Boletín Oficial de la República Argentina del 21/11/2005 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 21 de noviembre de 2005

BOLETIN OFICIAL Nº 30.785

ARTICULO 2º Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera ROSARIO y la División Aduana de VILLA
CONSTITUCION. Dr. RICARDO ECHEGARAY, Director General de Aduanas.
e. 21/11 N 497.802 v. 21/11/2005

31

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
SUBSECRETARIA DE PESCA Y AGRICULTURA
Disposición N 509/2005

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS
SECRETARIA DE TRANSPORTE
Resolución N 877/2005
Bs. As., 15/11/2005
VISTO el Expediente Nº S01:0188469/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N 209 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 26 de septiembre de 2003, recaída en el expediente citado en el VISTO, se aprobó el Plan de Obras de Infraestructura presentado por la Empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA para la rehabilitación del corredor ferroviario TUCUMAN CONCEPCION Provincia de TUCUMAN, perteneciente a la ex Línea GENERAL BELGRANO.
Que habiendo tomado intervención la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL
TRANSPORTE, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS en orden a lo dispuesto en el Artículo 3 de la citada resolución, dicho organismo determinó la necesidad de que los trabajos sean efectuados previo proceso de Licitación Pública Nacional.
Que en tal sentido la Empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA elevó para su aprobación el Pliego de Condiciones para las Obras de Rehabilitación de vías sector TUCUMAN
CONCEPCION Provincia de TUCUMAN.
Que en el marco de las competencias propias que le asisten, la COMISION NACIONAL DE
REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado intervención, supervisado y visado oportunamente el pliego aludido a ser utilizado para la referida licitación.
Que asimismo el citado organismo aprobó técnicamente el resultado de la Licitación Pública Nacional para la contratación de las obras y el monto máximo a erogar por ese concepto, procediendo a elevarlo a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a los efectos de la presente resolución.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la presente se emite en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1037 de fecha 20 de septiembre de 1999 y 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Por ello, EL SECRETARIO
DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1 Apruébase la Licitación Pública Nacional llevada a cabo en el marco de la Resolución N 209 de fecha 26 de septiembre de 2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, destinada a la Rehabilitación de vía del sector TUCUMAN CONCEPCION Provincia de TUCUMAN, concesionada a la Empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA, perteneciente a la ex Línea GENERAL
BELGRANO, de la cual resulta adjudicataria la firma Luis Carlos Zonis Sociedad Anónima ARTICULO 2 Apruébase el monto máximo a erogar en concepto de pago de la rehabilitación de vía indicada en el Artículo 1 de la presente resolución, en la suma de PESOS SIETE MILLONES
NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL $ 7.986.000.-, Impuesto al Valor Agregado incluido.
ARTICULO 3 Déjase establecido que el monto máximo a erogar aprobado en el artículo precedente, incluye el valor aprobado en el Artículo 2 de la Resolución N 209/2003 de la SECRETARIA
DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS.
ARTICULO 4 El gasto resultante de la aplicación de la presente resolución se atenderá con los recursos previstos en el PRESUPUESTO de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL para el año 2005 en la jurisdicción 56 - MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS.
ARTICULO 5 Instrúyase a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para que efectúe las tareas de verificación e inspección de los trabajos ejecutados por contar con la estructura idónea para dicho cometido, efectuando la certificación previo a su elevación a la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE
FERROVIARIO dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para su conformación y remisión a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS para la emisión de la orden de pago.
ARTICULO 6 La presente resolución se dicta ad referendum del señor MINISTRO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
ARTICULO 7 Notifíquese a la Empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA.
ARTICULO 8 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. RICARDO RAUL JAIME, Secretario de Transporte.
e. 21/11 N 497.896 v. 21/11/2005

Bs. As., 14/11/2005
VISTO el Expediente N 12880/2005 del Registro de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, y CONSIDERANDO:
Que conforme surge del Sumario Administrativo N 7/05, de la Subprefectura San Julián, dependiente de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, con fecha 16 de junio de 2005, a las DIECISIETE
HORAS Y CINCUENTA Y NUEVE MINUTOS 17.59 hs., la Corbeta A.R.A. GUERRICO, en tareas de Patrulla de Control de Mar, detectó un contacto radar de un barco, en posición Latitud 43 01.1 Sur, Longitud 59 00.1 Oeste, posición ésta ubicada a una distancia de CIENTO NOVENTA Y CINCO CON
SETECIENTAS MILLAS NAUTICAS 195,700 mn. al Oeste de la línea demarcatoria de la Zona Económica Exclusiva Argentina Z.E.E.A., considerando el extremo Este de Punta Rasa, punto establecido en la Ley N 23.968.
Que a las DIECIOCHO HORAS Y VEINTE MINUTOS 18.20 hs. se realiza un llamado por Canal 16 en idioma castellano, solicitándole al contacto se identifique, recibiéndose inmediata respuesta indicando que se trataba del buque pesquero VIKING SKY de bandera uruguaya y que se encontraba pescando.
Que habiéndose continuado las comunicaciones, se le informa al buque pesquero avistado que estaba desarrollando tareas de pesca en la Zona Económica citada, que debe detener sus máquinas a fin de que se le efectuara una Visita y Registro, ante lo cual procede a detener sus máquinas en forma inmediata.
Que el Comandante de la Corbeta mencionada Capitán de Fragata German CIBEIRA, informa que en las proximidades del buque pesquero citado observó varias luces destellantes pertenecientes a boyas plantadas para pesca, comprobando que eran OCHO 8 y que SEIS 6 de ellas estaban dentro de la Zona Económica Exclusiva Argentina Z.E.E.A.. Agrega el Comandante de la citada Corbeta, que el Jefe de la Dotación de Visita le informó que se encontraba a bordo del buque pesquero interceptado merluza negra Dissostichus eleginoides y pescado para carnada, decidiendo en consecuencia y ante tales evidencias ordenar la captura del buque pesquero mencionado y trasladarlo al Puerto de San Julián, Provincia de SANTA CRUZ, REPUBLICA ARGENTINA.
Que a fojas 26, el Prefecto D. Gabriel Fernando CARTAGENOVA, en su carácter de Jefe de la Subprefectura San Julián, se constituye en instructor y dispone la tramitación del sumario administrativo pertinente, en cumplimiento de la Disposición Nº 11 de fecha 20 de junio de 2005 de la mencionada Subprefectura.
Que de las presentes actuaciones se desprende que el buque pesquero citado es el VIKING
SKY, Señal Distintiva CXXA, Matrícula N 7.965, de bandera uruguaya, con puerto de registro en la Ciudad de Montevideo, REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, con una eslora de TREINTA Y CINCO
METROS CON SETENTA CENTIMETROS 35,70 m., OCHO METROS CON CINCUENTA Y OCHO
CENTIMETROS 8,58 m. de manga, SEIS METROS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMETROS
6,55 m. de puntal y DIECIOCHO 18 tripulantes a bordo.
Que a fojas 84/86, obran constancias del Informe Pericial de Navegación, donde constan VEINTITRES 23 asentadas en planillas correspondientes a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos de la REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, NUEVE 9 posiciones en el Libro de Navegación del citado pesquero y TREINTA Y DOS 32 posiciones en el libro de Anotaciones del Técnico de Pesca, todas ellas dentro de la Zona Económica Exclusiva Argentina Z.E.E.A..
Que al arribo a puerto del buque pesquero apresado, se producen diferentes actuaciones de los sumariantes que se acompañan al sumario efectuado por Subprefectura San Julián, de las cuales se desprende que el casco del buque pesquero se encontraba en condiciones sastisfactorias, como así también sus órganos de propulsión y gobierno e instrumental.
Que de las actuaciones surge que el buque apresado tiene a bordo una cantidad de captura de SETECIENTOS NOVENTA Y UN KILOGRAMOS 791 kg. de merluza negra Dissostichus Eleginoides producto Tronco en bolsas; TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE KILOGRAMOS 3.639 kg.
de merluza negra Dissostichus Eleginoides producto Tronco en cajas; CUATROCIENTOS CUATRO
KILOGRAMOS 404 kg. de merluza negra Dissostichus Eleginoides producto Cogotes en cajas;
DOSCIENTOS VEINTICINCO KILOGRAMOS 225 kgrs de Merluza Negra Dissostichus Eleginoides de producto Cabezas en bolsas; QUINCE KILOGRAMOS 15 kg. de cola de langosta y CUARENTA
Y SIETE TONELADAS 47 t. de carnada, según Acta de Constatación de fecha 21 de junio de 2005, obrante a fojas 50.
Que a fojas 113/115, luce la declaración indagatoria en materia administrativa del capitán del buque pesquero citado señor D. Raúl VEIGA GONZALEZ, quien ya notificado de la presunta infracción a los Artículos 21 inciso h, 23 y 24 de la Ley N 24.922 y de las pruebas en su contra, manifiesta que acorde los datos de su navegador satelital y de las cartas de navegación que posee, no se encontraba dentro de la Zona Económica Exclusiva Argentina Z.E.E.A., que al ser detectado se encontraba recorriendo las líneas de nasas, que al ser llamado por la Corbeta mencionada inmediatamente responde identificándose, deteniendo las máquinas y permitiendo el abordaje de la Dotación de Visita, la cual labró distintas actas que no firmó por orden del armador.
Que continúa diciendo el capitán del buque pesquero extranjero que el 16 de junio de 2005 se encontraba con él en el puente de navegación el Técnico de Pesca, que la totalidad de los instrumentos de navegación funcionaban correctamente, que trabajaba con TRES 3 aparatos de posicionamiento satelital y que las condiciones hirometeorológicas eran buenas, con cielo despejado y mar en calma.
Que manifiesta el capitán del buque pesquero apresado que la empresa armadora es ENCOMAR
Sociedad Anónima, con domicilio en Plaza Cagancha N 1135, oficina N 211, Edificio Torre Libertad, Ciudad de Montevideo, REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, que conoce los límites de la Zona Económica Exclusiva Argentina Z.E.E.A. citada y que utiliza la Carta N 50 de navegación.
Que a fojas 56/57 obra la declaración del Observador Científico de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos de la REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, señor D. Miguel Angel GOMEZ OLIVA, quien expresa tener conocimiento del hecho origen de la imputación de infracción, que el día 16 de junio de 2005 se encontraban en el agua SEIS 6 líneas trampas conteniendo cada una CIENTO VEINTE
120 trampas y que la línea que levantaron aproximadamente a las DIECINUEVE HORAS 19.00 hs traía aproximadamente TRESCIENTOS KILOGRAMOS 300 kg. de pescado vivo de la especie merluza negra Dissostichus Eleginoides.
Que la comunidad internacional ha tomado razón que, con fecha 30 de julio de 1996, la REPUBLICA
ARGENTINA ha depositado el set de cartas náuticas correspondientes, a fin de cumplimentar la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/11/2005 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date21/11/2005

Page count40

Edition count9397

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Dernière édition15/07/2024

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