Boletín Oficial de la República Argentina del 04/09/2006 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 4 de setiembre de 2006

Pág.
DESARMADO DE AUTOMOTORES Y VENTA DE SUS AUTOPARTES
1280/2006-MJDH
Fíjase el 30 de noviembre de 2006 como fecha para la puesta en funcionamiento de lo dispuesto en el artículo 9º del Decreto Nº744/2004, en relación con la inscripción en el Registro Unico de Desarmaderos y Actividades Conexas.
ENERGIA ELECTRICA
1205/2006-SE
Plan Federal de Transporte en Quinientos Kilovoltios 500 kV. Incorpóranse índices al Numeral 4.4
del Anexo Ampliaciones de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y por Distribución Troncal del Decreto Nº634 del 21 de agosto de 2003.

1. La asistencia jurídica podrá ser denegada si:

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284/2006-SICPME
Considérase sujeta a lo establecido por el citado Régimen, la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por Valot Sociedad Anónima, consistente en la instalación de una línea de rebobinado automático para la planta destinada a la producción de rollos higiénicos e industriales para higiene.

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c existen motivos fundados para creer que la solicitud de asistencia se ha formulado con miras a procesar a una persona por razón de su raza, sexo, religión, nacionalidad, origen étnico u opiniones políticas, o que la situación de esa persona pueda resultar perjudicada por cualquiera de esas razones;
d se solicita a la Parte Requerida que adopte medidas de cumplimiento obligatorio que serían incompatibles con su legislación nacional si el delito fuese objeto de investigación, o enjuiciamiento dentro de su propia jurisdicción;
e la Parte Requerida estima que el cumplimiento de la solicitud atenta contra su orden público, seguridad u otros intereses esenciales; y f el requerimiento se refiere a un delito respecto del cual, la persona ha sido exonerada de responsabilidad penal definitivamente o, habiendo sido condenada, se hubieren extinguido la sanción y las obligaciones derivadas del hecho.
La denegación de la asistencia será motivada y se comunicará a la Parte Requirente.

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ACORDADAS
PODER JUDICIAL DE LA NACION
26/2006-CSJ
Fíjase el Presupuesto de Gastos para el ejercicio 2006 y apruébase el Plan de Obras del Poder Judicial de la Nación.

a la solicitud se refiere a delitos políticos o conexos con infracciones de este tipo, a juicio de la Parte Requerida;
b la solicitud se refiere a un delito tipificado como tal en la legislación militar pero no en el derecho común de la Parte Requirente;

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SANIDAD VEGETAL
591/2006-SENASA
Modificación de la Resolución Nº496/2006, en relación con los Instructivos para la Habilitación de Viveros e Inscripción de Plantas de Palmeras Ornamentales destinadas a la Exportación y para la Exportación de Palmeras Ornamentales.

ARTICULO II
Denegación y Aplazamiento de la Asistencia
REGIMEN DE IMPORTACION DE LINEAS DE PRODUCCION USADAS
280/2006-SICPME
Considérase sujeta a lo establecido por el mencionado Régimen, la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por Boherdi S.R.L., consistente en la ampliación de una planta destinada a la producción de piezas de fundición de hierro gris, aluminio, acero y otras aleaciones.

REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR
1300/2006-MJDH
Prorrógase el plazo previsto en el artículo 1º de la Resolución Nº370/2005, por el cual se suspenden las creaciones de los mencionados Registros, hasta el 28 de febrero de 2007.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.982

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2. La prestación de la asistencia solicitada podrá ser aplazada si pudiera perjudicar una investigación o procedimiento judicial en el territorio de la Parte Requerida o pudiera afectar la seguridad de cualquier persona. La Parte Requerida informará a la Parte Requirente cualquiera de los supuestos a que se refiere este párrafo, por el cual haya determinado el aplazamiento o el condicionamiento de la ejecución de la asistencia.
3. La prestación de la asistencia solicitada no podrá ser denegada por la existencia del secreto bancario o de instituciones financieras.
ARTICULO III

DISPOSICIONES

Ley Aplicable
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
521/2006-AFIP
Incorporación a la Planilla Anexa al artículo 1º de la Disposición Nº500/98 AFIP.
HIDROCARBUROS
123/2006-SSC
Apruébanse las Normas de Protección Ambiental para los sistemas de transporte de hidrocarburos por oleoductos, poliductos, terminales marítimas e instalaciones complementarias.
REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
536/2006-RNPACP
Modifícase el Digesto de Normas Técnico-Registrales, Título II, Capítulo XIII, Sección 3, en relación con los trámites de endoso de los contratos de prenda de automotores y su cancelación.
537/2006-RNPACP
Establécese la vigencia de las previsiones contenidas en la Disposición Nº128/2006, en relación con los Formularios que instrumentan la consulta al Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito.

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1. El cumplimiento de una solicitud de asistencia se llevará a cabo de conformidad con la legislación nacional de la Parte Requerida, atendiendo a las diligencias solicitadas expresamente.
2. Si la Parte Requirente tuviese interés en una condición o forma de tramitación especial, lo comunicará expresamente a la Parte Requerida.

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ARTICULO IV
Objeto de la Asistencia
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1. La Parte Requerida ejecutará la solicitud de asistencia jurídica cuyo objeto sea la realización de investigaciones o diligencias relacionadas con cualquier procedimiento penal.

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2. Si la solicitud de asistencia no es ejecutada, la Parte Requerida dará a conocer a la Parte Requirente las razones de la falta de ejecución.
ARTICULO VI
Notificación de los Actos Procesales 1. La Parte Requerida procederá a la notificación que le haya sido solicitada por la Parte Requirente.
2. La notificación podrá ser efectuada mediante la simple remisión del documento al destinatario o, a petición de la Parte Requirente, en alguna de las formas previstas por la legislación nacional de la Parte Requerida, o en cualquier otra forma compatible con dicha legislación.
3. La notificación se acreditará mediante recibo fechado y firmado por el destinatario o por certificación de la autoridad competente que acredite el hecho, la forma y la fecha de la misma. La constancia de dicha notificación será enviada a la Parte Requirente. Si la notificación no ha podido realizarse, se harán constar las causas.
4. La solicitud que tenga por objeto la citación del probable responsable o imputado, testigo o perito ante las autoridades de la Parte Requirente, deberá presentarse con cuarenta y cinco 45
días de antelación a la fecha señalada para la comparecencia.
ARTICULO VII
Límites para la Utilización de Información y Pruebas 1. La Parte Requirente no podrá revelar o utilizar la información confidencial o pruebas facilitadas con ese mismo carácter para otros propósitos que no sean los que se indican en el requerimiento, sin el previo consentimiento de la Parte Requerida.
2. Cuando resulte necesario la Parte Requerida podrá solicitar que la información o las pruebas suministradas se conserven en confidencialidad de conformidad con las condiciones que dicha Parte especifique. Si la Parte Requirente no puede cumplir tal solicitud, ambas Partes se consultarán para determinar las condiciones de confidencialidad que mutuamente resulten convenientes.
3. La información o pruebas que no tengan el carácter de confidencial, una vez que hayan sido hechas públicas en la Parte Requirente, dentro del procedimiento descrito en la solicitud de asistencia, no estarán sujetas a la restricción a la que se refiere el numeral 1 del presente Artículo.
ARTICULO VIII
Medidas de Aseguramiento o Secuestro de Bienes 1. Cualquiera de las Partes podrá notificar a la Otra las razones que tiene para presumir que los objetos, productos o instrumentos de un delito se encuentran en el territorio de esa otra Parte.
2. Las Partes se prestarán asistencia en la medida permitida por su legislación nacional para promover los procedimientos precautorios y las medidas de aseguramiento o secuestro de los objetos, productos o instrumentos del delito.
ARTICULO IX

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CONCURSOS OFICIALES
Nuevos

20

Anteriores

27

2. La Parte Requerida podrá negar el envío de objetos, expedientes o documentos originales que le hayan sido solicitados, si su legislación nacional no lo permite o si le son necesarios en un procedimiento penal en curso.
3. Si la solicitud de asistencia tiene por objeto la transmisión de expedientes y en general cualquier clase de documentos, la Parte Requerida entregará copias certificadas.

Registro Domiciliario y Decomiso 1. Las solicitudes relacionadas con registros domiciliarios, decomiso y entrega de los objetos así obtenidos, serán ejecutadas si contienen la información y, en su caso, la documentación que justifiquen dichas acciones, de conformidad con la legislación nacional de la Parte Requerida.

ARTICULO V

2. La autoridad que haya ejecutado una solicitud de registro domiciliario o decomiso proporcionará a la Parte Requirente una certificación según se indique en la solicitud sobre la identidad del objeto asegurado o secuestrado, la integridad de su condición y la continuidad de su custodia.
Esta certificación será admisible como prueba legal en el procedimiento de que se trate.

AVISOS OFICIALES

Ejecución de las Solicitudes de Asistencia
ARTICULO X

Nuevos

20

Comparecencia de Personas en la Parte Requirente
Anteriores

27

1. Si la Parte Requirente lo solicita expresamente, será informada de la fecha y el lugar de la ejecución de la asistencia. Las autoridades de la Parte Requirente podrán asistir al diligenciamiento si la Parte Requerida lo consintiera.

REMATES OFICIALES
Nuevos

20

4. Los objetos, expedientes o documentos que hayan sido, enviados en cumplimiento de una solicitud de asistencia serán devueltos lo antes posible, a menos que la Parte Requerida renuncie expresamente a su devolución.

1. Si la Parte Requirente solicitase la comparecencia del probable responsable o imputado, tes-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/09/2006 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date04/09/2006

Page count28

Edition count9388

Première édition02/01/1989

Dernière édition06/07/2024

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