Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/1997 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.722 1 Sección DENOMINACION

C. U. I. T. Nº CERRO BONETE S. A.
PONCE JUNIOR S. R. L.
PIEDRA MORAS S. A.
LOS ALAMOS S. R. L.
GRACIELA ROJAS Y SILVIA BARROS
ALAR S. A.
DISTRIBUIDORA GUILLERN S. R. L.
CABRERA MIRTA NORA
GUSMAN ADRIAN OMAR
MANFREDINI DANIEL ALBERTO
CORREA LUIS OSVALDO
RIMAR RIOJANA S. A.
FERREYRA JOSE MARIA
CERECEDA DINA GRACIELA
INCOM S. A.
E. M. I. L. A. R. S. A.
MACHUCA JACINTO ROQUE
AGUERO ALBERTO NICOLAS
INTEGRO S. R. L.
PANTALEO NESTOR ALBERTO
MORENO RAMON CESAR
NOROESTE AUTOMOTORES S. A.
SAAVEDRA GUSTAVO ENRIQUE
ALVAREZ JUAN PACIFICO
BONOSO ROSA MARIA C. DE
MANGUESSI LUIS EDGARDO
VIDAL ANGELITA DEL VALLE Y VID
BONALDI IRMA ISABEL
ARGAÑARAZ RAMON FAUSTO
FURLANI GLADYS LILIANA
ELUANI JOSE FERNANDO
ORTEGA ESTELA SABINA
BERRUESO WALTER ALBERTO
PIOZZINI CLAUDIO MARCOS
GAITAN HUGO JESUS
DIAZ ALDO CESAR
ALVAREZ ERNESTO ALCIDES
MERCADO HUGO DE LA CRUZ
HIERROS AVENIDA S. R. L. SOCIOS CES
GOMEZ HECTOR FERNANDO
PECHERO EUSEBIO
MONTAPERTO JOSE
DOMINGO Y CESAR GOMEZ SOC. DE H.
MAG S. R. L.
RODRIGUEZ FABIANA RAQUEL
RODRIGUEZ LAURA LIDIA DEL VALLE
LIENDO MARIA DE LOS ANGELES
EXPRESO FEDERAL S. R. L.
KARAM HECTOR HUGO
VECHI HUMBERTO MARCO
CABRAL ADIANA INES

30-66078188-5
30-65995574-8
33-67187687-9
30-63110126-3
30-67184190-1
30-67185018-8
30-65255007-6
27-06268967-1
20-17957815-9
20-14862463-2
20-08015069-6
30-61253968-1
20-17361049-2
27-16642800-4
30-62703929-4
33-65786480-9
20-10781549-0
20-07853154-2
30-67186950-4
20-04953254-8
20-06709120-6
30-65913457-4
20-13694131-4
23-13494104-9
27-03221678-7
20-13694765-7
33-65470237-9
27-04292159-4
20-08304696-2
27-16154369-7
20-17679624-4
27-06145292-9
20-18510579-3
20-18081685-3
20-11856075-3
23-10448843-9
20-07665960-6
20-11496071-4
30-64719087-8
20-06680534-5
23-06381405-9
20-06718108-6
30-64343435-7
33-64117577-9
27-20108647-2
27-16152862-0
27-20299421-6
30-62903190-8
20-06722695-0
20-60012840-0
27-11859558-6
e. 29/8 Nº 197.142 v. 4/9/97

Miércoles 3 de setiembre de 1997

22

CAPITULO II: PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION
AR TICULO 2º Las contrataciones podrán efectuarse bajo las siguientes modalidades:
LICITACION PUBLICA
CONCURSO DE PRECIOS
CONTRATACION DIRECTA
CAJA MENOR
AR TICULO 3º LICITACION PUBLICA. Se entiende por licitación pública el procedimiento para escoger la propuesta más conveniente para la SOCIEDAD, teniendo en cuenta la calidad, el precio, la idoneidad del oferente y las demás condiciones de la oferta, mediante la convocatoria a personas físicas o jurídicas, que reúnan determinados requisitos, a fin de que presenten ofertas para la prestación de servicios, la compra, la venta y entrega de mercaderías, la ejecución de obras y cualquier otro tipo de contratación que realice la Sociedad. La convocatoria se hará a través de avisos efectuados en publicaciones oficiales y en otros medios de prensa si se considerarse necesario.
Los avisos de las licitaciones públicas serán hechos con una anticipación mínima de 15
días corridos, expresándose en los mismos:
a Los bienes, servicios u obras a ser contratados, con sus características principales;
b Las oficinas o los lugares en que se podrá tomar conocimiento de las bases y condiciones de la licitación y adquirirse los pliegos respectivos, con la fijación del precio de venta;
c Las oficinas o los lugares, la fecha y la hora en que la Sociedad recibirá los documentos exigidos en las bases y condiciones de la licitación;
d Las oficinas o los lugares, la fecha y la hora en que se abrirán las propuestas.
Toda contratación por un valor presupuestado igual o superior a PESOS CIEN MIL $ 100.000
deberá necesariamente realizarse a través del procedimiento de licitación pública.
AR TICULO 4º ETAPAS DE LA LICITACION: Las licitaciones sin preselección, se realizarán de acuerdo con las siguientes etapas:
a Convocatoria b Recepción de ofertas;
c Apertura de las ofertas:
d Preadjudicación;
e Adjudicación;
f Formalización de la contratación.
Las licitaciones, con preselección, se realizarán de acuerdo con las siguientes etapas:
1. Cuando la presentación de los documentos para la preselección sea simultánea con la recepción de ofertas:

LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO
Resolución 195/97

a Convocatoria;

Bs. As., 26/8/97
VISTO la Resolución Nº 413/92 L.N.S.E., y
b Recepción de documentos para la preselección y recepción de ofertas;

CONSIDERANDO:

c Apertura de ofertas;

Que por la citada Resolución se aprobó el REGLAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
a regir en LOTERIA NACIONAL S. E.
Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia hacen necesario modificar diversos artículos de dicho Reglamento, con el objeto de optimizar los recaudos que deben cumplimentar los respectivos requerimientos, el procedimiento de las diversas compras, a la vez de posibilitar un mejor control sobre las adquisiciones que se realicen.
Que en otro orden, y a los efectos de facilitar su consulta, se ha considerado conveniente elaborar un instrumento integro de REGLAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES que contempla las modificaciones aludidas, derogando el anterior aprobado por Resolución Nº 413/92.

d Preselección de oferentes;
e Preadjudicación;
f Adjudicación;
g Formalización de la contratación.
2. Cuando la presentación de los documentos para la preselección no fuere simultánea con la recepción de ofertas:
a convocatoria;

Que han tomado la intervención que hace a sus respectivas competencias, las GERENCIAS
DE ADMINISTRACION, DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION, DE DESARROLLO y de ASUNTOS JURIDICOS.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 598/90.
Por ello,
b recepción de documentos para preselección;
c Precalificación de oferentes;
d Pedido de ofertas a empresas precalificadas;
e Recepción de ofertas;

EL DIRECTORIO DE
LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO
RESUELVE:

f Apertura de las ofertas.

ARTICULO 1º Apruébase el REGLAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES que como ANEXO I forma parte integrante de la presente, el que regirá en LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD
DEL ESTADO a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

g Preadjudicación;
h Adjudicación;
i Formalización de la contratación.

ARTICULO 2º Derógase la Resolución Nº 413/92 L.N.S.E.
ARTICULO 3º Por SECRETARIA GENERAL regístrese y protocolícese. Publíquese en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Pase a la GERENCIA DE ADMINISTRACION, para su implementación. Tomen conocimiento todas las GERENCIAS y la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA. Publíquese en el Orden del Día. Cumplido, archívese. Lic. VERONICA M. MARCHEGIANI
DE PASTORINI, Directora. Lic. DANIEL JUAN OLMOS, Director Secretario. JUAN MARIA
ESTEVEZ, Director. JORGE JESUS LIMA, Vicepresidente. Ing. ENRIQUE AUGUSTO GONELLA, Presidente.
ANEXO I

LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO procederá a una preselección siempre que la naturaleza de los bienes, obras y servicios indique esa necesidad, la que deberá estar debidamente fundamentada.
La preselección de oferentes debe tender a asegurar que los mismos posean la suficiente capacidad técnica, económica, financiera y jurídica para dar cumplimiento al contrato objeto de la licitación pública. Para dicho efecto se tendrán en cuenta, entre otros elementos de juicio:
PARA ABASTECIMIENTOS

REGLAMENTO DE COMPRAS
CAPITULO I: OBJETO
ARTICULO 1º La presente norma determina los principios, procedimientos, obligaciones y derechos que deriven de las relaciones entre LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO y los terceros oferentes y/o adjudicatarios en las contrataciones que realice la SOCIEDAD.

a Capacidad jurídica, debiendo a tal efecto no estar comprendido en ninguno de los supuestos mencionados en el artículo 11;
b Capacidad de fabricación y de ensayos de los equipos o materiales licitados;
c Capacidad del equipamiento industrial de cada firma;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/1997 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date03/09/1997

Page count24

Edition count9394

Première édition02/01/1989

Dernière édition12/07/2024

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