Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 3 de septiembre de 2014

BOLETIN OFICIAL Nº 32.960

POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
Decreto 1445/2014
Dase por designado el Director de Control Policial
SERVICIO EXTERIOR
Decreto 1441/2014
Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Haití..

Pág.
7

8

MINISTERIO DE EDUCACION
Decisión Administrativa 703/2014
Dase por autorizada contratación

8

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
Decisión Administrativa 704/2014
Autorízase contratación en la Dirección de Presupuesto

9

Promúlgase la Ley Nº26.965.

POR TANTO:

DECRETOS

FERIAS INTERNACIONALES
Decreto 1442/2014

RESOLUCIONES

9

ADHESIONES OFICIALES
Resolución 1002/2014-SG
Decláranse de Interés Nacional los eventos I Congreso de Derecho del Trabajo, III Congreso de Seguridad Social y XII Congreso de Derechos de Daños

10

Resolución 1006/2014-SG
Declárase de Interés Nacional el XII Congreso Internacional de Innovación Tecnológica Informática - CIITI 2014

10

PROGRAMA EMPLEO
Resolución 2115/2014-SE
Resolución Nº2.636/2012. Modificación

11

Exímese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a los productos originarios y procedentes de los países participantes en la 32 Feria Internacional de Artesanías.
Bs. As., 28/8/2014

AVISOS OFICIALES
13
42

ASOCIACIONES SINDICALES
Estatutos

42

45

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

Decreto 1417/2014

Téngase por Ley de la Nación Nº26.965 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M.
Capitanich. Héctor M. Timerman.

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 702/2014
Contratación en la Subsecretaría de Agregado de Valor y Nuevas Tecnologías

Nuevos
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CONMEMORACIONES

Bs. As., 21/8/2014

7

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

EMERGENCIA AGROPECUARIA
Resolución 585/2014-MAGP
Dase por declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Santa Fe

2

CONMEMORACIONES
Ley 26.965
Reconocimiento a Fray Mamerto Esquiú.
Sancionada: Agosto 6 de 2014
Promulgada: Agosto 21 de 2014

VISTO el Expediente Nº S01:0208267/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, y CONSIDERANDO:
Que la firma MODUS S.A. - C.U.I.T.
Nº30-70795680-8, solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los productos artesanales elaborados en: cerámica, cuero, madera, metal, metales nobles, así como también los artículos de joyería, cuchillería, piedra, papel, textiles, tejidos de malla, indumentaria, cestería, instrumentos musicales, vidrio, modelismo, juegos y demás artesanías, originarios y procedentes de los países participantes en la 32 FERIA INTERNACIONAL
DE ARTESANIAS, realizada en el Predio Ferial de la Ciudad de Córdoba sito en la calle Carcano s/n - Boulevard Chateau Carreras, Provincia de CORDOBA REPUBLICA
ARGENTINA, del 10 al 20 de abril de 2014.
Que la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes.
Que los productos artesanales elaborados en: cerámica, cuero, madera, metal, metales nobles, así como también los artículos de joyería, cuchillería, piedra, papel, textiles, tejidos de malla, indumentaria, cestería, instrumentos musicales, vidrio, modelismo, juegos y demás artesanías, se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados, durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB
de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO
MIL U$S5.000, por país participante.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:

Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7, inciso d de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº19.549.

ARTICULO 1 Reconózcase a Fray Mamerto Esquiú como una de las personalidades sobresalientes del Bicentenario de la Patria.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5, inciso s de la Ley Nº20.545 incorporado por la Ley Nº21.450 y mantenido por el Artículo 4 de la Ley Nº22.792.

ARTICULO 2 Dispóngase que el Congreso de la Nación coloque una placa conmemorativa en el templete que alberga la casa natal de Fray Mamerto Esquiú, donde exprese el reconocimiento mencionado en el artículo 1, conforme las disposiciones del decreto reglamentario 84.005/41 de la ley 12.665.
ARTICULO 3 Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS
SEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
REGISTRADO BAJO EL Nº26.965
JULIAN A. DOMINGUEZ. Juan H. Estrada. Lucas Chedrese. Gerardo Zamora.

Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Exímese del pago del derecho de importación, del Impuesto al Valor Agrega-

do, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los productos artesanales elaborados en: cerámica, cuero, madera, metal, metales nobles, así como también los artículos de joyería, cuchillería, piedra, papel, textiles, tejidos de malla, indumentaria, cestería, instrumentos musicales, vidrio, modelismo, juegos y demás artesanías, originarios y procedentes de los países participantes en la 32 FERIA INTERNACIONAL DE ARTESANIAS, realizada en el Predio Ferial de la Ciudad de Córdoba sito en la calle Carcano s/n - Boulevard Chateau Carreras, Provincia de CORDOBA REPUBLICA
ARGENTINA, del 10 al 20 de abril de 2014, para su exhibición, obsequio y/o venta en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO
MIL U$S5.000 por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.
Art. 2 Instrúyese a la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a que practique los controles pertinentes en la Feria referenciada, con el objeto de que la mercadería ingresada con los beneficios establecidos en el Artículo 1 del presente decreto, sea destinada exclusivamente a los fines propuestos por la Ley Nº20.545.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Jorge M. Capitanich. Axel Kicillof.

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decreto 1440/2014
Dase por prorrogada designación en la Dirección Nacional de Articulación Regional.

Bs. As., 28/8/2014
VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM:
0012513/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº26.895, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 1952 del 15 de octubre de 2012 y 1861 del 15 de noviembre de 2013 y lo solicitado por la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.
Que mediante el Decreto Nº 1952 del 15
de octubre de 2012 se designó con carácter transitorio por el término de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles a la agente Da. Beatriz Amelia MUGA como Coordinadora de Agencias Regionales de la DIRECCION NACIONAL DE ARTICULACION

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/2014 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date03/09/2014

Page count60

Edition count9387

Première édition02/01/1989

Dernière édition05/07/2024

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