Boletín Oficial de la República Argentina del 16/03/2006 - Primera Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 16 de marzo de 2006

BOLETIN OFICIAL Nº 30.867

HUESPEDES OFICIALES
Decreto 288/2006

zar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL U$S 5.000, por país participante.

Convalídase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación del Reino de España.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Bs. As., 14/3/2006
VISTO la Visita Oficial que efectuara al país el señor Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación del REINO DE ESPAÑA, D. Miguel Angel MORATINOS y comitiva entre los días 14 y 15 de febrero de 2006, lo aconsejado por el MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y CONSIDERANDO:
Que la Declaración de Huéspedes Oficiales encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, inciso 1. de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Convalídase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al señor Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación del REINO DE ESPAÑA, D. Miguel Angel MORATINOS y comitiva durante su permanencia en la República, entre los días 14 y 15 de febrero de 2006.
Art. 2º Atiéndase con cargo al presupuesto correspondiente a la jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO - para el ejercicio de 2006, los gastos derivados del presente Decreto.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Jorge E. Taiana.

EXPOSICIONES
INTERNACIONALES

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5º inciso s, de la Ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº 21.450 y mantenido por el Artículo 4º de la Ley Nº 22.792.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION
DECRETA:
Artículo 1º Exímese del pago del derecho de importación, del impuesto al valor agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en el evento XI Exposición Internacional de Plásticos - ARGENPLAS 2006, a realizarse en el Predio La Rural de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES REPUBLICA ARGENTINA, del 20
al 24 de marzo de 2006, para su exhibición, y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES
CINCO MIL U$S 5.000 por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Felisa Miceli.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

ADMINISTRACION NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 213/2006

Artículo 1º Dase por extendida por el término de VEINTICUATRO 24 meses, a partir del 22
de septiembre de 2005, la Resolución del ex-MINISTERIO DE SALUD Nº 180/04 que prorroga la Resolución del ex-MINISTERIO DE SALUD Nros.
438/01 y 324/02, por persistir las razones que motivan la prohibición allí dispuesta.
Art. 2º La DIRECCION DE PROMOCION Y
PROTECCION DE LA SALUD, tendrá a su cargo el requerimiento y evaluación de toda nueva información que permita establecer los límites admisibles de migración y proponer la actualización normativa vigente.

Dispónese la inhabilitación del cambio de agente pagador, en aquellos casos en los que la entidad bancaria haya informado a la ANSES, por declaración jurada, la renuncia del beneficiario a la libre elección del agente pagador, en razón del compromiso monetario asumido ante el agente pagador, y hasta tanto opere la cancelación total de la deuda.

Bs. As., 9/3/2006
VISTO el Expediente Nro. 024-99-81029190-3-790
del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES, y la Resolución D.E. - N Nº 072 de fecha 21 de enero de 2005, y CONSIDERANDO:

Art. 3º Comuníquese mediante copia autenticada de la presente Resolución a la DIRECCION
DE LEALTAD COMERCIAL de la SUBSECRETARIA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR del MINISTERIO DE

Que por la Resolución D.E. - N Nº 072 de fecha 21 de enero de 2005, se estableció la libre elección de agente pagador por parte de los beneficiarios de las Prestaciones de jubi-

BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Presidencia de la Nación Secretaria Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial
SALUD PUBLICA

Dase por extendida la Resolución del ex Ministerio de Salud Nº 180/2004 que prorroga sus similares Nos. 438/2001 y 324/2002, por persistir las razones que motivan la prohibición de fabricación, importación, exportación, comercialización o entrega gratuita de determinados artículos de puericultura y juguetes destinados a ser llevados a la boca por niños menores de tres años.

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ginés M. González García.

EL MINISTRO DE SALUD
Y AMBIENTE
RESUELVE:

Ministerio de Salud y Ambiente
Resolución 243/2006

ECONOMIA Y PRODUCCION y a la DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, para su conocimiento y adopción y de las medidas concordantes en la órbita de sus competencias.

Por ello,
RESOLUCIONES

Decreto 295/2006
Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de los países participantes en el evento XI Exposición Internacional de Plásticos - ARGENPLAS 2006, a desarrollarse en el Predio La Rural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

fuesen ratificadas el 12 de abril próximo pasado por la Comisión de las Comunidades Europeas CCE mediante la Comunicación COM 2005 143 final, al Parlamento Europeo con vistas a la adopción de una Directiva por la que se modifique la Directiva 76/769/CEE del Consejo relativa a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros respecto de la comercialización y el uso de determinadas sustancias y preparados peligrosos incluyendo en dicha sustancias a ciertos ftalatos en juguetes y artículos de puericultura.

Nuevo Servicio para la publicación de avisos comerciales y edictos judiciales excepto edictos sucesorios Trámite Urgente y Trámite Semi Urgente
Bs. As., 15/3/2006
Bs. As., 10/3/2006
VISTO el Expediente Nº S01:0079542/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y
VISTO el Expediente Nº 1-2002-353/06-1 del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO:

Que la firma ED & EVENTS S.A., solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en el evento XI Exposición Internacional de Plásticos - ARGENPLAS 2006, a realizarse en el Predio La Rural de la CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES REPUBLICA ARGENTINA, del 20 al 24 de marzo de 2006.

Que por Resolución del ex-MINISTERIO DE
SALUD Nº 180 de fecha 24 de febrero de 2004
se extiende por el término de VEINTICUATRO
24 meses la prohibición de fabricación, importación, exportación, comercialización o entrega gratuita de artículos de puericultura y juguetes destinados a ser llevados a la boca por niños menores de TRES 3 años, fabricados con: di 2-etilhexil ftalato DEHP CAS Nº 117-81-7, di isononil ftalato DINP, CAS Nº 28553-12-0, di noctil ftalato DNOP o DOP, CAS Nº 117-84-0, di isodecil ftalato DIDP, CAS Nº 26761-40- 0, butil bencil ftalato BBP, CAS Nº 85-68- 7 y dibutil ftalato DBP, CAS Nº 84-74-2.

Que la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes.
Que los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands que ingresarán al país, constituyen materiales de apoyo importantes para ser utilizados durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autori-

Que la prohibición vigente rige desde marzo de 2000 a través de la Resolución del ex-MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
Nº 978/99, que fue limitada por Resolución del ex-MINISTERIO DE SALUD 268/00 en lo referente a mercadería en tránsito, y luego prorrogada mediante las Resoluciones del ex-MINISTERIO DE SALUD Nros. 438/01 y 324/02
Que persisten las condiciones que fundamentaron las Resoluciones mencionadas y que
3

Horario de recepción:
Sede Central Suipacha 767
desde 11.30 hasta 13.30 hs.
Delegación Tribunales Libertad 469
desde 8.30 hasta 13.30 hs.
Delegación Colegio Público de Abogados Avda. Corrientes 1441
desde 10.00 hasta 13.30 hs.
Delegación Inspección General de Justicia Moreno 251
desde 9.30 hasta 12.30 hs.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires
www.boletinoficial.gov.ar

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/03/2006 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date16/03/2006

Page count40

Edition count9392

Première édition02/01/1989

Dernière édition10/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Marzo 2006>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031