Boletín Oficial de la República Argentina del 04/11/2005 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 4 de noviembre de 2005
VA Decreto N 993/91 t.o. 1995 en el término de CIENTO OCHENTA 180 días contados a partir del 1º de julio de 2005.
Art. 4º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio para la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Alberto A.
Fernández. Aníbal D. Fernández.

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decreto 1363/2005
Dase por prorrogada la designación transitoria de titular de la Dirección de Fortalecimiento de la Democracia, dependiente de la Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia, de la Secretaría de Gabinete y Relaciones Parlamentarias.
Bs. As., 2/11/2005
VISTO la Ley N 25.967, los Decretos N 491 del 12 de marzo de 2002 y N 1451 del 20 de octubre de 2004 y lo solicitado por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2005.
Que mediante el Decreto N 1451/04 se dio por prorrogada con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA 180
días, la designación transitoria que fuera efectuada oportunamente en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, del Doctor D. Marcelo Fabián BERMOLEN, en un cargo Nivel A - Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel IV, como titular de la DIRECCION DE FORTALECIMIENTO DE
LA DEMOCRACIA dependiente de la SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA
DEMOCRACIA de la SECRETARIA DE
GABINETE Y RELACIONES PARLAMENTARIAS de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que resulta procedente prorrogar la mencionada designación, por un tiempo limitado y como excepción a lo establecido en el TITULO III, CAPITULO III y en el artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto N 993/91 t.o. 1995, toda vez que aún no se han realizado los procesos de selección previstos.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.774

4

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

da, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que mediante el Decreto N 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE INCUCAI, organismo descentralizado, actuante en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO
DE SALUD Y AMBIENTE, se encuentran vacantes CUATRO 4 cargos Nivel A de Director Científico Técnico, Director Médico, Director del Registro Nacional de Donantes Voluntarios de Células Progenitoras Hematopoyéticas y Director de Administración respectivamente, que resulta imprescindible cubrir transitoriamente con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de esa Jurisdicción.

Que el Decreto N 601/02, en su artículo 6, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico N 4/02.

Que mediante Resolución Conjunta Nº 13/05 de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se incorporaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas las Unidades mencionadas, a partir del 3 de marzo de 2005.

Que el funcionario de quien se trata en la presente medida se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6 del Decreto N 601/02 reglamentario de su similar N 491/02.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dichos cargos mediante excepción a las pautas generales de selección que para el acceso a la función de que se trate se encuentran establecidas en los Títulos III, Capítulo I, II, III y VI, Artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995 y a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 25.967, por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha de las designaciones transitorias de sus respectivos titulares.
Que las personas propuestas cumplen los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir los referidos cargos.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4/02 de la SECRETARIA
LEGAL Y TECNICA de PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto N 491/02.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la Constitución Nacional, el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02 y los Artículos 7º de la Ley Nº 25.967 y 2º del Decreto Nº 565/05.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Dase por prorrogada, a partir del 2 de junio de 2005 y hasta el 1 de agosto de 2005, la designación transitoria efectuada oportunamente en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS del Doctor D. Marcelo Fabián BERMOLEN DNI N 16.453.859 en un cargo Nivel A - Grado 0 con Función Ejecutiva Nivel IV, como titular de la DIRECCION DE FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA dependiente de la SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA de la SECRETARIA DE GABINETE
Y RELACIONES PARLAMENTARIAS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. La mencionada prórroga se efectúa con carácter de excepción a lo establecido en el TITULO III, CAPITULO III y artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto N 993/91 t.o. 1995.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Alberto A.
Fernández.

INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR
DE ABLACION E IMPLANTE
Decreto 1358/2005
Designaciones transitorias de Directores Científico Técnico, Médico, de Administración y del Registro Nacional de Donantes Voluntarios de Células Progenitoras Hematopoyéticas.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD Y
AMBIENTE, ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Danse por designadas transitoriamente en el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL
UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE INCUCAI a las personas que se mencionan en la planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida, en los cargos y niveles escalafonarios que en él se indican, con carácter de excepción a lo dispuesto en los Títulos III, Capítulo I y II del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995 y a lo establecido por el Artículo 7º de la Ley Nº 25.967, por el período comprendido entre el 1º de enero y 2 de marzo de 2005.
Art. 2º Dase por designado transitoriamente en el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO
COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE INCUCAI a la persona que se menciona en la planilla que como Anexo II forma parte integrante de la presente medida, en el cargo y nivel escalafonario que en él se indican, con carácter de excepción a lo dispuesto en los Títulos III, Capítulo I y II del Anexo I
del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995, al impedimento previsto por el Artículo 5º inciso f de la Ley Nº 25.164 y a lo establecido por el Artículo 7º de la Ley Nº 25.967, por el período comprendido entre el 1º de enero y 2 de marzo de 2005.
Art. 3º Danse por designadas transitoriamente en el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE INCUCAI a las personas que se mencionan en la planilla que como Anexo III forma parte integrante de la presente medida, en los cargos, niveles escalafonarios y de funciones ejecutivas que en él se indican, con carácter de excepción a lo dispuesto en los Títulos III, Capítulo III y VI, Artículo 71 primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto Nº 993/
91 T.O. 1995 y a lo establecido por el Artículo 7º de la Ley Nº 25.967, a partir del 3 de marzo de 2005.
Art. 4º Dase por designada transitoriamente en el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO
COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE INCUCAI a la persona que se mencionan en la planilla que como Anexo IV forma parte integrante de la presente medida, en el cargo, nivel escalafonario y de función ejecutiva que en él se indican, con carácter de excepción a lo dispuesto en los Títulos III, Capítulo III y VI, Artículo 71 primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O.
1995, al impedimento previsto por el Artículo 5º inciso f de la Ley Nº 25.164 y a lo establecido por el Artículo 7º de la Ley Nº 25.967, a partir del 3 de marzo de 2005.
Art. 5º Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA SINAPA, aprobado por Decreto Nº 993/91 T.O. 1995 en el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados desde la fecha de las designaciones transitorias consignadas en el artículo precedente.
Art. 6º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto previsto para la Jurisdicción 80, MINISTERIO DE SALUD Y
AMBIENTE, Entidad 905, INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION
E IMPLANTE INCUCAI para el Ejercicio 2005.
Art. 7º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Ginés M. González García.
ANEXO I
APELLIDO Y NOMBRE

D.N.I.

CARGO

NIVEL

Bs. As., 1/11/2005

Araujo, José Luis
10.746.039

Director Científico Técnico
A

VISTO el expediente Nº 1-2002-4638000001/05-9 del registro del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL
UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE INCUCAI, la Ley Nº 25.967, los Decretos Nº 993 del 27 de mayo de 1991 T.O. 1995, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y
Bustos, José Luis
14.081.084

Director Médico
A

Perez, Fabio Marcelo
17.609.473

Director de Administración
A

CONSIDERANDO:
ANEXO II
Que por la Ley Nº 25.967 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentraliza-

APELLIDO Y NOMBRE
Morales, Víctor Hugo
D.N.I.
5.313.657

CARGO
Director del Registro Nacional de Donantes Voluntarios de Células Progenitoras Hematopoyéticas
NIVEL
A

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/11/2005 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date04/11/2005

Page count32

Edition count9394

Première édition02/01/1989

Dernière édition12/07/2024

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