Boletín Oficial de la República Argentina del 23/11/2005 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 23 de noviembre de 2005

Que el artículo 4º de la Resolución D.E.-N Nº 641/03 establece que las incorporaciones al Sistema Unico de Asignaciones Familiares SUAF, se realizará conforme las pautas y cronogramas que, oportunamente, establecerá la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.787

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fecha 10 de diciembre de 2002, la Resolución D.E.-N Nº 641 de fecha 29 de mayo de 2003, la Resolución D.E.-N Nº 1390 de fecha 17 de diciembre de 2003 y la Resolución D.E.-N Nº 979
de fecha 23 de septiembre de 2004; y CONSIDERANDO:

Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar a su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones correspondientes estará a cargo de los empleadores a través del Sistema de Fondo Compensador.
Que habiéndose dictado con fecha 29 de mayo de 2003 la Resolución D.E.-N Nº 641, que establece requisitos para la inclusión de empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares, los solicitantes han cumplido con los mismos a los efectos de formalizar su incorporación al citado sistema.
Que los empleadores citados han presentado la documental exigida por la Gerencia de Prestaciones a fin de formalizar su ingreso al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.
Que la Resolución D.E.-N Nº 770/04 faculta a la Gerencia de Prestaciones para dictar los actos administrativos que incluyan formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Nº 26.013 de fecha 27 de julio de 2004.
Que por cuestiones operativas, de oportunidad y conveniencia se incluye formalmente a las empresas citas en el Anexo I, permitiéndoles compensar las asignaciones familiares hasta el período indicado en el artículo 2º de la presente Resolución.
Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº 24.241, el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, el Decreto Nº 106/03 y la Resolución D.E.-N Nº 770/04.

Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la inclusión formal de los empleadores consignados en el Anexo que forma parte integrante de la presente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares SUAF.
Que la Ley Nº 19.722 instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.
Que es facultad de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL disponer el pago de las prestaciones familiares a través del presente en atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones de trabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efecto determinará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que será implementado.
Que el artículo 4º de la Resolución D.E.-N Nº 641/03 establece que las incorporaciones al Sistema Unico de Asignaciones Familiares SUAF, se realizará conforme las pautas y cronogramas que, oportunamente, establecerá la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar a su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones correspondientes estará a cargo de los empleadores a través del Sistema de Fondo Compensador.
Que habiéndose dictado con fecha 29 de mayo de 2003 la Resolución D.E.-N Nº 641, que establece requisitos para la inclusión de empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares, los solicitantes han cumplido con los mismos a los efectos de formalizar su incorporación al citado sistema.
Que los empleadores citados han presentado la documental exigida por la Gerencia de Prestaciones a fin de formalizar su ingreso al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.

Por ello, Que la Resolución D.E.-N Nº 979/04 faculta a la Gerencia de Prestaciones para dictar los actos administrativos que incluyan formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores.

EL GERENTE DE PRESTACIONES
DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º Incorpóranse formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores que se encuentran detallados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente, a partir del período mensual devengado correspondiente a agosto de 2004.
Art. 2º Los empleadores deberán continuar abonando las asignaciones familiares a sus trabajadores a través del Sistema de Fondo Compensador hasta el período mensual devengado correspondiente a septiembre de 2004.
Art. 3º Los empleadores referenciados en el artículo 1º de la presente, no podrán compensar las asignaciones familiares abonadas a sus trabajadores, a partir del período devengado octubre de 2004.
Art. 4º Dése cuenta a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS AFIP.
Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alberto Freire.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Nº 26.631 de fecha 16 de septiembre de 2004.
Que por cuestiones operativas, de oportunidad y conveniencia se incluye formalmente a las empresas citas en el Anexo I, permitiéndoles compensar las asignaciones familiares hasta el período indicado en el artículo 2º de la presente Resolución.
Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº 24.241, el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, el Decreto Nº 106/03 y la Resolución D.E.-N Nº 979/04.
Por ello, EL GERENTE DE PRESTACIONES
DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

ANEXO
CUIT
3063225006
2006550315
3070819384
3064760306
2026411142
3068060099
3070746825
3070010910
2005076755
2007810383
3070806379
3067053333
3064760443
2022453526
2020541785
2012538028
2012303987
2007938020
3053939173

RAZON SOCIAL
DOMINGO, JOSE Y GUSTAVO RICCIARDI SOC. DE
MENARA OSVALDO BERNARDO
ANTONIETTA VICTOR C. Y ANTONIETTA WALTER
CONFORT SUR S.A.
VERA MARTIN OMAR
BAHIA SAN GREGORIO SA
MIJASI S.R.L.
FINCA LA ARMONIA S.R.L.
DIAZ FRANCISCO RAUL
SANZ ALEJANDRO
SENAR RICARDO Y CARLOS AVENDAÑO
TRELEW RUGBY CLUB
ASOCIACION DE JUBILADOS RETIRADOS Y
GOMEZ JOSE ENRIQUE
MARSICO ROQUE CLAUDIO
PAREDES RAUL HUMBERTO
GARCIA CLAUDIO ANIBAL JOFRE HUGO HUMBERTO
CAMPOAMOR HNOS. S.A. COM. IND. FINANC. Y

UDAI
UDAI BELL VILLE
UDAI BELL VILLE
UDAI BELL VILLE
UDAI BERAZATEGUI
UDAI Caleta Olivia UDAI Caleta Olivia UDAI CONCEPCION
UDAI METAN
UDAI METAN
UDAI RIO GALLEGOS
UDAI SAN JUAN
UDAI TRELEW
UDAI TRELEW
UDAI TRELEW
UDAI TRELEW
UDAI TRELEW
UDAI TRELEW
UDAI TRELEW
UDAI TRES ARROYOS

Administración Nacional de la Seguridad Social
Artículo 1º Incorpóranse formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores que se encuentran detallados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente, a partir del período mensual devengado correspondiente a agosto de 2004.
Art. 2º Los empleadores deberán continuar abonando las asignaciones familiares a sus trabajadores a través del Sistema de Fondo Compensador hasta el período mensual devengado correspondiente a agosto de 2004.
Art. 3º Los empleadores referenciados en el artículo 1º de la presente, no podrán compensar las asignaciones familiares abonadas a sus trabajadores, a partir del período devengado septiembre de 2004.
Art. 4º Dése cuenta a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS AFIP.
Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alberto Freire.
ANEXO
CUIT
20139197152

RAZON SOCIAL
LAMBERTUCCI JOSE

UDAI
UDAI CAÑADA DE GOMEZ

Administración Nacional de la Seguridad Social
ASIGNACIONES FAMILIARES
Resolución 621/2005

ASIGNACIONES FAMILIARES
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.
Resolución 620/2005
Incorpórase un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.
Bs. As., 26/10/2005
VISTO el Expediente Nº 024-99-81019188-7-505 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES, la Ley Nº 19.722, la Resolución D.E.-N Nº 1289 de
Bs. As., 26/10/2005
VISTO el Expediente Nº 024-99-81019189-5-505 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES, la Ley Nº 19.722, la Resolución D.E.-N Nº 1289 de fecha 10 de diciembre de 2002, la Resolución D.E.-N Nº 641 de fecha 29 de mayo de 2003, la Resolución D.E.-N Nº 1390 de fecha 17 de diciembre de 2003 y la Resolución D.E.-N Nº 724
de fecha 21 de julio de 2004; y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/11/2005 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date23/11/2005

Page count36

Edition count9416

Première édition02/01/1989

Dernière édition03/08/2024

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