Boletín Oficial de la República Argentina del 13/01/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 13 de enero de 2009

de Buenos Aires. Córrase vista en los términos del art. 115 del Reglamento de Migración aprobado por Decreto 1023/94 Dra. MARIA FLORENCIA ELGASSI, DPTO. ASUNTOS JUDICIALES, DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.
Publíquese por tres días en el Boletín Oficial.
Dr. ADOLFO EDUARDO NALDINI, Subdirector Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior.
e. 09/01/2009 Nº584/09 v. 13/01/2009

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Nº680/2008
ACTA Nº1027

BOLETIN OFICIAL Nº 31.571

34

CATAMARCA Matrícula Nº78 Prov. de Catamarca Exp. 4861/05, 10. SOCIEDAD GREMIAL Y
DE SOCORROS MUTUOS DEL PERSONAL DE RIEGO SISTEMA DE LA CUARTEADA Matrícula Nº20 de la Prov. de Santiago del Estero Exp. 4628/04, De acuerdo a las normas en vigor se acuerda el plazo de DIEZ 10 días, con más los plazos ampliatorios que por derecho corresponden en razón de la distancia, para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal, para que presenten su descargo y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho Artículo 1º inciso f de la Ley 19.549 que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberán constituir domicilio en legal forma bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de sus representantes legales Artículos 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario Nº1759/72 T.O. 1991. Se hace saber a las autoridades del Consejo Directivo y a la Junta Fiscalizadora que, de no ser desvirtuadas las mentadas imputaciones de las resoluciones mencionadas, podría recaer sobre las mismas la medida prescripta en el Art. 35 inciso b de la Ley 20.321, consistente en la inhabilitación temporal o permanente, para desempeñarse en los órganos establecidos por los estatutos, a las personas responsables de las infracciones. El presente deberá publicarse por TRES 3 días en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 42 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 T.0 1991.- Fdo-. Dra. LILIANA E.
BORTOLOTTI, Abogada, Instructora Sumariante.
e. 12/01/2009 Nº1037/09 v. 14/01/2009

Expediente Nº26.514/08
Bs. As., 23/12/2008

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.
Otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la ampliación a la capacidad de transporte a TRANSENER S.A. de la solicitud efectuada por el CAF consistente en la construcción de la E.T DOLAVON que se efectuará mediante el seccionamiento de la línea de 500 kV PUERTO
MADRYN SANTA CRUZ NORTE a la altura de la estructura 208, aproximadamente a 106 Km. de la E.T. PUERTO MADRYN y a 446 Km. de la E.T. SANTA CRUZ NORTE; CUATRO 4 campos de 500 kV que estarán destinados a vincular las salidas a la E.T. PUERTO MADRYN, a la E.T. SANTA
CRUZ NORTE, al transformador Nº1 de la CENTRAL TERMICA DOLAVON y al transformador Nº2
de la CENTRAL TERMICA DOLAVON; en la instalación de SIETE 7 reactores monofásicos, SEIS
6 de los cuales conformarán DOS 2 bancos trifásicos de 120 MVAr cada uno ubicados en la salida de la línea SANTA CRUZ NORTE y el séptimo quedará de reserva; y en la instalación de UN 1
reactor de 80 MVAr en la E.T PUERTO MADRYN con reactor de neutro de 2000 ohm y una fase de reserva, para el tramo de línea de 500 kV PUERTO MADRYN DOLAVON, provincia de CHUBUT.
2. Establecer que TRANSENER S.A. será la responsable de la operación y mantenimiento de la E.T. DOLAVON, y que la remuneración que percibirá TRANSENER S.A. por las instalaciones involucradas en la Ampliación será la establecida en su Contrato de Concesión para instalaciones de iguales características. 3. Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones que obra de fojas 446 a 1647
para la Ampliación referida en el ARTICULO 1 de la presente y las circulares 1 a 18 que obran de fojas 1735 a 1785 y de fojas 1833 a 1932 cuyas copias obran como ANEXO a la presente Resolución.4.Notifíquese al GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CHUBUT; al COMITE DE ADMINISTRACION
DEL FONDO FIDUICIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL, a TRANSENER S.A., a la SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION, a CAMMESA, a INTEGRACION ELECTRICA
SUR ARGENTINA S.A., a INGENTIS S.A., a las Comisiones de Usuarios Residenciales y a las Asociaciones de Usuarios debidamente registradas en el RNCA, y en soporte magnético el ANEXO
a la misma. Firmado: JORGE DANIEL BELENDA, Vocal Tercero. EDUARDO O. CAMAÑO, Vocal Segundo. MARCELO BALDOMIR KIENER, Vocal Primero. LUIS BARLETTA, Vicepresidente.
MARIO H. DE CASAS, Presidente.
El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero Nº1020 10º piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30
e. 12/01/2009 Nº981/09 v. 13/01/2009

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, notifica que en mérito a lo establecido por Resoluciones del Directorio del I.N.A.E.S. se ha resuelto instruir sumario a la siguiente entidad MUTUAL SOCIAL Y CULTURAL
GENERAL RODRIGUEZ, Matrícula NºB.A. 2244, Expediente Nº1483/08.
Asimismo se notifica que la suscripta ha sido designada instructora sumariante de acuerdo a la Providencia 4206/08 de la Secretaria de Contralor.
De acuerdo a las normas en vigor se acuerda el plazo de DIEZ 10 días, con más los plazos ampliatorios que por derecho corresponden en razón de la distancia, para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal, para que presenten su descargo y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho Artículo 1º inciso f de la Ley 19.549 que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberán constituir domicilio en legal forma bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de sus representantes legales Artículos 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario Nº1759/72 T.O. 1991. Se hace saber a las autoridades del Consejo Directivo y a la Junta Fiscalizadora que, de no ser desvirtuadas las mentadas imputaciones de las resoluciones mencionadas, podría recaer sobre las mismas la medida prescripta en el Art. 35 inciso b de la Ley 20.321, consistente en la inhabilitación temporal o permanente, para desempeñarse en los órganos establecidos por los estatutos, a las personas responsables de las infracciones. El presente deberá publicarse por TRES 3 días en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 42 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 T.O 1991. Fdo.: Dra. LILIANA E.
BORTOLOTTI, Instructora Sumariante.
Dra. LILIANA E. BORTOLOTTI, Abogada, Instructora Sumariante - INAES.
e. 12/01/2009 Nº1038/09 v. 14/01/2009

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
La Prefectura Naval Argentina notifica a KARAMI S.A. y a toda persona física o jurídica con interés legítimo en la Chata TOSCA 178 amarrada altura Avda. Pedro de Mendoza 3490 Puerto de Buenos Aires, que acorde Disposición DJPM,DV1 Nº96/2008 deberán proceder a su extracción, remoción, traslado a lugar autorizado o desguace dentro plazo CUARENTA 40 días corridos contados partir publicación presente Edicto, debiendo informar inicio de trabajos a Prefectura Boca del Riachuelo. Vencido plazo otorgado se procederá acorde previsiones artículo 17 bis Ley 20.094
asistiéndole derecho de abandono a favor del Estado Nacional Prefectura Naval Argentina de conformidad con lo normado en el artículo 19 del citado texto legal. Firmado: OSCAR ADOLFO
ARCE, Prefecto General, Prefecto Nacional Naval.
ARIEL ENRIQUE MENDIETA, Subprefecto.

e. 12/01/2009 Nº1033/09 v. 14/01/2009

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, notifica que en mérito a lo establecido por Resoluciones del Directorio del I.N.A.E.S. se ha resuelto instruir sumario a las siguientes entidades:
1. CAJA DE AYUDA MUTUA LA CONFRATERNIDAD FERROVIARIA Matrícula 1007, Exp. 1884/02, 2.- CAJA MUTUAL FORENSE Matrícula 512 de la Prov. de Buenos Aires, Exp.
1555/00, 3. ASOCIACION MUTUAL SANNITAS Matricula Nº 2505 de Capital Federal Exp.
2069/08, 4. MUTUAL DEL SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES
DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA Matrícula Nº 79 de la Provincia de Chubut Exp.
1019/06, 5. ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR
M.E.T.A., Matricula Nº2149 Prov. de Buenos Aires, Exp.700/08, 6. ASOCIACION MUTUAL DE
JUBILADOS, RETIRADOS Y PENSIONADOS DE BARRANQUERAS, Matrícula Nº 64 Prov. de Chubut Exp, 2302/02, 7. MUTUAL DE SERVICIOS SOCIALES Y AYUDA MUTUA MONSEÑOR
DIEGO Matrícula Nº100 Prov. de Salta Exp. 961/02. 8. SOCIEDAD DE SOCORROS MUTUOS
PERSONAL DEL ESTABLECIMIENTO MOLINOS RIO DE LA PLATA Matrícula Nº 1030 Prov.
de Córdoba Exp. 9867/00, 9.- ASOCIACION MUTUAL DEL DEPORTE Y RECREACION DE

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av.
Belgrano Nº1656, notifica que en mérito a lo establecido por Resoluciones del Directorio del I.N.A.E.S.
se ha resuelto instruir sumario a la siguiente entidad SOCIEDAD COSMOPOLITA DE SOCORROS
MUTUOS LA HONRADEZ matrícula NºB.A 27, expediente Nº2693/2002.
De acuerdo a las normas en vigor se acuerda el plazo de DIEZ 10 días, con más los plazos ampliatorios que por derecho corresponden en razón de la distancia, para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal, para que presenten su descargo y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho Artículo 1º inciso f de la Ley 19.549 que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberán constituir domicilio en legal forma bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representantes legales Artículos 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario Nº1759/72 T.O. 1991. Se hace saber a las autoridades del Consejo Directivo y a la Junta Fiscalizadora que, de no ser desvirtuadas las mentadas imputaciones de las resoluciones mencionadas, podría recaer sobre las mismas la medida prescripta en el Art. 35 inciso b de la Ley 20.321, consistente en la inhabilitación temporal o permanente, para desempeñarse en los órganos establecidos por los estatutos, a las personas responsables de las infracciones. El presente deberá publicarse por TRES 3 días en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 42 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 t.o. 1991. Fdo. Dra. LILIANA E.
BORTOLOTTI, Instructora Sumariante.
Dra. LILIANA E. BORTOLOTTI, Abogada, Instructora Sumariante - INAES.
e. 12/01/2009 Nº1039/09 v. 14/01/2009

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, notifica que en mérito a lo establecido por Resoluciones del Directorio del I.N.A.E.S. se ha resuelto declarar la cuestión de puro derecho en el sumario, a la siguiente entidad LEV ASOCIACION MUTUAL expediente 6163/04 matrícula B.A. 1892.
Dispongo: Artículo 1º: Dásele por decaído el derecho dejado de usar, para presentar el descargo y ofrecer prueba en los términos del Artículo 1º inciso e apartado 8º del Decreto - Ley 19.549
T.O.1.991.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/01/2009 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date13/01/2009

Page count36

Edition count9389

Première édition02/01/1989

Dernière édition07/07/2024

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