Boletín Oficial de la República Argentina del 05/09/2005 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 5 de setiembre de 2005
CONSIDERANDO:

Por ello,
Que es de importancia, en virtud del éxito obtenido en el primer seminario, con una convocatoria de conferencistas y personalidades con reconocimiento nacional e internacional.
Realizándose con el fin de exponer temas vinculados directamente a la investigación en el campo de las operaciones, que constituyen la fase definitiva que pone el fraude del seguro al descubierto, en todas las áreas de acción donde este actúa.
Que el auspicio solicitado no implicará erogación alguna al Estado Nacional.
Que la Gerencia Jurídica ha tomado la intervención que le compete, sobre el proyecto de la presente resolución.
Que en uso de las facultades conferidas por el Ar tículo 67 Inciso b de la ley Nº 20.091, corresponde actuar en consecuencia.

EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS
RESUELVE:
Artículo 1º Otórgase el auspicio al SEGUNDO SEMINARIO NACIONAL DE INVESTIGACION
DIRECTA Y PERICIA DE FRAUDES DEL SEGURO Y ACCIDENTOLOGIA VIAL a realizarse en forma conjunta por la ASOCIACION DE CRIMINALISTICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA ACRA
y la ASOCIACION DE PERITOS JUDICIALES DE
LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES APEBA que se llevará a cabo entre el 08 y 09 de septiembre de 2005 en el Auditorio del Círculo Oficiales de Mar, Sarmiento 1867 de esta Capital Federal.
Art. 2º Déjase establecido que el presente auspicio no erogará costo fiscal al Estado Nacional.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Miguel Baelo.

Administración Federal de Ingresos Públicos
REGIMENES DE INFORMACION
Resolución General 1935
Procedimiento. Operaciones de compra e importación, locaciones y prestaciones. Créditos hipotecarios. Regímenes de información. Cruzamiento informático de transacciones importantes CITI. Resolución General Nº 781, sus modificatorias y complementaria. Su modificación.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.731
CONSIDERANDO:

Que por la Resolución SECTIP Nº 019/03 se crearon los Premios Bernardo Houssay de la SECyT a la Investigación Científica y Tecnológica - 2003 a ser otorgados en TRES 3 categorías: a Premio al Investigador Joven; b Premio al Investigador Consolidado; y c Premio a la Trayectoria Científica.
Que se ha dispuesto otorgar premios hasta totalizar QUINCE 15 distinciones, en CINCO 5
grandes áreas de la investigación científica y el desarrollo tecnológico en cada una de las TRES 3 categorías de presentación para cada una de las áreas, todo ello de conformidad a la siguiente clasificación: I Gran área de las Ciencias Exactas y Naturales con exclusión de las Ciencias Biológicas, II Gran área de las Ciencias Biológicas y de la Salud, III Gran área de las Ciencias Humanas y Sociales, IV Gran área de las Ciencias Agrarias, de Ingeniería y de Materiales, y V Gran área de los Desarrollos Tecnológicos, sin distinción alguna de disciplina, para su entrega.
Que de acuerdo a lo estipulado por la citada Resolución se ha llevado a cabo el proceso de evaluación por parte de CINCO 5 Grupos de Análisis, uno por cada una de las Grandes áreas mencionadas, creados por Resolución SECTIP Nº 660 del 29 de abril de 2005.
Que sobre la base de las recomendaciones de dichos Grupos de Análisis, el día 10 de agosto de 2005 se reunió la Comisión del Premio integrada por los representantes del CONSEJO
NACIONAL de INVESTIGACIONES CIENTIFICAS y TECNICAS, de la SECRETARIA de POLITICAS UNIVERSITARIAS y de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA a los efectos de cumplir su cometido de designación de los investigadores ganadores de los galardones tal como surge del acto de fojas 94/97.
Que como resultado de dicha reunión la Comisión del Premio designó a QUINCE 15 ganadores de los Premios.
Que los aludidos Premios consisten en el otorgamiento a cada ganador de una medalla, diploma, y la suma de PESOS DIEZ MIL $ 10.000.- para el financiamiento completo de un viaje para asistir a uno o más congresos de la especialidad en la que los ganadores se han presentado, de acuerdo a las pautas establecidas en el ANEXO II de la Resolución SECTIP
Nº 494 del 7 de abril de 2005.
Que los referidos Premios se entregarán en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, resultando necesario que los beneficiarios residentes en provincias del interior del país se trasladen a la citada ciudad para su recepción.

Bs. As., 1/9/2005
VISTO la Resolución General Nº 781, sus modificatorias y complementaria, y
BOLETIN OFICIAL

CONSIDERANDO:

DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Que mediante la citada norma se establecieron regímenes de información de compras, importaciones definitivas, locaciones o prestaciones recibidas, así como de préstamos con garantía hipotecaria y transferencias de dominio de bienes inmuebles.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2º de la Resolución General Nº 781, sus modificatorias y complementaria, esta Administración Federal está facultada para incorporar nuevos sujetos al citado régimen de información, así como para excluir a aquellos que fueron designados como tales.
Que en consecuencia, corresponde informar la identificación de los sujetos que se ha procedido a incluir en el Apartado B del Anexo I de la citada resolución general.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Programas y Normas de Fiscalización y de Información Estratégica para Fiscalización.

Presidencia de la Nación Secretaría Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial

Colección de Separatas Textos actualizados de consulta
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618, del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:

Sistema de Refinanciación Hipotecaria Ley 25.798

Artículo 1º Modifícase la Resolución General Nº 781, sus modificatorias y complementaria, en la forma que se indica seguidamente:

Normas modificatorias y completaria Texto actualizado de la ley 25.798

- Incorpóranse en el Apartado B del Anexo I a los responsables que se detallan a continuación:
30-70811348-0

FRIGORIFICO GENERAL PAZ S.A.

30-58022982-0

OSCAR LUIS MULGURA Y CIA. S.A.

$5.-

Art. 2º Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Alberto R. Abad.

Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva
La información oficial, auténtica y obligatoria en todo el país.

PREMIOS
Resolución 1294/2005
Apruébase el otorgamiento de los Premios Bernardo Houssay de la SECYT a la Investigación Científica y Tecnológica 2005.
Bs. As., 26/8/2005
VISTO el Expediente 0346/05 del registro de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA SECTIP y las Resoluciones SECTIP Nros. 19 del 13 de febrero de 2003, 494 del 7 de abril de 2005 y 660 del 25 de abril de 2005, y
7

Ventas:
Sede Central:
Suipacha 767 11:30 a 16:00 hs., Tel.: 011 4322-4055
Delegación Tribunales:
Libertad 469 8:30 a 14:30 hs., Tel.: 011 4379-1979
Delegación Colegio Público de Abogados:
Av. Corrientes 1441 10:00 a 15:45 hs., Tel.: 011 4379-8700 int. 236

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/09/2005 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date05/09/2005

Page count24

Edition count9421

Première édition02/01/1989

Dernière édition08/08/2024

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