Boletín Oficial de la República Argentina del 13/01/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 13 de enero de 2009

Viamonte 430 - P.B
5. FIRMA Y SELLO ACLARATORIO DEL FUNCIONARIO REQUIRIENTE:
6. FECHA DE RECEPCION EN LA D.N.R.O.

e. 13/01/2009 Nº1405/09 v. 13/01/2009

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR

BOLETIN OFICIAL Nº 31.571

33

ARTICULO 2º Reafirmar que en el segundo semestre del año 2009 se proceda a la evaluación del mantenimiento del reconocimiento mencionado en el Artículo 1º de la presente y en el Artículo 3º de la Disposición Nº859, de fecha 7 de noviembre de 2008, de esta Dirección Nacional de Comercio Interior, a cargo del área respectiva, con intervención del Comité de Evaluación de Organismos de Certificación.
ARTICULO 3º Establecer que es condición suficiente para mantener el reconocimiento citado en el Artículo 1º, que el resultado de la evaluación de mantenimiento de reconocimiento ordenada en el Artículo precedente, permita verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las Resoluciones ex S.I.C. y M. Nros. 123/99 y 431/99.
ARTICULO 4º La presente Disposición comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 5º Notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Prof. FERNANDO A. CARRO, A/C Dirección Nacional de Comercio Interior, Res. S.L.
y A. Nº28/2007.
e. 13/01/2009 Nº931/09 v. 13/01/2009

Disposición Nº953/2008
Bs. As., 30/12/2008
VISTO el Expediente NºS01:0503652/2008 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y
AVISOS OFICIALES
Anteriores
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 319, de fecha 14 de mayo de 1999, de la ex SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, establece la obligatoriedad de la certificación de la veracidad de la información suministrada en la etiqueta y ficha respectivas, correspondientes a los aparatos eléctricos de uso doméstico que se enumeran en el artículo 2º de la citada Resolución y que se comercializan en el país, en lo referente al rendimiento o eficiencia energética, la emisión de ruido y las demás características asociadas.
Que la Disposición Nº859, de fecha 7 de noviembre de 2008, de esta Dirección Nacional de Comercio Interior dependiente de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, estableció las modalidades y fechas de entrada en vigencia de las etapas referidas a la obligación de obtener la certificación y de colocación de la etiqueta de eficiencia energética correspondiente, sobre los productos eléctricos definidos como acondicionadores de aire.
Que es intención de la Autoridad de Aplicación buscar las formas adecuadas y eficientes para encauzar la aplicación de la reglamentación técnica contemplada en la disposición antes mencionada, teniendo en cuenta su real y efectiva posibilidad de implementación.
Que resulta conveniente contar con una adecuada oferta de Organismos de Certificación, necesarios para el desarrollo de la operatoria de un régimen de certificación obligatoria, adecuando nuevos plazos que posibiliten este objetivo.
Que según lo establecido por la Disposición Nº859, de fecha 7 de noviembre de 2008, de la Dirección Nacional de Comercio Interior dependiente de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, TV RHEINLAND ARGENTINA S.A. se encuentra reconocido como Organismo de Certificación para actuar en el Régimen de Certificación Obligatoria de Etiquetado de Eficiencia Energética para Productos Eléctricos de Equipos de Aire Acondicionado.
Que para la ratificación del citado reconocimiento, TV RHEINLAND ARGENTINA S.A. debía cumplimentar con lo establecido en los incisos a y e del Artículo 2º de la Resolución Nº431, de fecha 28 de junio de 1999, de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que TV RHEINLAND ARGENTINA S.A. ha presentado la documentación necesaria para confirmar el cumplimiento de lo señalado en el considerando anterior, habiendo sido evaluada la misma favorablemente por esta Dirección Nacional de Comercio Interior.
Que a los efectos de validar definitivamente dicho reconocimiento, TV RHEINLAND
ARGENTINA S.A. deberá ser objeto, antes de la finalización de la vigencia del reconocimiento concedido, de un proceso de evaluación de mantenimiento de reconocimiento a cargo de la Autoridad de Aplicación, con intervención del Comité de Evaluación de Organismos de Certificación, establecido por las Resoluciones Nº 123, de fecha 3 de marzo de 1999 y Nº 431, de fecha 28
de junio de 1999, ambas de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, en el que se analice el cumplimiento de la norma IRAM 352:1998 ISO 65:1996 y del inciso c del Artículo 2º de la Resolución ex S.I.C. y M. Nº431/99.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y la Pequeña y Mediana Empresa ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto por los artículos 1º y 2º de la Resolución ex S.I.C. y M. Nº123/99 y 6º de la Resolución ex S.I.C. y M. Nº431/99, y el anexo I al Artículo 1º del Decreto Nº2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, y la Resolución S.L. y A. Nº28 de fecha 4 de septiembre de 2007.

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
Bs. As., 14/10/2008
La Dirección de Asuntos Judiciales de la Dirección General Técnica Jurídica de la Dirección Nacional de Migraciones, sito en Av. Antártida Argentina Nº1355, Edificio 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica a los sumariados Marcelo MAGALLANES, Héctor Fabián BELLEI y Guido Santos NATALE, lo dispuesto en el Expediente CUDAP Nº3453/2007, que en su parte pertinente dice: Buenos Aires, 27 de agosto de 2008 VISTO lo actuado en el expediente de referencia y habiéndose constatado prima facie la comisión de hechos que puedan significar infracción a las disposiciones del artículo 55 y siguientes de la Ley 25.871, INSTRUYASE sumario de faltas Art. 111 y sgtes. del citado Reglamento de Migración aprobado por Dto. 1023/94 a Marcelo Magallanes, Héctor Fabián Bellei y Guido Santos Natale, con domicilio en la calle Colón Nº283 de Punta Alta, Partido de Coronel Rosales, Prov. de Buenos Aires. Córrase vista en los términos del artículo 115 del Reglamento de Migración aprobado por Decreto 1023/94.- Buenos Aires, 14 de octubre de 2008 se ordena la publicación de edictos, en el Boletín Oficial de la República Argentina, en la forma de estilo.
Dr. Eduardo Fiorani, Director de Asuntos Judiciales, Dirección General Técnica Jurídica, Dirección Nacional de Migraciones.
Publíquese por tres días en el Boletín Oficial.
Dr. ADOLFO EDUARDO NALDINI, Subdirector Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior.
e. 09/01/2009 Nº581/09 v. 13/01/2009

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
Bs. As., 19/9/2008
La Dirección de Asuntos Judiciales de la Dirección General Técnica Jurídica de la Dirección Nacional de Migraciones, sito en Av. Antártida Argentina Nº1355, Edificio 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica al sumariado Lin YUN QUAN, la Resolución Nº1110/06 dictada en el Expediente CUDAP Nº329/2006 NºOriginal: 202874/03, que en su parte pertinente dice: Buenos Aires, 23 de junio de 2006 EL MINISTRO DEL INTERIOR RESUELVE: ARTICULO 1º Recházase el recurso de alzada interpuesto por el señor Lin YUN QUAN contra la Disposición Nº17.522
del 11 de mayo de 2005 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de este Ministerio Cdor. Aníbal D. Fernández, MINISTRO
DEL INTERIOR.
Buenos Aires, 19 de septiembre de 2008 se ordena la publicación de edictos, en el Boletín Oficial de la República Argentina, en la forma de estilo. Dr. Eduardo Fiorani, Director de Asuntos Judiciales, Dirección General Técnica Jurídica, Dirección Nacional de Migraciones.
Publíquese por tres días en el Boletín Oficial.
Dr. ADOLFO EDUARDO NALDINI, Subdirector Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior.
e. 09/01/2009 Nº582/09 v. 13/01/2009

Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL
DE COMERCIO INTERIOR
DISPONE:
ARTICULO 1º Notificar a TV RHEINLAND ARGENTINA S.A. que le ha sido otorgado el reconocimiento como Organismo de Certificación para la aplicación de la Disposición Nº 859, de fecha de de 2008, de esta Dirección Nacional de Comercio Interior, dependiente de la SECRETARIA
DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION - Régimen de Certificación Obligatoria de Etiquetado de Eficiencia Energética de equipos de Aire Acondicionado hasta el 31 de diciembre de 2009, al haberse verificado el cumplimiento de los incisos a y e del Artículo 2º de la Resolución Nº431, de fecha 28 de junio de 1999 de la ex SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS.

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
Bs. As., 19/9/2008
El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la Dirección General Técnica Jurídica de la Dirección Nacional de Migraciones, sito en Avda. Antártida Argentina 1355, Edificio 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica a los sumariados Constantino Bernabé QUISPE y Fabio Bernabé Quispe, la providencia de fojas 24, dictada en el Expediente CUDAP
Nº1643/2007, que en su parte pertinente dice: Buenos Aires, 3 de julio de 2007. VISTO lo actuado en el expediente de referencia y habiéndose constatado prima facie la comisión de hechos que puedan significar infracción a las disposiciones del artículo 55 de la Ley 25.871, INSTRUYASE sumario de faltas art. 111 y sgtes. del citado Reglamento de Migración aprobado por Dto.
1023/94 a CONSTANTINO BERNABE QUISPE con domicilio constituido en Artigas Nº2520 y a FABIO BERNABE QUISPE con domicilio constituido en Artigas Nº2520 de la Ciudad Autónoma

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/01/2009 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date13/01/2009

Page count36

Edition count9400

Première édition02/01/1989

Dernière édition18/07/2024

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