Boletín Oficial de la República Argentina del 30/11/2007 - Primera Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 30 de noviembre de 2007

BOLETIN OFICIAL Nº 31.293

56

a El personal enrolado en las lanchas de amarre a Terminales Petroleras Monoboyas, gozarán de cero coma cincuenta 0,50 día de franco de franco compensatorio por cada día de enrolamiento.

Los valores consignados están expresados en dólares estadounidenses y podrán ser liquidados en pesos al valor del tipo de cambio vendedor Banco Nación del día anterior al de su efectivo pago.

b El personal enrolado en buques supplies gozarán de cero coma ochenta 0,80 día de franco,compensatorio por cada día de enrolamiento.

ANEXO V
TAREAS DE ENROLE

ARTICULO 9º - Valor Diario de los Francos Compensatorios: El valor diario de los Francos Compensatorios será el noventa por ciento 90% del monto que surja de dividir por treinta 30 la suma de Sueldo Básico, más el Plus Operativo, más Bonificación por Antigedad, más Adicional por Buque Supply clase B, más la bonificación por Costa Afuera, según corresponda.
ARTICULO 10º - Exclusión: Los buques tipo Supply o remolcadores afectados a tareas que no se encuentren vinculadas con la actividad costa afuera off shore, ya sea en el ámbito marítimo, portuario o fluvial, quedan expresamente excluidos del presente régimen; debiendo regirse por las disposiciones convencionales específicas que hayan acordado las partes para la actividad correspondiente.
ARTICULO 11º: Víveres: El personal afectados a las Lanchas de Amarre y a las bases la Empresa proveerá los víveres de buena calidad, quienes se harán cargo de la elaboración todas las comidas necesarias para su alimentación.
ARTICULO 12º: Viáticos: La Empresa se hará cargo del pago del pasaje en transporte público de pasajeros colectivo de línea que comprenda el trayecto directo desde el domicilio del tripulante Comodoro Rivadavia o Caleta Olivia a las bases y viceversa. El reintegro de dicho pasaje, se hará contra presentación de los pasajes respectivos que no podrán ser más de dos por día de trabajo efectivo ida y vuelta abonándose en forma mensual vencida, conjuntamente con los salarios. El reintegro de los pasajes tendrá carácter NO REMUNERATIVO, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 106 in fine de la LCT.

La nómina de tareas de enrole que a continuación se mencionan es enunciativa y a sólo título indicativo;
la presente no excluye todas aquellas tareas que, por uso y costumbre, realiza el personal de maestranza y marinería como normales y habituales a bordo de los buques pertenecientes a las empresas asociadas a la Cámara de Armadores de Buques y Barcazas Tanque y Embarcaciones de Apoyo CABBTA.
a PERSONAL DE CUBIERTA: Manejo, conservación y custodia del material naval de dotación fija y de consumo; inspección y conservación de pañoles, amarras, equipos de maniobra, maniobras de amarre, desamarre y fondeo, preparado de maniobras de conexión y desconexión de mangueras, para carga y descarga, embarques y trasvase de agua, embarque de víveres.
b PERSONAL DE MAQUINA
1º CABO-ENGRASADORES Limpieza y conservación de accesorios y repuestos; inspección, limpieza y conservación de locales y pañoles de máquinas y alojamientos personales. Custodia de los artículos de dotación fija y consumo. Tareas de mantenimiento preventivo de las máquinas del cargo, cambio de empaquetaduras, limpieza de filtros y purificadoras, limpieza y achique de sentinas, embarque y trasvase de combustibles y lubricantes, mantenimiento de los sistemas de bombas y equipos mecánicos pertenecientes al cargo, embarque de víveres.
b.2 BOMBEROS: Cuando el buque realice operaciones de carga y descarga este personal depende directamente del Primer Oficial de cubierta o quien lo represente. No existiendo dichas operaciones, dependerá del departamento de máquinas.

ESCALA SALARIAL PERSONAL LANCHAS DE AMARRE
1 Son los encargados de las bombas en general que corresponden a sus compartimientos. Deberán conocer perfectamente el manejo de las mismas y ponerlas en movimiento cada vez que sea necesario.
2 Deberán mantener en perfecto estado de conservación e higiene el cuarto de bombas, como así también las máquinas a su cuidado. Es deber de los bomberos comunicar de inmediato cualquier anormalidad al Oficial de máquina que corresponda.
Empaquetarán las bombas a su cuidado, válvulas, juntas, tuberías, guarniciones en las tapas de tanques. Efectuarán estos trabajos siempre a las órdenes del Oficial de máquinas que esté a cargo.
3 Achicarán las sentinas del cuarto de bombas, cofferdans y bodegas, estas últimas las practicarán si las bombas a su cuidado tienen comunicaciones directas con las mismas.
4 Intervienen en la conexión y desconexión de mangueras para carga y descarga.
5 Se encargarán de las operaciones de lastre y balanceo.
ANEXO IV

Cargo
6 Cuidarán la carga y descarga, su medición, distribución y manipuleo.
7 Colaborarán con el contramaestre en el aprovisionamiento, distribución y sondajes de los tanques de agua.

DIVISAS
Divisa Países Limítrofes
Divisa Países no Limítrofes
27,20 U$S
19,39 USS
14,66 U$S
14,66 U$S
23,65 U$S
19,39 U$S
14,66 U$S
14,66 U$S
13,01 U$S
13,01 U$S
13,01 U$S
12,06 U$S
9,93 U$S
13,01 U$S
13,01 U$S
9,93 U$S
13,01 U$S
13,01 U$S
9,93 U$S

49,34 u$s 35,18 U$S
26,60 U$S
26,60 U$S
42,90 U$S
35,18 U$S
26,60 U$S
26,60 U$S
23,60 U$S
23,60 U$S
23,60 USS
21,88 U$S
18,02 U$S
23,60 U$S
23,60 U$S
18,02 U$S
23,60 U$S
23,60 U$S
18,02 U$S

b.3 MECANICO NAVAL:
Capitán 1º Oficial 2º Oficial 3º Oficial Jefe de Máquinas 1º Maquinista 2º Maquinista 3º Maquinista Electricista Contra maestre 1º Bombero 2º Bombero Marinero Cocinero 1º Mozo Mozo Mecánico 1º Cabo Engrasador
Estará disponible en su horario con todo lo referente a su categoría ej.: Recorrido de bombas de agua, combustibles y en caso de la existencia de repuestos, cambiará inyectores y demás elementos de fácil acceso y que impidan un normal funcionamiento de algún equipo. Realizará soldaduras que permitan sacar de alguna situación momentánea el compromiso de algún elemento y todo aquello que pueda ser considerado como reparaciones menores.
c PERSONAL DE CAMARA
Realizarán las tareas inherentes a sus condiciones de enrole y en particular las siguientes: Primer Mozo:
Deberá mantener en perfecto estado de higiene el pañol de ropa de cama, como así también el pañol de vajilla, mantelería, cortinados, artículos de limpieza y tocador, su distribución y administración.
Alistamiento de camarotes del capitán, jefe de máquinas, prácticos y autoridades, primer oficial de cubierta y de máquinas oficiales y pasillos de los mismos, tendrá a su cargo el libro de trabajo y horas extras del personal de cámara.
Mozo de Oficiales:

Los valores consignados están indicados en dólares estadounidenses y podrán ser liquidados en pesos al valor del tipo de cambio vendedor Banco Nación vigente al día anterior al de su efectivo pago.
ANEXO IV BIS
DIVISA LINEA PERMANENTE
CARGO
Capitán 1º Oficial 2º Oficial 3º Oficial Jefe de Máquinas 1º Maquinista 2º Maquinista 3º Maquinista Electricista Contramaestre 1º Bombero 2º Bombero Marinero Cocinero 1º Mozo Mozo Mecánico 1º Cabo Engrasador
Colaborará con el Primer Mozo en el mantenimiento de los pañoles a su cargo y en la atención de Prácticos y autoridades. Alistamiento de los camarotes de oficiales pasillos y escaleras, limpieza y armado de comedor y salones de oficiales como así también la atención de la guardia de los mismos, desayuno y merienda, limpieza de repostería.
Mozo de Maestranza:

DIVISA LINEA PERMANENTE
BIT San Martín y Ona Tridente 21,06 U$S
15,01 U$S
12,50 U$S
12,50 U$S
18,31 U$S
15,01 U$S
12,50 U$S
12,50 U$S
11,78 U$S
11,78 U$S
11,78 U$S
10,92 U$S
9,00 U$S
11,78 U$S
11,78 U$S
9,00 U$S
11,78 U$S
11,78 U$S
9,00 U$S

Colaborará con el primer mozo en el mantenimiento de pañoles, alistamiento de los camarotes de maestranza como así también los pasillos y baños, limpieza de salones y comedor, repostería de los mismos como su atención del servicio de comida y meriendas. Embarque de víveres.
Enfermero/a.
Dentro de sus atributos será la de asegurar la salud de todos los tripulantes como así también de los pasajeros si los hubiere, informará al capitán todas las novedades referentes a su especialidad, lo que ocurriera a bordo y lo asesorará en la adopción de las medidas de índole sanitarias.
PERSONAL DE COCINA:
Cocinero:
1 Confección de menúes y administrará la mercadería.
Ayudante de Cocina:
l Control de mercaderías en existencia para su reposición. Limpieza de cámaras frigoríficas, pañoles y cocina. Colaborará con el cocinero en la elaboración de los menúes, proveyéndolo de los elementos necesarios para su confección. Atenderá a la tripulación, los servicios de guardia y embarque de vivieres.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/11/2007 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date30/11/2007

Page count56

Edition count9391

Première édition02/01/1989

Dernière édition09/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Noviembre 2007>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930