Boletín Oficial de la República Argentina del 05/09/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 5 de septiembre de 2014
las Jurisdicciones y Entidades que conforman el SECTOR PUBLICO NACIONAL.
Que resulta pertinente dar intervención a la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE
BIENES DEL ESTADO para que, en ejercicio de sus facultades, proceda a tramitar la escrituración de los inmuebles propiedad del ESTADO NACIONAL en los términos del Artículo 12, inciso b, del Decreto Nº 407/91 sustituido por el Artículo 5 de su similar Nº2.137/91 y por aplicación de la Ley Nº22.423 y su modificatoria, a favor del Señor Eduardo José MEICHTRY.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO
y la DIRECCION GENERAL ASUNTOS
JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Autorízase el cargo a incluir en las escrituras traslativas de dominio que se formalicen respecto de los inmuebles situados en la Localidad de LAS PALMAS, Departamento BERMEJO, Provincia del CHACO, identificados catastralmente como:
I Circunscripción IV - Parcelas 191 y 165
parte, Chacras 84, 85, 86, 93, 94, 95, 96, 97
Sector Este - Chacras 93 y 94 Sector Oeste y parte de las Chacras 83, 87, 98 Sector Este, hoy identificadas conforme Plano de Mensura, Unificación y Subdivisión 2-8-11 como Circunscripción I - Sección C - Parcela 83, Circunscripción I - Sección D - Parcelas 45, 46, 111, 112, y Circunscripción IV - Parcelas 372 y 422, con una superficie total de TRES
MIL OCHENTA Y CUATRO HECTAREAS, CUARENTA Y OCHO AREAS Y SESENTA
Y DOS CENTIAREAS 3.084 has. 48 as. 62
cas.; II parte de las Parcelas 189, 130 y las Chacras 27, 28, 29, 30, 32, 33, 34, 35, 36, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 56, 66 y 67, y parte de las Chacras 39, 52, 53, 57, 68, 76, 77, 78
todas del sector Este y parte de las Chacras 34 y 44 del sector Oeste, hoy identificadas respectivamente, conforme Planos de Mensura, Unificación y Subdivisión 2-9-94 y 2-201, como Circunscripción IV - Parcela 245 y Circunscripción I - Sección D - Parcelas 62, 64, 67, 68, 70, 76, 83 y Circunscripción I Sección C - Parcela 65, con una superficie total de TRES MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS
HECTAREAS, NOVENTA Y CINCO AREAS Y
OCHENTA Y SEIS CENTIAREAS 3.222 has.
95 as. 86 ca., a favor del Señor Eduardo José MEICHTRY D.N.I. Nº11.540.537, en los términos del Artículo 12 inciso b del Decreto Nº 407/91 sustituido por el Artículo 5 de su similar Nº2.137/91 y por aplicación de la Ley Nº 22.423 y su modificatoria, tendiente a la cesión a favor de la Provincia del CHACO, del inmueble ubicado en el Departamento BERMEJO de dicha Provincia, identificado en proyecto de Plano de Mensura, Unificación y Subdivisión 2 - 25 - 11, que como ANEXO
se acompaña a la presente, como Parcela 118, con una superficie de DOS HECTAREAS
CUARENTA Y UN AREAS Y TREINTA Y UN
CENTIAREAS 2 has. 41 as. 31 cas..
Art. 2 Dése intervención a la AGENCIA
DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para que en el marco de sus competencias proceda a instrumentar dichas escrituras en los términos del artículo precedente.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Jorge M. Capitanich.
Axel Kicillof.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA www.boletinoficial.gov.ar y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decisión Administrativa 709/2014
Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Integración Nacional.

Bs. As., 3/9/2014
VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM:
0027811/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y la Ley Nº26.895, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS Nº48 del 30
de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 19 de junio de 2014, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y D. Ezequiel Román DONDA
D.N.I. Nº30.880.886, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002.
Que por el artículo 9 del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.
Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9 del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO SINEP, aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.
Que el agente propuesto no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo precedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares del mismo, estos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación del mismo como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I del Decreto Nº1421/02.
Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Decreto Nº601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto Nº491
del 12 de marzo de 2002, adjuntando la documentación pertinente.
Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de julio de 2014, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.962

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente medida será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos Presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº26.895.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA
DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida, se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL, del último párrafo del artículo 9 del Anexo I del Decreto Nº1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y del Decreto Nº577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Dase por aprobado, con efectos al 1 de julio de 2014 y hasta el 31 de diciem-

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bre de 2014, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la SECRETARIA
DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS y D. Ezequiel Román DONDA D.N.I. Nº 30.880.886, para desempeñar funciones de Asesor en la citada Secretaría equiparado al Nivel B - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
SINEP, aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9
del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421 del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Nº48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.
Art. 2 Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1 de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Jorge M. Capitanich.
Aníbal F. Randazzo.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 710/2014
Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa.

Bs. As., 3/9/2014
VISTO el Expediente NºCUDAP: EXP-JGM: 0027287/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, reglamentada por el Decreto Nº1421 del 8 de agosto de 2002 y la Ley Nº26.895, los Decretos Nros. 577
del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS Nº48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 30 de mayo de 2014, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Gabriela Stella Maris ROMERO D.N.I. Nº23.626.857, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421
del 8 de agosto de 2002.
Que por el artículo 9 del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.
Que la agente involucrada en la presente medida se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9 del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Decreto Nº2098
del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C diversas exigencias.
Que la agente propuesta no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo precedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares de la misma, estos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación de la misma como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9 del Anexo I del Decreto Nº1421/02.
Que la agente involucrada en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Decreto Nº601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto Nº491 del 12 de marzo de 2002, adjuntando la documentación pertinente.
Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de junio de 2014, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos Presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/09/2014 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date05/09/2014

Page count64

Edition count9408

Première édition02/01/1989

Dernière édition26/07/2024

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