Boletín Oficial de la República Argentina del 23/11/2005 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 23 de noviembre de 2005

BOLETIN OFICIAL Nº 30.787

Pág.

Pág.
761/2005
Apruébase una contratación del Proyecto PNUD ARG 97/046 - Apoyo a la Unidad de Coordinación del Programa Materno Infantil y Nutrición - PROMIN II.
ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES
757/2005
Danse por aprobadas enmiendas de contrataciones celebradas por el citado organismo descentralizado que funciona en el ámbito de la Secretaría de Obras Públicas.

6

6

RESOLUCIONES
ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO
NACIONAL
326/2005-SH
Establécese que la Contaduría General de la Nación efectuará el cierre de las cuentas correspondientes al Ejercicio 2005 y procederá a confeccionar la Cuenta de Inversión para su remisión, por medio del Poder Ejecutivo Nacional, al Honorable Congreso de la Nación en los términos del Artículo 95 de la Ley Nº24.156.

REGIMENES DE INFORMACION
General 1970-AFIP
Procedimiento. Regímenes de información. Incumplimientos. Sanciones. Resoluciones Generales Nº4337 DGI, Nº160, Nº167, Nº349, Nº693, Nº781, Nº1139, Nº1314, Nº1375, Nº1415, Nº1432, Nº1434, Nº1600 y Nº1791, sus respectivas modificatorias y complementarias. Su modificación.

17

SEGURIDAD SOCIAL
General 1969-AFIP
Régimen especial de regularización. Ley Nº25.994, artículo 6º. Regularización de obligaciones adeudadas a fin de solicitar una prestación previsional. Resolución General Nº1823. Su modificación.

16

CONCURSOS OFICIALES
Anteriores

REMATES OFICIALES
9

610/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

9

611/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

9

612/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

10

613/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

10
11

Anteriores

11

616/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

12

619/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

12

Nuevos

27

Anteriores

34

inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL
y del artículo 4 de la Ley N 25.972.

13

621/2005-ANSES
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

13

622/2005-ANSES
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

14

623/2005-ANSES
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

14

625/2005-ANSES
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

15

626/2005-ANSES
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

15

IMPUESTOS
1835/2005-SE
Gravamen establecido por el Artículo 30 de la Ley Nº15.336 y modificatorias. Créase el Padrón de Agentes de Percepción responsables del pago de dicho gravamen, al cual todos los Agentes Generadores y la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. deberán proceder a inscribirse en un determinado plazo.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Fíjase en el CINCUENTA POR
CIENTO 50% el adicional previsto en el segundo párrafo del artículo 4 de la Ley N 25.972.
Art. 2 Derógase el Decreto N 2014 de fecha 29 de diciembre de 2004.

620/2005-ANSES
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

Art. 3 El presente Decreto entrará en vigencia a partir del 1 de diciembre de 2005.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alber to A. Fernández. Carlos A. Tomada.

Establécese que el otorgamiento de las prestaciones previstas en el inciso c del Artículo 103 bis de la Ley Nº 20.744 t.o. 1976 y sus modificaciones al personal comprendido en el Artículo 8º de la Ley Nº 24.156 sólo podrá ser dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional.

Bs. As., 22/11/2005

20

General 1968-AFIP
Impuesto al Valor Agregado. Presentación de declaraciones juradas y/o pago del saldo resultante.
Cooperativas de trabajo inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.

16

MINISTERIO PUBLICO
1453/2005-PGN
Acéptase la renuncia del Fiscal General titular de la Fiscalía Nº2 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de Mendoza.

17

TE POR CIENTO 20% de la remuneración bruta del trabajador comprendido en convenio colectivo de trabajo y hasta un DIEZ POR
CIENTO 10% en el caso de trabajadores no comprendidos.
Que los beneficios sociales mencionados no se encuentran expresamente establecidos en la Ley N 25.164 que rige la relación de empleo público ni se encuentran previstos presupuestariamente.
Que de resultar oportuno otorgar dichos beneficios al personal de la Administración Pública Nacional corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la normativa necesaria para la efectiva instrumentación de los vales alimentarios y canastas de alimentos.
Que con arreglo al inciso 2 del Artículo 1 de la Ley N 25.561, el PODER EJECUTIVO
NACIONAL se encuentra facultado entre otros aspectos para dictar las normas necesarias tendientes a mejorar el nivel de empleo y de distribución de ingresos.

REGIMEN DE CONTRATO
DE TRABAJO
Decreto 1432/2005

24

34

AVISOS OFICIALES

Por ello,
615/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

COOPERATIVAS Y MUTUALES
3516/2005-INAES
Adécuase el contenido de las certificaciones que emitirá el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, a los efectos de lo previsto en el artículo 5º del Decreto Nº691/2000 y en las Resoluciones Nº353/2000-SH y Nº230/99-ANSES.

33

18

ASIGNACIONES FAMILIARES
609/2005-ANSES
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

614/2005-ANSES
Incorpóranse empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

2

VISTO la Ley N 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N 24.156, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, y CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N 24.700 se agregó como Artículo 103 bis del Régimen de Contrato de Trabajo establecido por Ley N 20.744
t.o. 1976 y sus modificatorias una serie de beneficios sociales entre los que se encuentran, en su inciso c, los vales alimentarios y canastas de alimentos otorgados a través de empresas habilitadas por la Autoridad de Aplicación hasta un tope máximo de un VEIN-

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º El otorgamiento de las prestaciones previstas en el inciso c del Artículo 103 bis de la Ley N 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias al personal comprendido en el Artículo 8 de la Ley N 24.156, sólo podrá ser dispuesto por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Art. 2º Las jurisdicciones y entidades que hubieran otorgado algún beneficio de los contemplados en el inciso c del Artículo 103 bis de la Ley N 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias deberán adecuarse a lo establecido en el presente decreto, para lo cual tendrán plazo hasta el 31 de diciembre de 2005.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alber to A. Fernández. Roberto Lavagna. Carlos A. Tomada.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/11/2005 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date23/11/2005

Page count36

Edition count9388

Première édition02/01/1989

Dernière édition06/07/2024

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