Boletín Oficial de la República Argentina del 19/02/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.093 1 Sección RIO REBASA M.I. N 4.893.069, ALDO NESTOR
CIAPPONI M.I. N 8.298.194, PEDRO ROBERTO IGLESIAS M.I. N 4.537.902, ANTONIO LUIS
BRUBALLA M.I. N 4.203.648, NESTOR ENRIQUE MOLINELLI WELLS M.I. N 4.434.946, EDGARDO OSCAR RODRIGUEZ ANTUÑA M.l. N
4.384.508, JUAN CARLOS CROSBIE M.I. N
7.609.164, HORACIO ANTONIO DIAZ M.I. N
4.430.575 y RAUL EDUARDO MARTINEZ M.I. N
5.388.808.

RADIODIFUSION

A SUBCOMISARIO Médico, los siguientes PRINCIPALES Médicos: JOSE MARIA PEÑALVA M.I. N 10.127.114, VICENTE JOSE VILLELLA
M.I. N 4.514.627, JUAN CARLOS SESTO M.I. N
11.420.780 y CARMELO ERASMO LETIZIA M.I. N
10.387.237.

VISTO el expediente Nº 3388/99 del Registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y
ESCALAFON MUSICO:
A SUBCOMISARIO Músico, el siguiente PRINCIPAL Músico: RAUL ALBERTO CASTAÑO M.I.
N 5.956.916.
ESCALAFON TECNICO:
A SUBCOMISARIO Médico Legista, los siguientes PRINCIPALES Médicos Legistas: JORGE IGNACIO BRODSKY M.I. N 4.889.550 y ALFREDO HORACIO SAPAG M.I. N 4.431.341.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. DUHALDE. Juan J. Alvarez.

POLICIA FEDERAL ARGENTINA
Decreto 305/2003
Promociones.
Bs. As., 18/2/2003
VISTO el Expediente Nº 457-01-000.901/02 del registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, y CONSIDERANDO:
Que el señor Jefe de la mencionada Institución, solicita las promociones correspondientes al 31 de diciembre de 2002, de acuerdo a lo establecido en el Título II, Capítulo Vl de la Ley Nº 21.965.
Que oportunamente tomó intervención la DlRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y la DlRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 60
de la Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina Nº 21.965 y sus modificatorias y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 491/02.

Decreto 302/2003
Autorízase a instalar y operar un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia a la Comuna de Bouquet, provincia de Santa Fe.
Bs. As., 18/2/2003

cumentación técnica del servicio a los efectos de su aprobación por la COMISION NACIONAL DE
COMUNICACIONES y la consecuente habilitación del servicio, en los términos del artículo 26 de la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias.

CONSIDERANDO:
Que en las mencionadas actuaciones se tramita el pedido formulado por el Señor Presidente de la Comuna de BOUQUET, con el fin de obtener autorización para instalar y operar un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de BOUQUET, provincia de SANTA FE.

SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS DE SALUD

Que el artículo 11 de la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias establece que las municipalidades podrán prestar, excepcionalmente, y con la previa autorización del PODER EJECUTIVO
NACIONAL, hasta UN 1 servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, siempre que el servicio no fuera prestado por la actividad privada y su localización esté prevista en el Plan Nacional de Radiodifusión.

Decreto 317/2003

Que efectuados los estudios técnicos pertinentes, la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, consideró factible reservar el canal 212, en la frecuencia de 90.3 MHz, con una Potencia Radiada Efectiva Máxima PRE de 1
Kw. y una Altura Media de Antena HMA de 75
metros como equipamiento máximo. Con los parámetros técnicos indicados, la estación se encuadra en la categoría E, cuyo radio de área de servicio estimada 48 dBu/m - 250 uV/M no debe superar los 28 kilómetros, siendo el radio de contorno protegido 80 dBu/m - 10000 uV/
M de 5 kilómetros, con coordenadas geográficas en 32º 25 21 Latitud Sur y 61º 53 22 de Longitud Oeste, otorgándosele la señal distintiva LRI 873.

VISTO los Decretos Nº 1615/96, Nº 1576/98, Nº 1184 del 20 de septiembre de 2001, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 601 del 11 de abril de 2002, Nº 1196 del 5 de julio de 2002 y lo solicitado por la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO DE
SALUD y;

Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 11 de la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias, la frecuencia asignada al citado municipio quedará sometida al régimen de concurso abierto y permanente, regulado por el artículo 40 de la Ley Nº 22.285.
Que el servicio jurídico del COMITE FEDERAL
DE RADIODIFUSION, ha emitido el pertinente dictamen.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL, se encuentra facultado para dictar el presente decreto, en virtud de lo establecido por el artículo 11 de la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias.
Por ello,
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º Promuévese en la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, con fecha 31 de diciembre de 2002, en los grados y escalafones que se indican, al siguiente personal:

Artículo 1º Autorízase a la Comuna de BOUQUET a instalar y operar un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de BOUQUET, provincia de SANTA FE.

ESCALAFON SEGURIDAD:
A SUBCOMISARIO, los siguientes PRINCIPALES: NORMA ISABEL AGUILAR M.l.
Nº 12.631.898, SILVIA GRACIELA ALLEGUE de PEDACE M.l. Nº 13.091.128, STELLA MARIS
MANRIQUE de STIPELMAN M.l. Nº 11.847.822, GRACIELA BEATRIZ GERVASIO M.l.
Nº 12.348.047, NORMA CRISTINA SEGAGNI
M.l. Nº 10.692.314, ANA MARIA GROSSI de GRANJA M.l. Nº 12.379.866, ADRIANA ISABEL
FIRPO M.l. Nº 13.800.356 y LILIANA MIRTA GIL
ALVARENGO M.l. Nº 12.086.938.

Art. 2º Asígnase al servicio mencionado el canal 212, en la frecuencia de 90.3 MHz, con una Potencia Radiada Efectiva Máxima PRE de 1 Kw.
y una Altura Media de Antena HMA de 75 metros como equipamiento máximo. Con los parámetros técnicos indicados, la estación se encuadra en la categoría E, cuyo radio de área de servicio estimada 48 dBu/m - 250 uV/M no debe superar los 28 kilómetros, siendo el radio de contorno protegido 80 dBu/m - 10000 uV/M de 5 kilómetros, con coordenadas geográficas en 32º 25
21 Latitud Sur y 61º 53 22 de Longitud Oeste, otorgándosele la señal distintiva LRI 873.

Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. DUHALDE. Juan J. Alvarez.

Art. 3º Fíjase un plazo de NOVENTA 90
días a partir de la notificación del presente Decreto, para que la autoridad comunal presente la do-

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Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional y Decreto Nº 491/02.
Por ello,
Art. 4º Déjase establecido que la frecuencia asignada a la Comuna de BOUQUET, provincia de SANTA FE, quedará bajo el régimen de concurso abierto y permanente, conforme lo previsto por los artículos 11 y 40 de aquel cuerpo legal.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Jorge R. Matzkin.

Que resulta necesario fomentar la radicación de servicios de radiodifusión en aquellas zonas donde éstos cumplen un fin eminentemente social al convertirse, en algunos casos, en el único medio de vinculación con zonas rurales.

Miércoles 19 de febrero de 2003

Apruébase la contratación de un profesional que desarrollará sus funciones en la Gerencia de Asuntos Jurídicos del mencionado organismo descentralizado del Ministerio de Salud.
Bs. As., 18/2/2003

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la contratación del profesional identificado en el Anexo I, quien desarrollará sus funciones en la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD, conforme las condiciones, plazo y monto mensual y total consignados en el mencionado Anexo.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a la partida específica: 1-1-2.80.00-914-50.00-01-112-127 SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS
DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Ginés M. González García.
NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.

DECRETOS
SINTETIZADOS

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículos 2º del Decreto Nº 23
del 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto Nº 601/02, modificado por el Decreto Nº 1196/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01 y los contratos de locación de obra intelectual prestados a título personal encuadrados en los Decretos Nros. 1023/01 y 436/00, como así también los convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional, excluidos los que tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción o entidad y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.
Que a fin de asegurar el normal funcionamiento del Organismo resulta necesario proceder a la contratación de un profesional para que se desempeñe en la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO DE
SALUD, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.
Que la financiación de la contratación que por el presente se propicia, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios asignados a la jurisdicción.

PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 312/2003
Bs. As., 18/02/2003
Recházase el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por Victorio Américo Gualtieri S.A. contra la Resolución N 121, del 19 de febrero de 1999, de la ex Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable, dependiente entonces de la Presidencia de la Nación, que calificó los oferentes para las obras Construcción Presa de Embalse El Bolsón sobre el Río Albigasta, Provincia de Catamarca y Proyecto Ejecutivo y Ejecución de la Conducción de Agua desde Presa de Embalse El Bolsón hasta Santa Josefa - Provincia de Catamarca y La Rioja.

MINISTERIO DE ECONOMIA
Decreto 313/2003
Bs. As., 18/02/2003
Recházase el recurso jerárquico interpuesto por Victorio Américo Gualtieri S.A. contra la Resolución N 24, del 11 de abril de 2001, del ex Ministerio de Infraestructura y Vivienda, en relación con la obra Acueducto Río Colorado, en ejecución en la Provincia de La Pampa.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS
SINTETIZADAS
MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
Decisión Administrativa 13/2003
Bs. As., 17/02/2003

Que la persona a designar posee la idoneidad requerida para el desempeño de la tarea que se le encomienda.
Que se dio cumplimiento a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4/02.

Adscríbese del Ministerio de Desarrollo Social, a partir del dictado de la presente y por el término de trescientos sesenta y cinco días corridos, al agente Carlos Enrique Zelkovicz, Nivel B, Grado 2, a la Subsecretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/02/2003 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date19/02/2003

Page count56

Edition count9397

Première édition02/01/1989

Dernière édition15/07/2024

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