Boletín Oficial de la República Argentina del 11/09/2007 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 11 de setiembre de 2007

administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.236

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de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.
Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 10/9 N 556.590 v. 12/9/2007

Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 10/9 Nº 556.606 v. 12/9/2007

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Héctor BERZETA, la Resolución CNC Nº 4007/06, dictada en el Expte. Nº 1357/
06, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

Perú 103 Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Jorge Antonio MARDONE AUELLO, la Resolución CNC Nº 4175/06, dictada en el Expte. Nº 2113/06, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1º.- Comisar un transceptor marca VERTEX, modelo VX 2000 V, número de serie 8N100680, con micrófono de palma, propiedad del Sr. Jorge Antonio MARDONE AUELLO, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley 13.030, por lo motivos expuestos en los considerandos.
Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.

ARTICULO 1º.- comisar un tranceptor marca ALINCO, modelo DR 130, número de serie T004056, con micrófono de palma, propiedad del Sr. Héctor BERZETA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. Nº 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.
Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 10/9 Nº 556.596 v. 12/9/2007

Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 10/9 Nº 556.600 v. 12/9/2007

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Andrés Fernando REALES, la Resolución CNC N 3968/06, dictada en el Expte. N 10462/05, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1 Comisar un transceptor marca VERTEX, modelo VX 2000V, número de serie 7M020571, con micrófono de palma, propiedad del Sr. Andrés Fernando REALES, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley N 33.310/44, ratificado por Ley N 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. N 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Dto. N 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.
Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 10/9 N 556.592 v. 12/9/2007

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Daniel GURIK, la Resolución CNC N 1281/01, dictada en el Expte. N 17557/
99, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1 Comisar un transceptor marca VERTEX, modelo FTL-2011, número de serie 6H920102, con micrófono de palma, propiedad del Sr. Daniel GURIK, de acuerdo con lo aprobado en la decisión que constituye el Anexo al Acta de Directorio número 20 número de orden 01 y con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley N 33.310/44, ratificado por Ley N 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. N 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Dto. N 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.
Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 10/9 N 556.574 v. 12/9/2007

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103-Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Luis Alberto MIRANDA, la Resolución CNC N 3890/06, dictada en el Expte.
N 7098/05, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1 Comisar un transceptor marca VERTEX, sin modelo ni número de serie, con micrófono de palma, propiedad del Sr. Luis Alberto MIRANDA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley N 33.310/44, ratificado por Ley N 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. N 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Dto. N 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.
Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 10/9 N 556.591 v. 12/9/2007

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

Perú 103-Capital Federal NOTIFICASE al Sr. Ricardo Alfredo NUÑEZ, la Resolución CNC N 4304/06, dictada en el Expte.
N 4227/06, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1 Comisar un transceptor marca MC KINLEY, sin modelo ni número de serie, con micrófono de palma, propiedad del Sr. Ricardo Alfredo NUÑEZ, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley N 33.310/44, ratificado por Ley N 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. N 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Dto. N 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.
Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 10/9 N 556.573 v. 12/9/2007

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103 - Capital Federal
Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE a la empresa CONQUISTADOR S.R.L., la Resolución CNC N 4385/06, dictada en el Expte. N 8238/05, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1 Comisar un transceptor marca VERTEX, modelo VX 2001X, sin número de serie, con sin pack, sin antena, con micrófono de palma, propiedad de la empresa CONQUISTADOR
S.R.L., de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley N 33.310/44, ratificado por Ley N 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. N 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Dto. N 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos
NOTIFICASE a la Sra. Graciela Susana TORRES, la Resolución CNC N 392/04, dictada en el Expte. N 2416/02, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1 Comisar un transceptor marca VERTEX, con etiqueta no original con leyenda PRESIDENTE, modelo DT-100, número de serie 55005833, con micrófono de palma, propiedad de la Sra. Graciela Susana TORRES, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley N 33.310/44, ratificado por Ley N 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Conste que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el art. 33 del Dto. N 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Dto. N 1759/72 T.O. 1991, en sus arts. 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respec-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/09/2007 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date11/09/2007

Page count60

Edition count9416

Première édition02/01/1989

Dernière édition03/08/2024

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