Boletín Oficial de la República Argentina del 19/02/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.093 1 Sección de arbitrariedad manifiesta, podrán plantearse por escrito presentado hasta el día 10 de marzo de 2003 Concursos números 49/2000, 56/2001 y 60/2001; 14 de marzo de 2003 Concursos números 48/2000, 66/2001 y 21 de marzo de 2003 Concurso Nº 50/2000, en las dependencias mencionadas y en los horarios indicados.
COMISION DE SELECCION DE MAGISTRADOS Y ESCUELA JUDICIAL
Eduardo R. Graña Secretario
Eduardo D. E. Orio Presidente
Publíquese el 17, 18, 19 de febrero de 2003, en el Boletín Oficial de la República Argentina Buenos Aires, 18 de diciembre de 2002.
e. 17/2 N 406.469 v. 19/2/2003

AVISOS OFICIALES

Miércoles 19 de febrero de 2003 56

concepto de intereses resarcitorios previstos en el artículo 37 de la Ley N 11.683 t.o. en 1998 y sus modificaciones, la suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE
CON CATORCE CENTAVOS $ 48.357,14, calculados hasta el 10/02/2003, fecha de la presente resolución, sin perjuicio del reajuste que pudiera corresponder hasta el día del efectivo pago. ARTICULO 6:
Aplicarle una multa de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS $ 34.998,97 equivalente al OCHENTA POR CIENTO 80% del impuesto dejado de ingresar a que se hace referencia en el artículo 3 de la presente. ARTICULO 7: Intimarle para que dentro de los quince 15 días de notificada la presente resolución, ingrese en el Anexo Operativo del Banco de la Nación Argentina habilitado en la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales, los importes a que se refieren los artículos 4, 5 y 6 bajo apercibimiento de proceder a su cobro por vía de ejecución fiscal en caso de incumplimiento. ARTICULO 8: Hacerle saber que al efectuar los pagos deberá comunicarlos inmediata e indefectiblemente a la División Recaudación de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales. ARTICULO 9: Dejar expresa constancia a los efectos de lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley N 11.683 t.o. en 1998 y sus modificaciones, que la determinación es parcial y sólo abarca los aspectos a los cuales se hace referencia y en la magnitud que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permiten. ARTICULO 10: Se deja constancia que el domicilio donde se encuentran radicadas las actuaciones administrativas es en la calle Hipólito Yrigoyen 370, Entrepiso D, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ARTICULO 11: Notifíquese a la responsable en su domicilio fiscal, con entrega de una copia de la presente en la forma prevista por el artículo 100 inciso b de la Ley N 11.683 t.o.
en 1998 y sus modificaciones y mediante edictos publicados durante cinco 5 días en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo establecido en el último párrafo del artículo 100 de la Ley N 11.683 t.o. en 1998 y sus modificaciones y resérvese.

ANTERIORES
Publíquese por cinco 5 días Buenos Aires, 10 de febrero de 2003

MINISTERIO DE ECONOMIA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

Fdo. C.P. MARIANA P. EBERLE Jefa Int. de la División Determinaciones de Oficio de la Subdirección General de Operaciones Impositivas III.
e. 17/2 N 406.643 v. 21/2/2003

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS III
La División Determinaciones de Oficio perteneciente a la Subdirección General de Operaciones Impositivas III de la Dirección General Impositiva de la Administración Federal de Ingresos Públicos, sita en la calle Hipólito Yrigoyen N 370, Entrepiso D de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica a la firma FAMAT S.A.C.I. en liquidación que se ha resuelto determinar de oficio el impuesto a las ganancias, período fiscal 2000, mediante la Resolución N 02/2003 DV DOGR de fecha 10/02/03, en la cual se resuelve:
ARTICULO 1: Impugnar la declaración jurada correspondiente al Impuesto a las Ganancias por el período fiscal 2000 de la contribuyente FAMAT S.A.C.I. en liquidación con domicilio fiscal en la calle Fragata Presidente Sarmiento N 1569 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, e inscripta en esta AFIPDGI bajo la C.U.I.T. N 30-51677738-5. ARTICULO 2: Determinar de oficio el resultado impositivo en el Impuesto a las Ganancias por el período fiscal 2000 quebranto en la suma de PESOS SETECIENTOS
CATORCE MIL TREINTA Y DOS CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS $ 714.032,37. ARTICULO 3: Dejar expresa constancia a los efectos de lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley N 11.683 t.o. en 1998 y sus modificaciones, que la determinación es parcial y sólo abarca los aspectos a los cuales se hace referencia y en la magnitud que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permiten. ARTICULO 4: Hacerle saber que la presentación de la declaración jurada, deberá efectuarla en la División Recaudación de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales. ARTICULO 5: Se deja constancia que el domicilio donde se encuentran radicadas las actuaciones administrativas es en la calle Hipólito Yrigoyen 370, Entrepiso D, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ARTICULO 6: Notifíquese a la responsable en su domicilio fiscal, con entrega de una copia de la presente en la forma prevista por el artículo 100 inciso b de la Ley N 11.683 t.o. en 1998 y sus modificaciones y mediante edictos publicados durante cinco 5 días en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo establecido en el último párrafo del artículo 100 de la Ley N 11.683 t.o.
en 1998 y sus modificaciones y resérvese.
Publíquese por cinco 5 días.
Buenos Aires, 10 de febrero de 2003
Fdo. C.P. MARIANA P. EBERLE Jefa Int. de la División Determinaciones de Oficio de la Subdirección General de Operaciones Impositivas III.
e. 17/2 N 406.642 v. 21/2/2003

MINISTERIO DE ECONOMIA

MINISTERIO DE LA PRODUCCION
La Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, notifica a la firma KYPROS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA la Disposición N 22 de fecha 17 de diciembre del 2002 de la SUBSECRETARIA DE INGRESOS
PUBLICOS recaída en el Expediente N 11.201/90 la que a continuación se transcribe: ARTICULO 1.Declárase a la firma KYPROS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA el decaimiento de los derechos y obligaciones dispuestas en la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA del exTERRITORIO NACIONAL DE LA TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR
N 866 del 9 de octubre de 1987 artículo 17, inciso b punto 1 de la Ley N 21.608. ARTICULO 2.Impónese a KYPROS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, la devolución de los tributos que hubiere usufructuado en virtud de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA del ex TERRITORIO NACIONAL DE LA TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR
N 866/87 artículo 17, inciso b punto 3 de la Ley N 21.608. ARTICULO 3.- Impónese a KYPROS
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA una multa equivalente al CINCO POR CIENTO 5% del monto de inversión del proyecto actualizada al 1 de abril de 1991 cuya exigibilidad será computable a partir de su determinación liquida artículo 17, inciso b punto 2 de la Ley N 21.608. ARTICULO 4. Hágase saber a la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, que deberá informar a la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA el monto de inversión de proyecto, a los efectos del cálculo de la multa establecida en el Artículo 3, quien comunicará el monto de la misma al Gobierno de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA
E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, a los efectos de correr traslado de la misma a KYPROS SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA. AR-TICULO 5.- El pago de la multa deberá efectuarse en el plazo de DIEZ 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación efectuada por el Organismo del ámbito de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, debiéndose hacer efectivo ante la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION del MINISTERIO DE ECONOMIA.
El sólo vencimiento del plazo establecido producirá la mora de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna por parte del Fisco, conforme el artículo 25 del Anexo I del Decreto N 805 del 30 de junio de 1988. ARTICULO 6.- Notifíquese a la firma KYPROS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA. ARTICULO 7.- Hágase saber a la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA y a la DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS, ambas dependientes de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, y al Gobierno de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR. ARTICULO 8.- De forma - Firmado: REINALDO BAÑARES a cargo de la Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA - Av. Julio A. Roca 651 - Planta Baja - Sector 11.
e. 17/2 N 406.633 v. 19/2/2003

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS III
La División Determinaciones de Oficio perteneciente a la Subdirección General de Operaciones Impositivas III de la Dirección General Impositiva de la Administración Federal de Ingresos Públicos, sita en la calle Hipólito Yrigoyen N 370, Entrepiso D de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica a la firma FAMAT S.A.C.I. en liquidación que se ha resuelto determinar de oficio el impuesto a la ganancia mínima presunta, períodos fiscales 1999 y 2000, mediante la Resolución N 03/2003 DV DOGR de fecha 10/02/
03, en la cual se resuelve:
ARTICULO 1: Determinar de oficio las declaraciones juradas correspondientes al Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta por los períodos fiscales 1999 y 2000 de la contribuyente FAMAT S.A.C.I. en liquidación con domicilio fiscal en la calle Fragata Presidente Sarmiento N 1569 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, e inscripta en esta AFIP-DGI bajo la C.U.I.T. N 30-51677738-5. ARTICULO 2: Determinar de oficio el total de bienes sujetos al gravamen en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta por el período fiscal 1999 en la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL
SETENTA Y SIETE CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS $ 2.875.077,54 y por el período fiscal 2000 en la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS
NOVENTA Y TRES CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS $ 1.499.793,67. ARTICULO 3: Determinar de oficio el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta por el período fiscal 1999 en la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS $ 28.750,78 y por el período fiscal 2000 en la suma de PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON
NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS $ 14.997,94. ARTICULO 4: Imponerle la obligación de ingresar en concepto de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta por el período fiscal 1999 la suma de PESOS
VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS $ 28.750,78 y por el período fiscal 2000 en la suma de PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON
NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS $ 14.997,94. ARTICULO 5: Imponerle la obligación de ingresar en
PUBLICACIONES DE DECRETOS Y RESOLUCIONES
De acuerdo con el Decreto Nº 15.209 del 21 de noviembre de 1959, en el Boletín Oficial de la República Argentina se publicarán en forma sintetizada los actos administrativos referentes a presupuestos, licitaciones y contrataciones, órdenes de pago, movimiento de personal subalterno civil, militar y religioso, jubilaciones, retiros y pensiones, constitución y disolución de sociedades y asociaciones y aprobación de estatutos, acciones judiciales, legítimo abono, tierras fiscales, subsidios, donaciones, multas, becas, policía sanitaria animal y vegetal y remates.
Las Resoluciones de los Ministerios y Secretarías de Estado y de las Reparticiones sólo serán publicadas en el caso de que tuvieran interés general.
NOTA: Los actos administrativos sintetizados y los anexos no publicados pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/02/2003 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date19/02/2003

Page count56

Edition count9388

Première édition02/01/1989

Dernière édition06/07/2024

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