Boletín Oficial de la República Argentina del 27/09/2007 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 27 de setiembre de 2007

BOLETIN OFICIAL Nº 31.248

Pág.
jeros del Area Metropolitana de Buenos Aires, Grupos de Servicios Nº4 y Nº7, Líneas General Roca y Belgrano Sur, respectivamente.

7

COMISION NACIONAL DE VALORES
General 514/2007-CNV
Modificación del Capítulo XXVI de las Normas N.T. 2001 - Autopista de la Información Financiera.

7

COMISION NACIONAL DE VALORES
General 515/2007-CNV
Modificación del Artículo 41 del Capítulo XI - Fondos Comunes de Inversión de las Normas N.T. 2001. .

7

Pág.
marca La Serenísima, fecha de vencimiento 9/OCT, elaborada por Mastellone Hnos. S.A., por tratarse de un alimento contaminado.

8

SEGURIDAD SOCIAL
General 2316-AFIP
Seguridad Social. Certificación de servicios y remuneraciones. Procedimiento para su generación vía Internet.

9

9

Nuevos

Nuevos

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28

TROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, la Resolución SGP Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, modificada por su similar 1151/06 , y CONSIDERANDO:

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PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
4230/2007-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco de la Resolución Nº9/2007 del Ministerio de Economía y Producción, por productores de trigo.

11

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 29 de marzo de 2007, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SECRETARIA DE DEPORTE de esta Jurisdicción y D. José Daniel MIRANDA ROQUE, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

12

Que el agente de que se trata ya se encontraba vinculado con la Secretaría citada mediante contrato en el marco del artículo 9º de la referida Ley Nº 25.164 aprobado por Resolución JGM Nº 13 del 25 de enero de 2007.

PRODUCCION DE GANADO BOVINO
4232/2007-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco de la Resolución Nº9/2007 del Ministerio de Economía y Producción, por productores que se dedican al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots.

12

PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
4233/2007-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco de la Resolución Nº9/2007 del Ministerio de Economía y Producción, por molinos harineros de trigo.

13

PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
4234/2007-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco de la Resolución Nº9/2007 del Ministerio de Economía y Producción, por productores de trigo.

13

PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
4235/2007-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco de la Resolución Nº9/2007 del Ministerio de Economía y Producción, por productores de trigo.

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DISPOSICIONES
GAS NATURAL
159/2007-SSC
Actualízase la Normativa para la Réplica de los Despachos de los sistemas de transporte y distribución de gas por redes.

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MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
354/2007-SSPMEDR
Emisión de órdenes de pago en concepto de bonificación a los créditos otorgados por utilización de cupos colocados, cuyo beneficiario es el Banco Central de la República Argentina.

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REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
590/2007-RNPACP
Créase la Delegación Sede Gobernador Virasoro, provincia de Corrientes.

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ESPECIALIDADES MEDICINALES
5738/2007-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso de un determinado lote del producto rotulado como Immunate 1000 U.I., vencimiento 02/2010, Lab. Baxter Immuno S.A..
PRODUCTOS ALIMENTICIOS
5752/2007-ANMAT
Prohíbese la comercialización del producto Leche Parcialmente Descremada Ultra Pasteurizada Homogeneizada, Fortificada con Vitaminas A, C, y D, libre de gluten, sin TACC, en Sachet, 1 litro,
16

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AVISOS OFICIALES

PRODUCCION AVICOLA
4229/2007-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco de la Resolución Nº9/2007 del Ministerio de Economía y Producción, por frigoríficos avícolas.

PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
4231/2007-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco de la Resolución Nº9/2007 del Ministerio de Economía y Producción, por molinos harineros.

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CONCURSOS OFICIALES

OBRAS SOCIALES
612/2007-SSS
Modificación de la Resolución Nº282/2007, en relación con la inscripción de la Obra Social de Trabajadores Socios de la Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales - Jerárquicos Salud, en el Registro Nacional de Obras Sociales.

PRODUCCION DE GANADO PORCINO
4228/2007-ONCCA
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco de la Resolución Nº9/2007 del Ministerio de Economía y Producción, por productores porcinos.

2

Que a partir del 1º de abril de 2007 se le han asignado al agente mencionado funciones de mayor responsabilidad a las entonces acordadas por lo que corresponde dar por rescindido el contrato anterior y celebrar un nuevo contrato con ajuste del nivel y grado conforme las obligaciones ahora convenidas, con efectos a la fecha indicada precedentemente.
Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.
Que el agente de que se trata se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del decreto mencionado en primer término del Visto.
Que el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº 993/91 t.o. 1995, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C la exigencia del título secundario.
Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.
Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 3/04 establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.
Que D. José Daniel MIRANDA ROQUE ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de abril de 2007,
por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.
Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25
- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.198.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100 inciso 2 de la Constitución Nacional, y del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Por ello, EL JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por rescindida, a partir del 1º de abril de 2007, la contratación en el marco de las disposiciones contenidas en el artículo 9º de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02, de D. José Daniel MIRANDA ROQUE D.N.I.
Nº 16.883.467, que fuera aprobada por Resolución JGM Nº 13/07.
Art. 2º Dase por aprobada con efectos al 1º de abril de 2007 y hasta el 31 de diciembre de 2007, la contratación en el ámbito de la SECRETARIA DE DEPORTE de está Jurisdicción, de D. José Daniel MIRANDA ROQUE D.N.I.
Nº 16.883.467 para desempeñar funciones de Responsable de Mantenimiento, equiparado al Nivel C - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE
LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº 993/91 - t.o. 1995 en el marco de lo establecido por el artículo 9º de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y normas complementarias.
Art. 3º La contratación que se aprueba por el artículo 2º de la presente decisión administrativa se dispone como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Art. 4º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.198.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Alberto A. Fernández.
Aníbal D. Fernández.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/09/2007 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date27/09/2007

Page count28

Edition count9413

Première édition02/01/1989

Dernière édition31/07/2024

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