Boletín Oficial de la República Argentina del 12/04/2002 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.876 1 Sección SIOPEL, correspondiendo a los presentantes prorratear el monto asignado en función de cada oferta individual, cuando una oferta sea aceptada en forma parcial.
i De no colocarse la totalidad de la emisión prevista para el tramo competitivo, el Banco Central podrá ampliar el tramo no competitivo hasta la suma no colocada, continuándose con la asignación de las adjudicaciones en función del orden de presentación recibido por la oferta en el sistema SIOPEL.

Viernes 12 de abril de 2002

22

la que se encuentra expresada en términos de tasa nominal anual vencida, correspondiente a la mas reciente licitación de Letras del B.C.R.A. LEBAC en pesos, y en caso de que hubiera mas de una, la de menor duración, la que será de aplicación a partir de cada fecha de emisión y liquidación de las letras licitadas.
e. 12/4 N 380.182 v. 12/4/2002

j Las ofertas de corte en ambos tramos se aceptarán en forma parcial cuando, de aceptarse su totalidad, se exceda el total a ser colocado.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
k El Banco Central podrá declarar desierta total o parcialmente esta Licitación y comunicará su resultado el mismo día de su ofrecimiento público.
l A los fines de esta licitación no se podrán utilizar fondos que se encuentren transitoriamente restringidos o reprogramados en el marco de lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N 1570/2001 y complementarios.
Las consultas podrán ser realizadas al teléfono 4348-3685.
e. 12/4 N 380.176 v. 12/4/2002

COMUNICACION C 34.539. 27/03/02. Ref.: Comunicación A 3537.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de aclarar que las normas dadas a conocer por la Comunicación A 3537 del 25.3.2002, no incluyen los servicios de deuda por capital e intereses de nuevas financiaciones ingresadas por el Mercado Unico y Libre de Cambios a partir del 11.2.2002 de acuerdo a lo establecido en la Comunicación A 3478, ni las obligaciones del sector público no comprendidas en el punto 5 de la Comunicación A 3471.
e. 12/4 N 380.183 v. 12/4/2002

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION B 7178. 26/03/02. Ref.: Operatoria de Compra y Venta de Dólares por Cuenta y Orden del Banco Central.

MINISTERIO DE ECONOMIA

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de comunicarles que se ha dispuesto lo siguiente, con vigencia a partir del día de la fecha:

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
ADUANA DE POSADAS

Modificar los puntos 1 y 4 de la Comunicación B 7174 por los siguientes:
Arts. 1101 y 1001 del Codigo Aduanero Ley 22.415
1. Ultima frase del punto 1. por: Inicialmente se operará en las casas señaladas por cada entidad, en función de las posibilidades operativas de las mismas.
2. Punto 4. Tratándose de clientes, sean personas físicas o jurídicas, las ventas por cuenta y orden del Banco Central podrán alcanzar hasta US$ 10.000. En las operaciones mayores a US$ 1.000, se deberán cumplimentar los requisitos establecidos en la Comunicación A 3471 en materia de boletos de venta a clientes. Las entidades podrán vender montos superiores a US$ 10.000 a clientes, sean personas físicas o jurídicas, cuando lo hagan, por el total operado en el día con el cliente con fondos propios.
e. 12/4 N 380.174 v. 12/4/2002

Sumarios, 5/4/2002
Se cita a las personas que se detallan para que dentro de diez 10 días hábiles, comparezcan en los respectivos Sumarios Contenciosos a presentar sus defensas y ofrecer pruebas por los delitos y/o infracciones previstas en los Artículos de la Ley 22.415, bajo apercibimiento de Rebeldía. Asimismo deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la Aduana Artículo 1001 C.A., bajo apercibimiento del Artículo 1004 del citado ordenamiento legal. Firmado: OSVALDO CASTRO, Administrador de la Aduana de Posadas, sita en Colón 1475 Posadas CP 3300, Provincia de Misiones, 05/04/02.
Sumario SA46-N

Imputado/s
$

Art.

$ 369,62
$ 3312,93
$ 611,20
$ 876,93
$ 6,62
$ 3162,27
$ 945,53
$ 581,00
$ 411,89
$ 725,60
$ 1.195,82
$ 112,84
$ 1122,58
$ 706,99
$ 1314,08
$ 1.561,52
$ 1.217,46
$ 538,40
$ 1.147,00
$ 5.166,68
$ 5.389,82
$ 259,38
$ 711,74
$ 1.206,00
$ 1.047,42
$ 229,50
$ 837,12
$ 772,18
$ 291,14
$ 2.263,42
$ 964,42
$ 1.323,34
$ 1.300,06
$ 1.323,33
$ 3930,29
$ 364,30
$ 245,87
$ 1258,34
$ 688,14
$ 69,92
$ 1047,01
$ 1017,78
$ 2.856,68
$ 2.398,26
$ 432,34
$ 243,50
$ 363,46
$ 288,64
$ 264,90
$ 2744,56
$ 1209,52
$ 964,22
$ 2556,68
$ 174,68
$ 320,58
$ 597,04
$ 712,60
$ 1456,24

947 C.A.
962 C.A.
985 C.A.
985 C.A.
985 C.A.
985 C.A.
986 C.A.
985/6/7 C.A.
985 C.A.
985 C.A.
985 C.A.
947 C.A.
986/7 C.A.
985/7 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
985 C.A.
985 C.A.
985 C.A.
985 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.
947 C.A.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION B 7179. 26/03/02. REF.: Circular OPASI 2. Garantía de los depósitos. Tasas de referencia.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles los valores de las tasas de referencia aplicables a partir de la fecha que se indica.
Tipo de cuenta o depósito
Fecha de vigencia Cuenta corriente Ch. comunes Cuenta corriente Ch. pago diferido Caja de ahorros 1
Plazo fijo - de 7 a 59 días Plazo fijo - de 60 o más días
Tasas de referencia en % n.a.
Por depósitos en pesos
Por depósitos en dólares 2

20020402
2.00
2.00
3.25
11.00
11.75

20020402

5.50
4.25

1 Comprende, además, cuenta corriente especial para personas jurídicas.
2 A considerar, también, por depósitos en euros.
e. 12/4 N 380.181 v. 12/4/2002

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION C 34.517. 25/03/02. Ref.: Comunicación A 3535. Fe de erratas.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. en relación con la Comunicación de referencia a fin de señalarles que el texto de la misma debe reemplazarse por el siguiente:
Nos dirigimos a Uds. para llevar a su conocimiento que se ha dispuesto permitir el acceso al Mercado Unico y Libre de Cambios para el pago anticipado de importaciones de bienes cuando se ingrese y liquide al mismo tiempo, moneda extranjera en billetes o divisas en concepto de venta de billetes en poder de residentes y/o repatriación de inversiones de residentes, por un monto no inferior a dicho pago.
e. 12/4 N 380.179 v. 12/4/2002
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION C 34518. 25/03/02. Comunicación A 3524. Remon 1 - 750. Fe de erratas.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para informarles que el punto 1. de la Comunicación citada en la referencia, se reemplaza por el siguiente:
1. Disponer que la tasa de interés aplicable a las operaciones previstas en los incisos b, c y f del art. 17 de la Carta Orgánica del B.C.R.A. sea equivalente a 4/5 avas partes de la tasa de corte

1096/01
1137/99
110/02
112/02
26/02
83/02
19/02
117/02
97/02
88/02
87/02
35/02
24/02
21/02
834/01
974/01
1015/01
1016/01
1019/01
1171/01
963/01
1134/01
854/01
1164/01
1147/01
1108/01
1033/01
1106/01
1022/01
1104/01
1098/01
1168/01
18/02
72/02
105/02
99/02
78/02
1177/01
1040/01
1030/01
1047/01
1020/01
1017/01
998/01
246/01
1002/01
1095/01
1284/01
295/01
918/01
910/01
1102/01
1105/01
1046/01
1050/01
1101/01
1034/01
1027/01

BENITEZ MARIA ADRIANA
DEL VALLE FRETES ANDRES
BERMUDEZ ANTONIO
DI BENEDETTO DANIEL
RIVERO NELIDA
FRANKF OSCAR HERMAN
ENRIQUEZ VICTOR RAMON
FERNANEZ ESTELA
SILVERO MIGUEL ANGEL
BRITEZ ARCE MARCIANO
BAEZ ROMIRIO
DA SILVA HECTOR
DOMINGUEZ VELAZQUEZ VIRGINIA
ALDERETE DUARTE IRMA
BENITEZ ATILIO TADEO
AGERO ROLON MARIA OLGA
GONZALEZ LIDIO ALBERTO
GOMEZ AURELINO
GALARZA JULIO CESAR
CEBALLO JOSE ROBERTO
DUARTE GUSTAVO JAVIER
ROMERO JUAN DOMINGO
MORINIGO D. MIGUEL Y CABRAL CACERES F.
MORINIGO MARIA MARIBEL
MEZA HECTOR
ZALAZAR RAQUEL
CABRAL CRISTINA
MARIN FRANCISCO
WRABEL FRANCISCO
GONZALEZ GIMENEZ CARLOS
VERA PABLO ANDRES
CRISTALDO JOSE LUIS
ARAUJO CUELLAR ANTONIO Y SAMUDIO M.
GONZALEZ OMAR
RIVERO LUIS ADOLFO
OLIVERA JOSE MARTIN
POL LUIS CARLOS
TRUJILLO EDELMIRO
LEZCANO LUIS ALBERTO
BENITEZ FRANCISCO
VERA PERALTA PATRICIA
ESQUIVEL ALVARENGA PEDRO
ROJAS HIGINIO
OJEDA CARDOZO LORENZO
CAÑETE TOLEDO LORENZA
CANTERO QUINTANA ELBA
CABRAL LEZCANO JORGE
ROJAS AMADA SUSANA
ALMADA LILIANA Y OTROS
SEÑORANES LACHAISE GABRIEL
DUARTE SAMUDIO RAMON
GONZALEZ MOREL CRISTIAN
GIMENEZ SERGIO
ACOSTA CABRAL EDGAR
SOTOMAYOR SANCHEZ CARLOS
BENITEZ CESAR
GARCIA GARCETE CARLOS
DUARTE SAMUDIO DAVID

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/04/2002 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date12/04/2002

Page count24

Edition count9398

Première édition02/01/1989

Dernière édition16/07/2024

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