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N1133/09, que como ANEXO IF-2021-63727372-APN-DALSPMT forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2.- La vigencia de la nueva escala de Unidades Retributivas del Sueldo Básico de la Categoría prevista en el artículo 95 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del citado Personal Profesional Decreto N1133/09, acordada en el Acta Acuerdo homologada por el presente, será a partir del 1 de junio de 2021.
ARTÍCULO 3.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO
para dictar las normas aclaratorias y complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Claudio Omar Moroni NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 21/07/2021 N51188/21 v. 21/07/2021

BIEN DEINTERÉS ARQUITECTÓNICO NACIONAL
Decreto 477/2021
DCTO-2021-477-APN-PTE - Declaración.

Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2021
VISTO el Expediente NEX-2019-00796616-APN-CGDMECCYT, la Ley Nº12.665 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS, organismo desconcentrado en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, propone la declaratoria como Bien de Interés Arquitectónico Nacional a la Residencia de la Embajada de la REPÚBLICA DEL PERÚ antigua Residencia DEL
SOLAR DORREGO, en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que el autor del proyecto fue el reconocido arquitecto Alejandro BUSTILLO, formado en la Escuela de Arquitectura de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES y autor de extraordinarias piezas como la sede central del BANCO DE LA
NACIÓN ARGENTINA y el conjunto integrado por el Casino Central y el Hotel Provincial en la Ciudad de MAR DEL
PLATA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, entre otros.
Que el arquitecto Alejandro BUSTILLO fue también el autor de numerosas residencias particulares y edificios de departamentos concebidos dentro de la tradición francesa borbónica, sobresaliendo por sus calidades compositivas y estéticas la residencia que realizó entre los años 1927 y 1929 para Alberto DEL SOLAR DORREGO
y su familia.
Que el edificio es una obra paradigmática dentro de la producción de BUSTILLO, diseñado tomando como prototipo el htel particulier parisino, con un programa que se repite en forma semejante en casi todos los edificios de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/07/2021 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date21/07/2021

Page count96

Edition count9388

Première édition02/01/1989

Dernière édition06/07/2024

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