Boletín Oficial de la República Argentina del 24/07/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.198 1 Sección COMISION DIRECTIVA
ARTICULO 9 La asociación será dirigida y administrada por una Comisión Directiva compuesta de nueve 9 miembros titulares, que desempeñarán los siguientes cargos: Secretario General, Secretario Adjunto, Secretario Gremial, Secretario Administrativo, Prosecretario Administrativo, Secretario de Seguridad Social, y tres 3 vocales titulares. Habrá además vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en los casos de renuncia, fallecimiento o impedimento de sus titulares.
Su cantidad será igual a la de vocales titulares. El mandato de los mismos durará cuatro años. Los miembros de la Comisión Directiva podrán ser reelegidos.
Para integrar la Comisión Directiva se requerirá:
a Mayoría de edad.
b No tener inhibiciones civiles o penales.
c Estar afiliado, tener 2 años de antigedad en la afiliación y encontrarse desempeñando la actividad durante dos 2 años.
El setenta y cinco por ciento 75% de los cargos directivos y representativos deberán ser desempeñados por ciudadanos argentinos. El Secretario General y Secretario Adjunto deberán ser ciudadanos argentinos.
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA COMISION DIRECTIVA
ARTICULO 16 Son funciones y atribuciones de la Comisión Directiva:
a Ejercer la administración de la asociación;
b Ejercer las resoluciones de las asambleas, cumplir y hacer cumplir las normas legales y reglamentarias de aplicación, este estatuto y los reglamentos internos, interpretándolos en caso de duda con cargo de dar cuenta a la asamblea más próxima que se celebre;
c Nombrar comisiones auxiliares, permanentes o transitorias que a su juicio considere necesarias para el mejor desenvolvimiento y organización, designar asociados o formar comisiones para que auxilien a los secretarios en sus funciones generales o en casos especiales;
d Nombrar empleados y todo el personal necesario para el cumplimiento de la finalidad social, fijarle sueldo, determinarle obligaciones, amonestarlos, suspenderlos y despedirlos;
e Presentar a la asamblea general ordinaria la memoria, balance general, inventario, cuenta de gastos y recursos e informe del órgano de fiscalización;
f Convocar a asambleas ordinarias y extraordinarias, estableciendo el Orden del Día. Las extraordinarias deberán ser convocadas también cuando así lo soliciten por escrito el cinco por ciento 5% como mínimo de los afiliados, fijando en forma precisa y clara los puntos del Orden del Día.
AFILIADOS AL MOMENTO DE APROBACION DEL ESTATUTO: 325 TRESCIENTOS VEINTICINCO.
e. 24/7 N 421.155 v. 24/7/2003

Jueves 24 de julio de 2003

19

días en el BOLETIN OFICIAL, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 42 del Decreto 1759/72 t.o.
1991. Dra. CLAUDIA E. DOVENNA, Instructora Sumariante.
e. 23/7 N 42.959 v. 25/7/2003

MINISTERIO DE SALUD
Conforme a lo dispuesto por el artículo 42 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N 1759/72, T.O. 1991 y atento la imposibilidad de ubicar su domicilio, por el presente se notifica a los médicos Claudio Rodolfo GALLO M.N. N 54.238 y Sun Soo KANG M.N. N 60.118, Directores Técnicos del Centro Médico MYK, con domicilio denunciado en Avda. Asamblea N 970, CAPITAL FEDERAL, que mediante Resolución N 171, con fecha 7 de noviembre de 2001 de la ex SECRETARIA DE POLITICAS Y
REGULACION SANITARIA, han sido sancionados con sendas multas de PESOS UN MIL $ 1.000.-, por haber transgredido el artículo 20, inciso 8 de la Ley N 17.132; a la firma MYK S.R.L., en su carácter de propietaria del mencionado Centro Médico, con domicilio denunciado en Avda. Asamblea N 970, CAPITAL
FEDERAL, que mediante Resolución N 171, con fecha 7 de noviembre de 2001 de la ex SECRETARIA DE
POLITICAS Y REGULACION SANITARIA, ha sido sancionada con una multa de PESOS UN MIL $ 1.000.-, por haber transgredido el artículo 20, inciso 8 y 15 de la Ley N 17.132, al artículo 2 segundo párrafo del Decreto N 6216/67, y a la Resolución de la ex SECRETARIA DE SALUD N 349/94 Normas para el Manejo de Residuos Biopatológicos en Establecimientos de Salud; a la Droguería DRONOR S.A., propietaria de la Razón Social artículo 2 segundo párrafo del Decreto N 6216/67, y a la Resolución de la ex SECRETARIA DE
SALUD N 349/94 Normas para el Manejo de Residuos Biopatológicos en Establecimientos de Salud; a la Droguería DRONOR S.A., propietaria de la Razón Social DROGUERIA DRONOR S.A., con domicilio denunciado en Avda. Vélez Sársfield N 102, CAPITAL FEDERAL, que mediante Resolución N 171, con fecha 7 de noviembre de 2001 de la ex SECRETARIA DE POLITICAS Y REGULACION SANITARIA, ha sido sancionada con una multa de PESOS UN MIL $ 1.000.-, por haber transgredido el artículo 36, de la Ley N 17.565; a la Empresa Distribuidora BIO-VAX, subsidiaria del INSTITUTO MERIEUX ARGENTINA S.A., propiedad de MEDIEUX S.A., con domicilio denunciado en la calle Pacheco de Melo N 2110, Piso 4, 6, CAPITAL FEDERAL, que mediante Resolución N 171, con fecha 7 de noviembre de 2001 de la ex SECRETARIA DE POLITICAS Y REGULACION SANITARIA, ha sido sancionada con una multa de PESOS UN MIL $ 1.000.-, por haber transgredido el artículo 36, de la Ley N 17.565; a los siguientes farmacéuticos y Directores Técnicos, Luisa María FRANCINELLI M.N. N 9.169 DROGUERIA DRONOR S.A., Laura ALLEGRETTI M.N.
N 4846 EMPRESA DISTRIBUIDORA BIO-VAX, que mediante Resolución N 171, con fecha 7 de noviembre de 2001 de la ex SECRETARIA DE POLITICAS Y REGULACION SANITARIA, les ha sido impuesto un APERCIBIMIENTO por infracción al artículo 36 de la Ley N 17.565; a los siguientes médicos, Silvia Adriana RENDINA M.N. N 76.052, Nélida RIVERA M.N. N 78.640, Marisa Mónica MARQUEZ M.N. N 69.745, Mónica PIRINI M.N. N 79.648, Ja Ko IN M.N. N 64.636, Carlos Gabriel FORLANO M.N. N 69.702, Mee Kung KIM M.N. N 72.486 y Nélida Susana GIL M.N. N 65.450, que mediante Resolución N 171, con fecha 7 de noviembre de 2001 de la ex SECRETARIA DE POLITICAS Y REGULACION SANITARIA, les ha sido impuesto un APERCIBIMIENTO por infracción al artículo 16 segundo párrafo de la Ley N 17.132. Las multas deberán abonarse en el DEPARTAMENTO DE TESORERIA de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, sita en Avda. 9 de Julio 1925 - Piso 1 - CAPITAL FEDERAL. Dentro de los CINCO 5 días de su notificación pueden interponer recurso de apelación por ante el JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. Conforme a lo dispuesto por el antes mencionado artículo 42, se dará por notificados a los antes referidos a los CINCO 5 días contados a partir del siguiente al último día de publicación del presente. FIRMADO: Pedro A. DIELSI.
e. 22/7 N 420.836 v. 24/7/2003

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
De acuerdo con el procedimiento previsto en el primer párrafo del artículo 42 del reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos t.o. 1991, NOTIFICASE por este medio al señor LUIS M.
CORVALAN, los términos de la resolución CNC N 534 dictada el 7 de abril de 2000 en el expediente CNC E N 14035/1998, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:

AVISOS OFICIALES
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MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION REGIONAL MICROCENTRO
AGENCIA Nº 49
Bs. As., 26/6/2003
Se hace saber a la firma PLAZA DE LA REPUBLICA S.A., CUIT. Nº 30-57337270-7 con domicilio constituido en la calle Cerrito Nº 326 de la Ciudad de Buenos Aires, y con referencia a sus presentaciones de fecha 03/05/02 mediante las cuales solicita acogerse a los Planes de Facilidades de Pagos establecidos por el Dto. 338/02 y sus modificaciones Impositivo y Previsional, por los ingresos del Impuesto al Valor Agregado por la suma de PESOS VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES CON TRES
CENTAVOS $ 23.483,03.- y Aportes y Contribuciones RNSS por la suma de PESOS QUINCE MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS $ 15.184,86.-, que la Agencia Nº 49, en razón de haberse dado incumplimiento al art. 6 del mencionado decreto, ha decidido de conformidad la caducidad de los planes. En razón de lo expuesto, se emplaza para que proceda a ingresar la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO CON DIECIOCHO CENTAVOS
$ 35.778,18.- en concepto de IVA y la suma de PESOS VEINTITRES MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO
CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS $ 23.164,66.- en concepto de Aportes y Contribuciones RNSS. Por último, hacemos saber que la falta de cumplimiento a lo dispuesto, dará lugar a la iniciación o prosecución según corresponda de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado sin perjuicio de los accesorios que pudieran corresponder. Agencia Nº 49, ELENA DEL GIUDICE, Jefa Agencia Nº 49.
e. 21/7 Nº 420.750 v. 25/7/2003

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ACCION COOPERATIVA Y MUTUAL, con domicilio legal en Avenida Belgrano 1656, notifica que, en el expediente N 72.908/99 por el que se instruye un sumario a la COOPERATIVA SANMARCOOP DE VIVIENDA LIMITADA, matrícula 11.576, con domicilio legal en San Martín, provincia de Buenos Aires, se dispuso mediante Disposición Sumarial N 03/02 conceder a la sumariada el término de diez días con más dos días en razón a la distancia para que, de considerarlo pertinente, proceda a tomar vista de las presentes actuaciones a los efectos y con el alcance previsto en el artículo 60 del Decreto 1759/72 t.o. 1991. El presente deberá publicarse por TRES 3

ARTICULO 1 Comisar un transceptor marca UNIDEN, modelo MC-795, número de serie 65002243, con micrófono de palma y antena, propiedad del señor Luis M. CORVALAN, de acuerdo con lo aprobado en la decisión que constituye el Anexo al Acta de Directorio número 2 número de orden 61 y con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley N 33.310/44, ratificado por Ley N 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Se hace constar que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto N 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos - Decreto N 1759/72 T.O. 1991, en sus artículos 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.
Consecuentemente, CITASE al señor Luis M. CORVALAN a comparecer a estar a derecho en el citado Expediente CNC E N 14035/1998, dentro de los plazos consignados en el párrafo anterior y a constituir domicilio en la Capital Federal, en los términos de los artículos 20 y 42 del decreto reglamentario citado en el párrafo precedente. Cr. FULVIO MARIO MADARO, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 22/7 N 420.844 v. 24/7/2003

PUBLICACIONES DE DECRETOS Y RESOLUCIONES
De acuerdo con el Decreto Nº 15.209 del 21 de noviembre de 1959, en el Boletín Oficial de la República Argentina se publicarán en forma sintetizada los actos administrativos referentes a presupuestos, licitaciones y contrataciones, órdenes de pago, movimiento de personal subalterno civil, militar y religioso, jubilaciones, retiros y pensiones, constitución y disolución de sociedades y asociaciones y aprobación de estatutos, acciones judiciales, legítimo abono, tierras fiscales, subsidios, donaciones, multas, becas, policía sanitaria animal y vegetal y remates.
Las Resoluciones de los Ministerios y Secretarías de Estado y de las Reparticiones sólo serán publicadas en el caso de que tuvieran interés general.
NOTA: Los actos administrativos sintetizados y los anexos no publicados pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/07/2003 - Primera Sección

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PaysArgentine

Date24/07/2003

Page count20

Edition count9410

Première édition02/01/1989

Dernière édition28/07/2024

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