Boletín Oficial de la República Argentina del 01/09/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Martes 1 de setiembre de 2009

Primera Sección

Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos
25

BOLETIN OFICIAL Nº 31.727

El equipo quirúrgico deberá informar sus antecedentes en cirugía bariátrica, detallando número de intervenciones realizadas en banda gástrica ajustable y en by pass gástrico, especificando lugar y fecha de las mismas.

MINISTERIO DE SALUD

Ante cualquier duda, consultar a la Dirección Nacional de Regulación Sanitaria y Calidad en Servicios de Salud. Ministerio de Salud. Piso 7. Te: 011-4379-9022

Resolución 11/2009
Créase el Registro de Establecimientos de Cirugía Bariátrica. Requisitos para la inscripción.
Bs. As., 25/8/2009
VISTO el Expediente 2002-12977-09-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley Nº26.396, y la Resolución del Ministerial Nº742 del 21 de mayo de 2009, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº26.396 se declara de interés nacional la prevención y control de los trastornos alimentarios, que comprenderá la investigación de sus agentes causales, el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades vinculadas, asistencia integral y rehabilitación, incluyendo la de sus patologías derivadas, y las medidas tendientes a evitar su propagación.
Que por Resolución Ministerial Nº742 del 21 de mayo de 2009 se aprueban e incorporan al PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO el conjunto de prestaciones básicas esenciales para la cobertura de la obesidad.
Que el artículo 2º de la norma citada en el párrafo precedente establece la obligatoriedad de la inscripción de todos aquellos establecimientos de salud que quieran realizar procedimientos quirúrgicos vinculados al tratamiento de la obesidad, en la DIRECCION NACIONAL
DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD del MINISTERIO
DE SALUD.
Que la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE
SALUD es la encargada de establecer los requisitos para la inscripción de los establecimientos de salud mencionados.
Que la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION y la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD
han prestado su conformidad respecto de la medida que se propicia.

ANEXO II
FORMULARIO DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS DE CIRUGIA
BARIATRICA
Nombre del Establecimiento:
Domicilio: Calle

Localidad:

Código Postal:

Departamento:
Provincia:
Teléfono:
Fax:
E-Mail:
Nombre y Apellido del Director:
Profesión del Director:
Número de Matrícula
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Ministerio o Colegio de Ley que otorgó matrícula:

Que en uso de las facultades conferidas en el Decreto Nº1343 del 4 de octubre de 2007.

Dependencia Administrativa del establecimiento marque con una cruz alguna de estas categorías:
NACIONAL
PROVINCIAL

Por ello, EL SECRETARIO
DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS
RESUELVE:

MUNICIPAL
PRIVADO

Artículo 1º Créase el REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS DE CIRUGIA BARIATRICA, en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS
DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD.

FFAA

Art. 2º Apruébase los requisitos para la inscripción de Establecimientos de Cirugía Bariátrica que como ANEXO I forma parte de la presente Resolución.

MUTUAL

UNIVERSITARIO
OBRA SOCIAL
OTRO

Art. 3º Apruébase el formulario de Inscripción de Establecimientos de Cirugía Bariátrica que como ANEXO II forma parte de la presente Resolución.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Fernando Avellaneda.
ANEXO I
REQUISITOS DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE
ESTABLECIMIENTOS DE CIRUGIA BARIATRICA
Nota de solicitud de incorporación en el Registro dirigida a la DIRECCION NACIONAL DE REGULACION SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD.
Formulario de inscripción aprobado en el Anexo II de la presente Resolución.
Certificación de habilitación del Establecimiento realizado por autoridad competente, de acuerdo a la normativa vigente en la jurisdicción respectiva.
Evaluación del establecimiento de acuerdo a las grillas de habilitación categorizante aprobadas por Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº1262/06. Dicha evaluación deberá ser certificada por la autoridad competente que efectuó la habilitación.
Las grillas mencionadas en el inciso precedente deberán detallar en el ítem observaciones las adecuaciones de camas de internación simple o críticas, de camillas y otros medios de traslado, de quirófanos y espacios comunes que garanticen confort y calidad prestacional a los pacientes con sobrepeso. Dicha evaluación deberá ser certificada por la autoridad competente que efectuó la habilitación.
Listado del Equipo quirúrgico RRHH que efectuará las intervenciones. Debiendo comunicar de cada uno de los profesionales del equipo quirúrgico la siguiente información, a saber:
Apellido y Nombre Profesión Matrícula profesional Institución que otorgó matrícula.
Especialidad si la tiene certificada por autoridad competente, es decir por aquella Institución que le otorgó la matrícula respectiva.
Funciones en el equipo quirúrgico.

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
PRESUPUESTO

desconcentrada en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS atento las tareas centrales y de base del Organismo.

Resolución 134/2009

Que ello torna urgente toda gestión vinculada a su presupuesto.

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009 en la parte correspondiente al Instituto Nacional de Estadística y Censos.
Bs. As., 26/8/2009
VISTO el Expediente Nº S01:344227/2009 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS, la Ley Nº26.422
de Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2009, instrumentado por la Decisión Administrativa Nº2 del 9 de enero de 2009, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2009.
Que por la Decisión Administrativa Nº2 del 9 de enero de 2009, se realizó la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional.
Que resulta necesario realizar una modificación presupuestaria por compensación de créditos en cumplimiento de las tareas post censales del INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS, administración
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el inciso a del apartado I de la Planilla Anexa al Artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº2 del 9 de enero de 2009.
Por ello, EL MINISTRO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, en la parte correspondiente a la ENTIDAD 321 - INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA Y CENSOS, administración desconcentrada en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS por compensación entre Programas, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Amado Boudou.
NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 01/09/2009 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date01/09/2009

Page count36

Edition count9394

Première édition02/01/1989

Dernière édition12/07/2024

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