Boletín Oficial de la República Argentina del 15/01/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 15 de enero de 2015

BOLETIN OFICIAL Nº 33.050

MINISTERIO DEDESARROLLO SOCIAL

MINISTERIO DETURISMO

Decisión Administrativa 1226/2014

Decisión Administrativa 1225/2014

18

Contratación.

Autorízanse contrataciones en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.

Bs. As., 30/12/2014
Bs. As., 30/12/2014
VISTO el Expediente N6180/2013 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, N25.164, su Decreto Reglamentario N1421 del 8 de agosto de 2002, la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, los Decretos N2098 del 3 de diciembre de 2008, N491 del 12 de marzo de 2002, N601 del 11 de abril de 2002, N577 del 07
de agosto de 2003 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa N3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y
VISTO el Expediente N STN:0000388/2014 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, la Ley N 25.164, los Decretos Nros. 1.421 del 8 de agosto de 2002 y 2.098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 del 28 de diciembre de 2006 y 52 del 6 de marzo de 2009, la Resolución N48 del 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA
GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de contratación de Da. María Luz MONOPOLI M.I. N 33.896.630 bajo el régimen del Artículo 9 del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164 y su reglamentación, a fin de fortalecer y complementar la labor de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN del MINISTERIO DE TURISMO, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto se tramita la excepción para la contratación de personal, para desempeñarse en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE
ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en los términos del Decreto N1421/02.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SI.N.E.P., homologado por el Decreto N2.098 del 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C la exigencia de contar con título universitario de grado correspondiente a carrera de duración no inferior a CUATRO
4 años o título universitario o terciario de carreras de duración no inferior a TRES
3 años, correspondiente a la función o puesto a desarrollar.

Que por el artículo 9 del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior, se establecieron las prescripciones a las que estarán sujetas las contrataciones de personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N48/02 y sus modificatorias, el Decreto N491 del 12 de marzo de 2002, N601 del 11 de abril de 2002, N577 del 07 de agosto de 2003 y sus modificatorios, las pautas para la aplicación del mismo.

Que el último párrafo del Artículo 9 del Anexo I del Decreto N1.421 del 8 de agosto de 2002, establece que el señor Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones al punto II del inciso c del citado artículo, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado.

Que las personas de que se trata, se encuentran afectadas exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.

Que habida cuenta de los antecedentes obrantes en las actuaciones del Visto, se entiende procedente exceptuar a la persona propuesta del cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel C previsto en el Artículo 14 del Convenio Colectivo homologado por el Decreto N2.098/08, al solo efecto de posibilitar su contratación de acuerdo con lo solicitado por el MINISTERIO DE TURISMO.

Que dichas personas reúnen los requisitos establecidos en la Decisión Administrativa N3/04, modificada por sus similares N1151/06 y N52/09, a los efectos de su equiparación a los niveles establecidos por el Sistema Nacional de Empleo Público.
Que el mencionado Sistema Nacional, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por Decreto N2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9 y 14 del Anexo I del Decreto N1.421/02, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal aprobadas por la Resolución N 48 del 30
de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa N3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 del 28 de diciembre de 2006 y 52 del 6 de marzo de 2009.

Que a fin de posibilitar la contratación de las personas que se indican en el Anexo que forma parte integrante de la presente, corresponde exceptuar a las mismas de las restricciones contenidas en el punto II del inciso c del artículo del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, propone la contratación de las personas de que se trata, con la finalidad de asegurar la continuidad de las tareas y perfeccionar las labores que se desarrollan para el debido cumplimiento de los objetivos asignados a los mismos.

Que la persona involucrada en la presente medida ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular N4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL
Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la Dirección General de Administración y la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, ambas de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE TURISMO, han tomado la intervención que les compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TURISMO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta conforme a las facultades emergentes del Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y a tenor de lo establecido en el último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto N1.421/02.

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Por ello,
Artículo 1 Autorízase al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA
SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, para contratar a las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, en la Función, Nivel, Grados y Períodos indicados en el mismo, con carácter de excepción al punto II del inciso c del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Sistema Nacional de Empleo Público SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N2098/08.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge M. Capitanich. Alicia M. Kirchner.
ANEXO

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Exceptúase a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida de las restricciones establecidas en el punto II del inciso c del Artículo 9 del Anexo I del Decreto N1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación bajo el régimen del Artículo 9 de la ley precitada en el ámbito del MINISTERIO DE TURISMO, por el período consignado y en el Nivel C Grado 1 del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SI.N.E.P., aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2.098 del 3 de diciembre de 2008.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge M. Capitanich. Carlos E. Meyer.
ANEXO

JURISDICCION: MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Modalidad de Contratación: Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
DNI N

Apellido
Nombres
17.202.347

CALVI

Marcela Alejandra
35.110.389

GARCIA
ROMERO

Nicolás Adrián
Función Asistente Técnico Administrativo Asistente Técnico Administrativo
Desde
Hasta
Nivel/Grado
01/06/2013

31/12/2013

D-1

01/11/2013

31/12/2013

D-0

Nombre del Organismo: MINISTERIO DE TURISMO.
Listado de Contrataciones:
N 1

Apellido MONOPOLI

Nombres María Luz
Matrícula Individual N
33.896.630

Nivel y Grado C-1

Desde
Hasta
01/04/2014

31/12/2014

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/01/2015 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date15/01/2015

Page count52

Edition count9394

Première édition02/01/1989

Dernière édition12/07/2024

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