Boletín Oficial de la República Argentina del 21/07/2021 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.706 - Primera Sección
Miércoles 21 de julio de 2021

esta tipología, compuesto de un subsuelo, planta baja de recepción, primer piso o planta noble, segundo piso reservado para las habitaciones de la familia y la mansarda para servicios.
Que se destaca la materialidad de sus fachadas e interiores, con revoques símil piedra, mármoles, boiseries y herrería artística, en una sobria interpretación del estilo Luis XVI.
Que luego de la muerte de Alberto DEL SOLAR DORREGO en 1939, la residencia fue adquirida por el Estado Argentino, quien la donó a la REPÚBLICA DEL PERÚ para que estableciera su sede diplomática.
Que la residencia cuenta con catalogación singular y nivel de protección estructural, en virtud de lo establecido en la Ley de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N3533, y ha sido conservada en alto grado de integridad por la Embajada de la REPÚBLICA DEL PERÚ.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS aconseja su declaratoria.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado debida intervención.
Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y por el artículo 1º ter, inciso b de la Ley Nº12.665 y sus modificatorias.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Declárase Bien de Interés Arquitectónico Nacional a la Residencia de la Embajada de la REPÚBLICA
DEL PERÚ antigua Residencia DEL SOLAR DORREGO, sita en la Avenida del Libertador Nro. 1728 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Datos Catastrales: Circunscripción 19, Sección 15, Manzana 097, Parcela 11B.
ARTÍCULO 2º.- La COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS
realizará las gestiones y procedimientos establecidos en la Ley Nº12.665, en su reglamentación y en las normas complementarias y deberá practicar las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Tristán Bauer e. 21/07/2021 N51191/21 v. 21/07/2021

AGENCIA NACIONAL DEDISCAPACIDAD
Decreto 479/2021
DCTO-2021-479-APN-PTE - Dase pordesignado Director deGestión Descentralizada.

Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2021
VISTO el Expediente NEX-2021-50661885-APN-SIPJGM, la Ley N27.591, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 698
del 5 de septiembre de 2017 y sus modificatorios, 160 del 27 de febrero de 2018 y la Resolución de la AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD N49 del 8 de marzo de 2018 y su modificatoria,y CONSIDERANDO:
Que por la Ley N27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.
Que por el Decreto N 355/17 se dispuso que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios vacantes y financiados presupuestariamente, en las Jurisdicciones y unidades organizativas dependientes de la Presidencia de la Nación, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Presidente de la Nación.
Que por el Decreto Nº698/17 se creó la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el Decreto Nº160/18 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la citada Agencia.
Que por la Resolución de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD N49/18 se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo de dicho organismo.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/07/2021 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date21/07/2021

Page count96

Edition count9396

Première édition02/01/1989

Dernière édition14/07/2024

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