Boletín Oficial de la República Argentina del 13/09/2005 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Martes 13 de setiembre de 2005
Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 30.737
ARTICULO 1 Comisar un Handy marca VERTEX, sin modelo ni número de serie, sin antena ni pack falta perilla, propiedad de la empresa REMISES SAN MARTIN, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley N 33.310/44, ratificado por Ley N 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Se hace constar que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto N 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Decreto N 1759/72 T.O. 1991, en sus artículos 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.
Consecuentemente, CITASE a la empresa REMISES SAN MARTIN, a comparecer a estar a derecho en el citado Expediente, dentro de los plazos consignados en el párrafo anterior y a constituir domicilio en la Capital Federal, en los términos de los artículos 20 y 42 del Decreto Reglamentario citado en el párrafo precedente. Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 13/9 N 490.897 v. 15/9/2005
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103 - Capital Federal De acuerdo con el procedimiento previsto en el primer párrafo del artículo 42 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos T.O. 1991, NOTIFICASE por este medio al señor Héctor Osvaldo SOSA, los términos de la Resolución CNC N 1057/03, dictada en el Expediente N 6018/02, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1 Comisar un transceptor marca CAHUANE, modelo FR-300, sin número de serie, con micrófono de palma, propiedad del señor Héctor Osvaldo SOSA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley N 33.310/44, ratificado por Ley N 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Se hace constar que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto N 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Decreto N 1759/72 T.O. 1991, en sus artículos 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.
Consecuentemente, CITASE al señor Héctor Osvaldo SOSA, a comparecer a estar a derecho en el citado Expediente, dentro de los plazos consignados en el párrafo anterior y a constituir domicilio en la Capital Federal, en los términos de los artículos 20 y 42 del Decreto Reglamentario citado en el párrafo precedente. Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 13/9 N 490.898 v. 15/9/2005
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103 - Capital Federal De acuerdo con el procedimiento previsto en el primer párrafo del artículo 42 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos T.O. 1991, NOTIFICASE por este medio a la empresa LAVATEX S.A., los términos de la Resolución CNC N 1396/03, dictada en el Expediente N 5856/01, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1 Comisar una fuente de alimentación marca CAHUANE, modelo 1210, serie 93 N
32103 y un monocanal telefónico marca CAHUANE, modelo MT200 sin número, propiedad de la empresa LAVATEX S.A., de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley N 33.310/44, ratificado por Ley N 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Se hace constar que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto N 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Decreto N 1759/72 T.O. 1991, en sus artículos 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.
Consecuentemente, CITASE a la empresa LAVATEX S.A., a comparecer a estar a derecho en el citado Expediente, dentro de los plazos consignados en el párrafo anterior y a constituir domicilio en la Capital Federal, en los términos de los artículos 20 y 42 del Decreto Reglamentario citado en el párrafo precedente.
Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 13/9 N 490.899 v. 15/9/2005
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103 - Capital Federal De acuerdo con el procedimiento previsto en el primer párrafo del artículo 42 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos T.O. 1991, NOTIFICASE por este medio a la señora Marta MAMANI, los términos de la Resolución CNC N 74/03, dictada en el Expediente N 4437/02, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1 Comisar un transceptor marca MOTOROLA, modelo RADIUS GM300, sin número de serie, con micrófono de palma, propiedad de la señora Marta MAMANI, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley N 33.310/44, ratificado por Ley N 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Se hace constar que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto N 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Decreto N 1759/72 T.O. 1991, en sus artículos 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.
Consecuentemente, CITASE a la señora Marta MAMANI, a comparecer a estar a derecho en el citado Expediente, dentro de los plazos consignados en el párrafo anterior y a constituir domicilio en la Capital Federal, en los términos de los artículos 20 y 42 del Decreto Reglamentario citado en el párrafo precedente.
Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 13/9 N 490.900 v. 15/9/2005
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COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103 - Capital Federal De acuerdo con el procedimiento previsto en el primer párrafo del artículo 42 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos T.O. 1991, NOTIFICASE por este medio al señor Edgardo Fabián ROSSI, los términos de la Resolución CNC N 727/03, dictada en el Expediente N 2923/02, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1 Comisar un transceptor marca VERTEX, modelo FTL 2011, número de serie 21170754, con micrófono de palma, propiedad del señor Edgardo Fabián ROSSI, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley N 33.310/44, ratificado por Ley N 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Se hace constar que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto N 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Decreto N 1759/72 T.O. 1991, en sus artículos 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.
Consecuentemente, CITASE al señor Edgardo Fabián ROSSI, a comparecer a estar a derecho en el citado Expediente, dentro de los plazos consignados en el párrafo anterior y a constituir domicilio en la Capital Federal, en los términos de los artículos 20 y 42 del Decreto Reglamentario citado en el párrafo precedente. Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 13/9 N 490.901 v. 15/9/2005
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE por este medio al señor Juan Carlos CARLETTI, los términos de la Resolución CNC N
1727/99, dictada en el Expediente N 18738/95, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1 Comisar un transceptor marca PRESIDENT, modelo LINCOLN, número de serie 63000170, con micrófono de palma, propiedad del señor Juan Carlos CARLETTI, de acuerdo con lo aprobado en la decisión que constituye el Anexo al Acta de Directorio número 82 número de orden 91 y con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley N 33.310/44, ratificado por Ley N 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Se hace constar que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto N 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Decreto N 1759/72 T.O. 1991, en sus artículos 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto. Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 13/9 N 490.903 v. 15/9/2005
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE por este medio al señor Sergio Omar VELAZQUEZ, los términos de la Resolución CNC
N 2382/99, dictada en el Expediente N 17.500/94, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1 Comisar un transceptor marca ORBA, modelo BLU, sin número de serie, con micrófono de palma, propiedad del señor Sergio Omar VELAZQUEZ, de acuerdo con lo aprobado en la decisión que constituye el Anexo al Acta de Directorio número 89 número de orden 158 y con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley N 33.310/44, ratificado por Ley N 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Se hace constar que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto N 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Decreto N 1759/72 T.O. 1991, en sus artículos 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto. Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 13/9 N 490.905 v. 15/9/2005
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE por este medio al señor Miguel Angel SELVA, los términos de la Resolución CNC N 780/
96, dictada en el Expediente N 15.932/94, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1 Comisar un transceptor marca DRAFT, modelo KR 508, sin número de serie, con micrófono de palma, propiedad del señor Miguel Angel SELVA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley N 33.310/44, ratificado por Ley N 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Se hace constar que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto N 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Decreto N 1759/72 T.O. 1991, en sus artículos 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto. Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 13/9 N 490.907 v. 15/9/2005
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103 - Capital Federal NOTIFICASE por este medio al señor Mauricio DEFAGOT, los términos de la Resolución CNC N 766/
96, dictada en el Expediente N 15.804/94, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación: